Censo de Pecheros

El Censo de Pecheros de 1528
San Esteban del Molar, villa 1190
Libro de privilegios de la orden de San Juan de Jerusalén ...

Durante los reinos de taifas, entre los siglos XI y XIII, ya se utilizaban censos para establecer los tributos que debían pagar cristianos, musulmanes y judíos.

Los primeros trabajos estadísticos españoles aparecen en torno a los siglos XV y XVI y se elaboran fundamentalmente para el recuento de recursos humanos y materiales, es decir, la finalidad de los primeros censos no era el conocimiento de la población en sí, sino el obtener listas de vecinos pecheros, los ciudadanos que tenían obligaciones tributarias, con el fin de gestionar la distribución del pago de impuestos y poder asignar recursos a los principales proyectos políticos. No obstante, aunque el objetivo no fuera el estudio de la población en sí, estos censos han resultado muy útiles como fuente de información demográfica histórica.

En 1482, con el propósito de alistar las fuerzas armadas de Castilla, se elabora un censo de habitantes. El encargo lo asume el contador Alonso de Quintanilla. De este trabajo se ha publicado tan solo un apuntamiento, dictado por su autor para los reyes, con indicación de las bases adoptadas, a fin de alistar y armar las tropas.

Alonso de Quintanilla, Contador Mayor de los Señores Reyes Católicos, dirigió ti sus Altezas en el año 1482 el apuntamiento siguiente:

Apuntamiento de la Población de la Corona de Castilla en el año 1482.

Vuestras Altezas me mandaron que yo pensase como se podría dar forma que la gente de estos vuestros reinos tuviesen armas generalmente, у non fuesen gente tan desarmada como están. En lo que yo he mucho pensado, у humildemente hablando ante vuestras Altezas, paréceme que se podría dar forma ágora en la junta que se tuviesen las armas siguientes: Que en las ciudades é villas, é logares Realengos у Abadengos, у Ordenes, é Behetrías, como están en las Provincias, que se mandase que el que tuviese cinco mil maravedís de hacienda, sea tenido de tener en su casa un pavés, é una lanza, é una espada, é un casquete.

Ítem: que el que tuviese diez mil maravedís de hacienda sea tenido de tener en su casa un pavés, é unas corazas, é una lanza, é una espada, o unas corazas, é un casquete, é una espada, é un puñal, é un dardo é una ballesta de acero de tres libras, é una carcaxada de pasadores.

Ítem: que de esta gente de diez mil maravedís, é dende arriba, tengan estas armas que dicho tengo; é los que llegaren a veinte mil maravedís de hacienda, en logar de la ballesta de аcеrо, tengan una espingarda, con ciento é cincuenta pelotas, у veinte libras de pólvora.

Ítem: que en los logares principales, especialmente en los puertos de la mar, tengan alguna artillería, como vuestras Altezas lo acordaron: у que para esto se les dé facultad que puedan tomar, donde hubiere recaudo para ello, ayuda de los propios del Concejo, у que toda la artillería que se hiciere, у gente que se armare de espingarderos que tengan espingardas.

Todos los Jueces ejecutores cada uno en la Provincia de que tiene cargo, sea obligado de andar a visitarlo todo, y tomar por escrito la artillería que se fisiere, у los lanceros у ballesteros y espingarderos que en cada lugar se hiciesen, у enviarlo todo firmado de su nombre, é del Escribano de la Provincia, a los del Consejo de las cosas de la Hermandad, porque los Contadores de la dicha Hermandad, u otras personas, si vuestras Altezas lo mandaren, tengan libros cogidos de todo ello, y fagan de ello relación a vuestras Altezas, рогque sepan la gente que hay en sus reinos é que armas tienen é que artillería.

Otrosí: para tener gente manferida, sin que sea costa de los pueblos у reciban en ello merced, suplicando a vuestras Altezas que me perdonen si yerro, debriase tener esta manera.

- Los datos conocidos nos permiten seguir de cerca el movimiento de población española

Yo he contado muy ciertamente el número de las vecindades de sus reinos de Castilla, é de León, é Toledo, é Murcia, у el Andalucía, sin lo que hay en Granada; y parece haber en ellos un cuento e quinientos mil vecinos: de los cuales podrían ser de tierras solariegas, de caballeros, é otras personas legas, doscientos é cincuenta mil vecinos: así que quedarían en la Realengo, é Abadengo, é Ordenes, é Behetrías un cuento é doscientos é cincuenta mil vecinos. Poderse hia ordenar у mandar que porque cuanto son menester llamar gentes para guerra, у vuestras Altezas las mandan repartir, que en los repartimientos se hacen muchos fraudes у muchos engaños у muchos cohechos, у la gente que reparten para la guerra son de los más soeces é menos hábiles у dispuestos para la guerra y los pueblos los pagan, como si fuesen buenos, у aún se dan muchos cohechos por donde se eximen los que serían buenos para ir en la hueste, у se quedan en sus casas, у van los que no son tales: у por quitar todos estos inconvenientes, é que vuestras Altezas sean más servidos, é los pueblos menos fatigados, parescería que deste un cuento é doscientos é cincuenta mil vecinos debían de descontarse doscientos é cinquenta mil vecinos por razón que los hidalgos non fuesen manferidos con las comunidades у pecheros, salvo sobre sí, y que del un cuento de vecinos estuviese manferidos el diezmo en cada lugar de diez uno, que serían cien mil hombres manferidos, que estuviesen nombrados cuando vuestras Altezas los mandasen llamar, ola parte que les pluguiese, é que asegurase a sus reinos que non llamarían más gente de aquel número, у done abajo lo que hubiesen menester; у que estos hombres manferidos fuesen de edad de veinte años arriba, é de cuarenta abajo, у con las armas que cada uno ha de tener, como arriba se contiene; у que fuesen de los más dispuestos que para oficio de las armas se fallasen en aquellos lugares donde han de ser manferidos, é que el manferimiento durase por tres años, y después manfiriesen otros tantos por otros tres, para que se repartiese el trabajo ola aventura por todos.

E que si muriese alguno de aquellos manferidos, quel lugar le manfirio sea tenido de manferir luego otro en su lugar que vaya a servir a vuestras altezas, e así por consiguiente todos los que vacaren durante el tiempo de la guerra en cualquier manera, pues no se han de manferir, sino de diez uno.

Ítem: que cuando vuestras Altezas mandaren llamar para la guerra, que aquellos diez у a su respeto los más o menos hayan de dar a los que fueren manferidos veinte días de sueldo, a precio de medio real cada diez, porque en aquellos veinte días podrían llegar a cualquiera logar que vuestras Altezas los mandaren ir en estos dichos sus reinos, porque de allí en adelante vuestras Altezas mandarán pagar sueldo; у en esto vuestras Altezas mandaran lo que entendieren que más cumple a su servicio.

Ítem: que los diez vecinos por quien fue a servir aquel que fue manferido hayan de le ayudar en ararle sus tierras é segalle sus panes, o ayudad le para el mantenimiento de su familia, su muger é sus hijos el tiempo que estuviere en la guerra, porque del sueldo non lo podría mantener, у es muy grande razón que los nueve ayuden al uno, pues quel va servir a vuestras Altezas por ellos, é por poca ayuda que los nueve le hagan será sostenerle a él, é а ellos hará poco daño.


Así pues, calculando a cuatro personas por cada vecino, ascendía la población a seis millones de habitantes, y a siete millones quinientos mil, suponiendo que cada familia contase cinco, las guerras continuas del emperador Carlos V, y de su hijo Felipe II, las emigraciones a América, y otras varias causas no aumentaron la población del reino, antes bien la disminuyeron notablemente.

Normalmente en cada pueblo había registros de aquellas personas que tenían que pagar impuestos, padrones de pecheros, que establecían las cantidades que tenía que pagar cada vecino, y era habitual revisarlos con alguna frecuencia para mantenerlos actualizados.

S. Stephano del Molar, aldea 1227, primera mención del concejo 1360, iglesia de San Esteban 1286.
Despoblados: El Torrejón s. XVII, desaparece en el s. XVIII y Villanueva la Seca – Uilla Secca, Loco 1017,
primera mención del concejo 1360, iglesia de San Juan 1293, desaparece después de 1527

El emperador Carlos I [1500–1558] decidió que se revisasen los padrones de pecheros, es decir los vecinos obligados a sufragar las necesidades de la corona, los “Servicios de Su Majestad”, que eran los impuestos ordinarios o extraordinarios aprobados por las Cortes y que recaían sobre los pecheros de los que estaban exentos la Nobleza y la Iglesia, los pobres no pechaban y las viudas y los niños lo hacían por la mitad. Para recaudar estos impuestos los pueblos utilizaban los Padrones de pecheros, por ello ordenó que dos comisionados por Intendencia, zonas geográficas equivalentes a las actuales provincias, recorrieran los pueblos revisando el número de pecheros, anotando las cantidades que pagaban, estableciendo cuánto debían pagar e informando sobre la riqueza de cada lugar para fundamentar con equidad las “cáñamas” o contribución correspondiente a cada pueblo.

Se cubrieron las antiguas provincias de la Corona de Castilla, el Reino de Granada, las Islas Canarias y el Reino de Navarra. El País Vasco quedó excluido, pues tenía un régimen fiscal propio.

San Esteban del Molar y Villanueva la Seca - Datos censales de 1528
Pueblos y demarcaciones - Marquesado de Astorga.
Denominación Original Manuscrito
Denominación Censo de 1970
Vecinos pecheros
N.º
Inscr.
Astorga - Exento de impuestos del Rey
id.
0
293
Astorga (sus alhoces) - Son 8 pueblos
Astorga (Su alfoz)
223
294
Torienco - Merindad, 8 pueblos
Turienzo de los Caballeros
174
295
Cobrana
id.
-
296
Losada
id.
-
297
Suma: Inscrip. 296 y 297
47
298
Cepeda - Merindad, 36 pueblos
id.
304
299
Ginistal
Nistal
-
300
Celada
Celada de Cea
-
301
Suma: Inscrip. 300 y 301
55
302
Bustos
id.
22
303
Villaçala Vega
Villazala
-
304
Páramo
id.
-
305
Suma: Inscrip. 304 y 305
Merindad de 21 pueblos
503
306
Villornate - Merindad de 5 pueblos
Villaornate
208
307
Roales
id.
65
308
Valdescorriel
id.
91
309
Fuentes de Ropel
id.
150
310
Villalobos
id.
196
311
Villanueva de la Seca
id.
38
312
Santistevan
San Esteban del Molar
49
313
Quintanilla del Mollar
Quintanilla del Molar
51
314
Vega de Villalobos
id
60
315
Valdonquillo
Valdunquillo
199
316
Vecilla
Vecilla de la Vega
172
317
Castroverde
Castroverde de Campos
321
318
San Pedro de Golpejones
Golpejones
44
319
Villamañán - El Marqués la declaró exenta de tributos para que se poblara.
id.
167
320
Jurisdicción de Villamañán (Son 14 pueblos)
-
297
321
Cinbranos
Cimbranos
17
322
Santivañes
Santibáñez de Valdeiglesias
33
323
Estevañes
Estébanez de la Calzada
39
324
Quintanilla
Quintanilla del Valle
-
325
Vega
Vega de Antoñán
-
326
Antoñan
Antoñán del Valle
-
327
Suma: Inscrip. 325 a 327
67
328
Villa Ryn
Villarrín del Páramo
15
329
Valderueda
Valderrueda
143
330
Morgovejo Peroro
Morgovejo
-
331
Uña
La Uña
-
332
Azevedo
Acebedo
-
333
Suma: Inscrip. 331 a 333
28
334
San Pedro de Valdesabero
Sabero
16
335
Valde Llormas
Fresnedo de Valdellorma
69
336
Villa Ryn - Lo que es de doña María de Guzmán
Villarrín del Páramo
147
337
Suma: Marquesado de Astorga
4.010
338
Total según el O.M. [Original Manuscrito]
4.012
-


En 1528 San Esteban del Molar, tiene 49 vecinos pecheros, y Villa Seca, 38. (348 habitantes)

Aún en el caso de que las cáñamas o contribución correspondiente a cada pueblo, hubieran estado fijadas en un principio con la máxima equidad, el simple transcurso del tiempo desajustaba los parámetros de reparto, pudiendo levantar entre los pueblos quejas por agravios como las que motivaron que el emperador Carlos I decidiera enviar dos comisionados a cada provincia para que recorrieran los pueblos analizando y comprobando en los padrones el número de pecheros y lo que pagaban en el “Servicio” e hicieran un breve informe sobre su riqueza. Estos datos servirían “para que todos los vecinos de la provincia paguen y contribuyan de manera que unos concejos con otros no reciban agravió”.

Esta recopilación duró casi ocho años, desde 1528 a 1536, pero en los preámbulos se indica que los datos se refieren a lo que pagaron en los años 1527 y 1528. Años después se estableció un nuevo “Servicio extraordinario” que comenzarían a pagar en 1541, lo que motivó que en esa fecha se realizara una revisión del Censo que es la que ha llegado hasta nosotros. El conjunto de todos estos datos se conserva en el Archivo de Simancas con la signatura “Contadurías Generales núm. 768”.

El fechado en 1527 y 1541, contiene la información con los vecindarios, el número de pecheros, lo que pagaron, lo que deben pagar y un escueto informe sobre su riqueza. Los datos de población se reducen, al número de pecheros, sin contar a la Iglesia ni a la Nobleza pero incluyendo viudas, menores y pobres, aunque se desconoce cómo se han sumado ya que, aunque viudas y menores solían contar como medio pechero y los pobres no pechaban, en el Censo no figuran fracciones por lo que puede pensarse que todos eran considerados igual, que un vecino.

San Esteban del Molar y Villaseca - Marquesado de Astorga - El servicio a S. M. de 1528
Pueblos y Demarcaciones
Datos censales
Pago por pechero
Índices
Inscr.
Denominación Censo de 1970
Pecheros
Número
Pagado
Mrvs.
Asignado
Mrvs.
Pagado
Mrvs.
Asignado
Mrvs.
Agravio
Relativo
Ratio
Confort
293
Astorga
0
0
0
-
-
-
-
294
Astorga (Su alfoz)
223
39.700
29.000
178,03
130,04
136,90
88,40
295
Turienzo de los Caballeros
174
27.860
20.000
160,11
114,94
139,30
78,14
298
Cobrana y Losada
47
6.600
5.500
140,43
117,02
120,00
79,55
299
Cepeda
304
50.700
31.000
166,78
101,97
163,55
69,32
302
Nistal y Celada de Cea
55
9.400
6.000
170,91
109,09
156,67
74,16
303
Bustos
22
3.600
2.000
163,64
90,91
180,00
61,80
306
Villazala y Páramo
503
95.450
60.000
189,76
119,28
159,08
81,09
307
Villaornate
208
32.550
30.000
156,49
144,23
108,50
98,05
308
Roales
65
5.000
13.000
76,92
200,00
38,46
135,96
309
Valdescorriel
91
22.500
18.000
247,25
197,80
125,00
134,47
310
Fuentes de Ropel
150
30.000
31.000
200,00
206,67
96,77
140,49
311
Villalobos
196
5.000
39.200
25,51
200,00
12,76
135,96
312
Villanueva de La Seca
38
7.200
6.000
189,47
157,89
120,00
107,34
313
San Esteban del Molar
49
12.000
10.000
244,90
204,08
120,00
138,73
314
Quintanilla del Molar
51
8.000
9.000
156,86
176,47
88,89
119,96
315
Vega de Villalobos
60
11.500
12.000
191,67
200,00
95,83
135,96
316
Valdunquillo
199
21.000
33.000
105,53
165,83
63,64
112,73
317
Vecilla de la Vega
172
38.000
34.200
220,93
198,84
111,11
135,17
318
Castroverde de Campos
321
59.100
63.000
184,11
196,26
93,81
133,42
319
Golpejones
44
5.520
7.000
125,45
159,09
78,86
108,15
320
Villamañán (Pueblo)
167
0
20.000
0,00
119,76
0,00
81,41
321
Villamañán (Jurisdicción)
297
65.240
40.000
219,66
134,68
163,10
91,56
322
Cimbranos
17
7.090
1.500
417,06
88,24
472,67
59,98
323
Santibáñez de Valdeiglesias
33
3.900
3.000
118,18
90,91
130,00
61,80
324
Estébanez de la Calzada
39
5.000
3.500
128,21
89,74
142,86
61,01
328
Quintanilla del Valle, Vega de Antoñán y Antoñán del Valle
67
11.490
6.000
171,49
89,55
191,50
60,88
329
Villarrín del Páramo
15
3.000
1.500
200,00
100,00
200,00
67,98
330
Valderrueda y Morgovejo
143
16.050
12.000
112,24
83,92
133,75
57,05
334
La Uña y Acebedo
28
3.500
2.800
125,00
100,00
125,00
67,98
335
Sabero (San Pedro)
16
2.880
1.300
180,00
81,25
221,54
55,23
336
Valdellorma
69
8.450
6.000
122,46
86,96
140,83
59,11
337
Villarrín del Páramo - Lo que es de Dª María de Guzmán
147
13.000
22.000
88,44
149,66
59,09
101,74
338
Marquesado de Astorga
4.010
632.150
578.600
157,64
144,29
109,26
98,09

Pagado.- Lo abonado en las fechas de referencia por el Servicio a Su Majestad.
Asignado.- Lo que debieran haber pagado según el criterio de los comisionados.
Pago por pechero.- Es la relación por cociente entre el impuesto o Servicio a S.M. y los vecinos pecheros del pueblo. No siempre es la media de lo que éstos pagan pues a veces una parte del impuesto lo pagan propietarios o arrendatarios de fincas sitas en el pueblo, pero que pertenecen a vecinos de otros pueblos.
Agravio relativo.- El cobro de un impuesto superior al que en justicia corresponde si se compara con casos similares, se considera un agravio. Se supone que los comisionados fueron honestos, por lo que los valores que dan, son los que deben cobrarse para obrar con ecuanimidad e imparcialidad. En la columna de ese cabecero se compara por cociente lo que se pagó, con la cifra dada por los comisionados y, para evitar decimales, se multiplica por cien. De esa forma 100 será el valor justo; lo que exceda de 100 será el porcentaje del valor justo, pagado de más. Y lo que falte, lo pagado de menos.
Ratio Confort.- Por provisión del Rey fueron a cada Intendencia un escribano y otro comisionado para que juntos visitaran los pueblos y fijaran las cuotas que debían pagar de acuerdo con el número de pecheros y su calidad, ganancias, rentas, necesidades, forma de vida, etc. con lo que la media por pechero en cada pueblo debe estar, al menos en teoría, fuertemente correlacionada con el nivel de vida cotidiano del conjunto a que se refiere y constituye, por tanto, una medida estadística del bienestar del grupo, o si se prefiere, del confort que le asiste.

- Parece ser que los receptores de los impuestos cobraban más de lo debido usando diferentes astucias. Las tierras del Marquesado de Astorga tenían que pagar 428.640 mrs, anuales en 1527 y 1528 y los oficiales del Marqués, que actuaban de receptores, cobraron a los arrendatarios más de 630.000 mrs. Villanueva de la Seca tenia que pechar 6.000 mrs. anuales, pecho 7.000 mrs. San Esteban del Molar que tenia que pagar 10.000 pago 12.000 mrs. con el nivel de vida por encima de la media. Para obtener la cifra del Ratio Confort se compara por cociente con la media de toda la Intendencia y se hace la unidad igual a cien.

- Los pueblos de Roales y Villalobos llegaron a un acuerdo con su propietario, el Marqués de Astorga, por el cual éste les eximía del pago del Servicio a S.M. si le entregaban un treintavo de su producción de grano y vino.

El reparto de Pechos se hacía mediante tres órdenes de cáñamas sucesivas:
- Cáñamas de primer orden: Las formaban los pecheros de cada Intendencia. Una vez conocida la cuantía del impuesto, la Real Hacienda asignaba a cada Intendencia la parte que debía recaudar de acuerdo con la potencia económica de sus pecheros.
- De segundo orden: Las componían los vecinos pecheros de cada pueblo. La Intendencia fijaba las cantidades que se habían de recaudar en los distintos pueblos según el nivel de vida de sus pecheros. Sólo a estos efectos, se consideraba a veces como un pueblo a un conjunto de ellos que por lo general dependía de una misma autoridad; por ejemplo, un señorío.
- De tercer orden: La constituían los pecheros que habían de pagar el impuesto. La autoridad local fijaba las normas para hacer el reparto y asignaba lo que correspondía a cada uno.

La distribución o reparto de los impuestos se basaban en datos que muchas veces estaban obsoletos o eran producto del capricho o de la incompetencia. No es extraño, pues, que las quejas de los pueblos por agravio comparativo con otros más o menos próximos cundieran hasta hacer indispensable la obtención de nuevos datos en que basarse para hacer un reparto más justo.

La mayoría de las Intendencias basan los datos en los Padrones de Pecheros de 1527, otros en los de 1528 y alguno raro en el de 1526. Por regla general los tres eran iguales, por eso se toma convencionalmente el año 1528 como Fecha de referencia del Censo.

Si lograran el objetivo descrito, ya no habría pueblos agraviados dentro de una misma Intendencia, pero podría haberlos respecto a pueblos de otra. Para evitar esto último sería necesario que los cupos de ambas Intendencias se ajustaran a las mismas normas de justicia y equidad que se aplicaron a los pueblos en el reparto de pechos, pero eso no se llevó a cabo hasta el año 1540 que es la fecha que figura en el legajo del O.M. que posiblemente escribiera el Canónigo y Archivero Tomás González y que es el origen del error bastante común de datar este Censo en ese año.

En el memorial de peticiones y agravios que los labradores de Castilla elevan a Felipe II en el año 1553 se responsabiliza a los censos de la enajenación de mulas y bueyes por los campesinos.
“Los labradores menesterosos sustentaban con sus flacas fuerzas todo el peso de la agricultura y para conllevar su oficio cargaban censos y juros sobre las heredades, cuyos frutos no bastaban a pagar los gastos del cultivo, la renta, la contribución, los réditos y proveer el sustento de una modesta familia.
Maldecían los escritores políticos la inquidad de hacer al censualista participe de la cosecha sin haber ayudado en la sementera ni correr el riesgo de los temporales, y con la exaltación de su odio a la tiranía del capital, según ahora se dice, condenaron los juros y los censos como causa principal de la ruina y miseria de los labradores, y pidieron una ley que declarase nulos semejantes contratos”.

Bastante complejo se torna estudiar una colectividad humana desde el punto de vista estadístico, y además, dar con la tendencia que refleje con verosimilitud, la manera de asumir la vida cotidiana sus habitantes. Las dificultades se magnifican a la hora de asumir o no la veracidad de los datos aportados por los registros. Unas veces porque están hechos mal, y otras por consistir el error en la obtención de ventajas para un individuo o para la población en general. Por ejemplo, en los siglos pasados eran comunes registros poblacionales subvaluados cuando se trataba de tributar alcabalas, millones, repartimientos, etc., para las arcas del Rey o las del Señor. Por lo tanto, cuando se puede es necesario cruzar y contrastar los datos; bien los extraídos por la Iglesia, Corregimientos, Administración local que, para el mismo tema divergen en múltiples ocasiones. Un camino cuajado de vicisitudes que lleva a hablar de aproximaciones. Pero, si bien, muchos de los datos recogidos corresponden a un periodo proto-estadístico, tampoco se los puede desechar. Por otra parte a dichos inconvenientes hay que sumar las bruscas alteraciones de la población que en cortos periodos de tiempo por hambrunas, guerras o peste tornan inservibles muchos datos, a la vez que dan luz a otras realidades.


San Esteban del Molar en 1587, según el Censo de los Obispos cuenta con 40 almas, y Villa Seca con 50 almas.
360 habitantes

El Censo de los Obispos de 1587
Obispado de León - 1587 Arciprestazgo de Villalobos
  almas pilas
Villalobos 160 3
Quintanilla del Molar 45 1
San Martin de Otero 40 1
Fuentes de Ropel 130 3
Villanueva de la Seca 50 1
San Esteban del Molar 40 1
Roales 50 2
San Miguel del Valle 60 1
Vega de Villalobos 30 1
Valdescorriel 60 2

En 1587 se realizó, aprovechando la organización eclesiástica, un censo conocido como Censo de los Obispos. En él se contabilizaron los “vecinos feligreses” es decir, los cabezas de familia, de cada parroquia, contando en este caso también las viudas como medio vecino. Felipe II [1527 -1598] dio orden a finales de 1586 de que los obispos de la Corona de Castilla le remitieran una relación de los pueblos de las respectivas diócesis en la que se indicara el número de vecinos en cada población. Se incluyó a Navarra, Granada, País Vasco y Canarias. La idea era que cada obispo requiriera al personal eclesiástico a su cargo que estaba en contacto directo con los feligreses, como vicarios, párrocos etc., que se encargasen de la recogida de la información. Los obispos sin embargo no mostraron mucha disposición para ejecutar la tarea, y los resultados de este censo fueron más bien pobres.


En 1591 San Esteban del Molar, según el Censo de los Millones tiene 45 vecinos, 29 pecheros y 16 hidalgos y en Villanueva de la Seca son 37 vecinos, de los cuales 30 son pecheros, 6 hidalgos y un clérigo.
328 habitantes

El Censo de los Millones de 1591

En 1591, tuvo lugar la enumeración más completa de la población de Castilla en el siglo XVI, el Censo de los Millones tomaba su nombre del nuevo impuesto -8 millones de ducados- que era necesario recaudar. Felipe II, como consecuencia de la pérdida de la Armada Invencible aprueba a través de las Cortes de Castilla un donativo extraordinario de ocho millones de ducados a pagar en seis anualidades desde el segundo semestre de 1590. El donativo debía ser pagado por todos los “vecinos de todos los estados”, nobles, estado llano y eclesiásticos estaban obligados a contribuir, sólo se excluyó la orden mendicante de los franciscanos. El clero regular, el integrado por los clérigos que han hecho los votos religiosos de pobreza, castidad y obediencia, contaba con cierta ventaja en el pago del donativo, puesto que cada diez religiosos contaban como un vecino.

Al principio el reparto de las cantidades a cobrar en cada provincia se organizó con la información obtenida en el Censo de Pecheros de Carlos I, pero diversos problemas y quejas originaron la organización de un nuevo censo, el Censo de los Millones de 1591. En este censo se recogían los pueblos agrupados por provincias, y se reflejaba el total de vecinos clasificados por estado, pecheros, hidalgos, clérigos y religiosos.

San Esteban del Molar y Villanueva la Seca - Población en el censo de 1591
Pueblos y Demarcaciones
1591
Inscr.
Denominación Censo de 1970
Vecinos
Pecheros
Hidalgos
Clero S.
Clero R.
293
Astorga
656
-
558
83
15
294
Astorga (Su alfoz)
394
350
36
8
-
295
Turienzo de los Caballeros
322
293
20
9
-
298
Cobrana y Losada
72
3
67
2
-
299
Cepeda
919
484
412
23
-
302
Nistal y Celada de Cea
83
76
5
2
-
303
Bustos
38
37
-
1
-
306
Villazala y Páramo
591
558
9
24
-
307
Villaornate
110
105
4
1
-
308
Roales
76
68
6
2
-
309
Valdescorriel
131
128
1
2
-
310
Fuentes de Ropel
204
150
47
7
-
311
Villalobos
375
315
52
8
-
312
Villanueva de La Seca
37
30
6
1
-
313
San Esteban del Molar
45
29
16
-
-
314
Quintanilla del Molar
33
31
1
1
-
315
Vega de Villalobos
63
53
9
1
-
316
Valdunquillo
246
209
27
10
-
317
Vecilla de la Vega
182
161
16
5
-
318
Castroverde de Campos
487
419
50
18
-
319
Golpejones
31
30
-
1
-
320
Villamañán (Pueblo)
260
229
26
5
-
321
Villamañán (Jurisdicción)
375
342
26
7
-
322
Cimbranos
30
22
7
1
-
323
Santibáñez de Valdeiglesias
42
40
1
1
-
324
Estébanez de la Calzada
60
52
6
2
-
328
Quintanilla del Valle, Vega de Antoñán y Antoñán del Valle
81
71
7
3
-
329
Villarrín del Páramo
135
133
-
2
-
330
Valderrueda y Morgovejo
139
104
30
5
-
334
La Uña y Acebedo
97
59
36
2
-
335
Sabero (San Pedro)
ºº
-
-
-
-
336
Valdellorma
250
155
87
8
-
337
Villarrín del Páramo - Lo que es deDª María de Guzmán
27
26
-
1
-
338
Marquesado de Astorga
6.707
4.848
1.596
248
15
Vecinos.- Total de vecinos del pueblo.
Pecheros.- Número de vecinos que eran pecheros. A veces las viudas, los pobres, los menesterosos y los que no podían pagar el impuesto completo contaban como medio vecino y en alguna Intendencia, dos tercios.
Hidalgos.- Número de vecinos que gozaban de ese privilegio.
Clero S.- Clero secular dependiente de los Obispos.
Clero R.- Clero regular. Cada diez frailes o monjas contaban un vecino en el pago del impuesto de los millones y por tanto en el Censo de 1591. Se excluían los Franciscanos descalzos que estaban exentos.


En 1694 en la Diócesis de León, San Esteban del Molar cuenta 45, y Villanueva la Seca 37 vecinos pecheros.
328 habitantes

Abadengo de Torio - 1694
Provincia de León vecinos pecheros
Roales 76
Valdescuriel 131
Fuentes de Ropel 204
Villalobos 375
Villanueva de la Seca 37
Quintanilla del Moral 33
Santisteban 45
Vega de Villalobos 63
Valdonquillo 246
Becilla 182
Castroverde 387

En el siglo XVII hay poca actividad estadística en España. Se tiene constancia de la elaboración del Censo de la Sal (1631), que consistió en un recuento de vecinos para el reparto de los estancos de sal, así como de otros para el reparto forzoso de juros en 1646 y para el reclutamiento de soldados, dos por cada cien vecinos laicos y eclesiásticos en 1693.

En los primeros años del XVIII se realiza el Vecindario de Campoflorido, un censo que buscaba un reparto más equitativo de los impuestos extraordinarios que ocasionó la Guerra de Sucesión [1701 –1713] recién terminada. En 1712 el Obispo de Gironda ordena la elaboración de un censo para distribuir más equitativamente el pago de impuestos. En este censo se incluiría el estado noble, las viudas contarían como medio vecino y los clérigos y pobres de solemnidad quedaban excluidos si bien esto último se modificó más tarde, en 1714.

En 1717 el Marqués de Campoflorido, Gobernador del Real Consejo de Hacienda, ordena a los superintendentes que se le remitan las relaciones de vecindarios de todos los pueblos de su jurisdicción. Seguramente esta intervención del marqués fue la que provocó que se conozca a este censo como «Censo de Campoflorido». Parte del mérito del Censo de Campoflorido radica en ser el primer intento de formación de un Censo con las mismas instrucciones y simultáneo para las Coronas de Castilla y de Aragón.

En el transcurso del reinado de Fernando VI, entre 1749 y 1756, se realiza, como paso previo a una importante reforma fiscal, el llamado Catastro del Marqués de la Ensenada. Para su realización se partía de un “interrogatorio” consistente en 40 preguntas. De él resultaron las Respuestas Generales, además de un recuento y una evaluación de la riqueza de los pueblos, ofrecía una visión panorámica exhaustiva sobre los pueblos a mediados del siglo XVIII. La intención al elaborar el catastro era simplificar el sistema de impuestos de la Corona de Castilla. El catastro comenzó a elaborarse en 1740, con la firma de Fernando VI de la Cédula Real que aprobaba su ejecución, y las labores de recogida duraron hasta 1753. Se envió un interrogatorio a cada pueblo que los representantes de la justicia, normalmente el alcalde debían responder. Como resultado de las respuestas recogidas el Censo y Vecindario de la Ensenada, contiene los resúmenes provinciales de la población clasificada por edad y clase, residentes hijos de familia menores de 18 años, vecinos de 18 a 60 años, vecinos mayores de esa edad, jornaleros transeúntes, sirvientes, pobres de solemnidad, viudas y resto de personas del sexo femenino. El Vecindario ofrece datos de población por municipios. El Catastro del Marqués de la Ensenada es el último de los censos primitivos. En la segunda mitad del siglo XVIII nacen los censos modernos.


En 1769 San Esteban del Molar, según el Censo de Aranda tiene 241 habitantes, 13 hidalgos; un administrador de la Real Hacienda y otro del Real Servicio. Eclesiásticos: cinco Hermanas, un Capellán, un Sacristán y un Vicario.

El Censo de Aranda de 1768

La verdadera historia de los censos de población en España comienza en 1768, bajo el reinado de Carlos III, cuando el Conde de Aranda, Presidente del consejo de Castilla, da instrucciones a los obispos, que estos trasmiten a través de sus párrocos, para que se inicien los trabajos encaminados a averiguar la verdadera población española, según sexo y edades, con el objeto de promover ideas útiles al Estado. En este censo aparecen por primera vez conceptos que aún hoy siguen aplicándose. De hecho sobre los objetivos del censo se dice que se elaboran no para imponer gravamen alguno sobre ellos, los vasallos de S. M., sino para establecer un justo equilibrio en las obligaciones a que concurren. Cada párroco debía cumplimentar un cuestionario con datos resumidos de los feligreses, clasificados por sexo, grupos de edad y estado civil. Se anotaba además si la persona en cuestión estaba exenta de pagar impuestos, y el motivo de tal exención. Para evitar la ocultación de datos y la falta de respuesta en este censo se estableció la prohibición de hacer públicos los datos individuales, lo que constituye un antecedente del secreto estadístico. Este censo registró 9.308.804 personas.


Obispado de León Lugar de S. Esteban del Molar
Corregimiento Justicia de Astorga en la provincia de León
Parroquia de S. Esteban Varones Hembras
Total de almas: 241 Casados Solteros Total Casados Solteros Total
Párvulos Hasta 7 años - 25 25 - 26 26
Medianos De 7 a 16 años - 25 25 - 14 14
Mayores De 16 a 25 años 6 19 25 7 14 21
Mayores De 25 a 40 años 31 - 31 28 - 28
Mayores De 40 a 50 años 6 1 7 15 2 17
Mayores Más de 50 años 7 5 12 7 3 10
Total 50 75 125 57 59 116
Exentos por:
Hidalguía
Real Servicio
Real Hacienda
Cruzada
Inquisición
13
1
1
-
-
- Eclesiásticos y Sirvientes de la Iglesia: 3. Un Capellán, 1 Sacristán y el Vicario de esta parroquia quien certifica en 24 feb. de 1769
- Nota: 5 Hermanas de religiosas. - Según la diferencia totales personas casadas hay 7 varones mas no incluía 7 viudas


El Censo Floridablanca de 1787
Diócesis de León - Censo de Floridablanca
Nº de Pueblos 821 Nº de Parroquias
883
Conventos:
- De frailes 26 - De monjas
11
Población General
Varones
Mujeres
Total
Solteros
37.577
38.528
76.105
Casados
44.321
44.625
88.946
Total
81.898
83.153
165.051
Exentos:
- Privilegio Real
683
- Real Hacienda
193
- Real Cruzada
103
- Inquisición
27
- Hidalgos
18.819
Eclesiásticos:
Seglares:
Seculares: Dependientes de la Iglesia:
- Curas
847
- Sirvientes
313
- Beneficiados
1.706
- Hermanos legos
1.100
Total
2.553
- Síndicos
70
Regulares:
Total
1.483
- Frailes
571
- Monjas
305

Se conoce como Censo de Floridablanca de 1787 al que mandó elaborar José Moñino y Redondo, Conde de Floridablanca, en 1786 y que se ejecutó en 1787. Antes de su inicio, se confeccionó un inventario de todos los pueblos de España, conocido como Nomenclátor de Floridablanca, que iba a servir de guía y control para los trabajos de recopilación de los datos censales. La recogida de información se encomendó a las autoridades civiles, ayudadas por el clero. Este censo facilitaba información acerca de la estructura de la población por sexo, edad y estado civil, junto con una clasificación económica para la totalidad de las localidades españolas. Además clasificaba la población de acuerdo con una tabla de ocupaciones dividida en 23 clases. La población contabilizada fue de 10.268.110 personas.

1789 San Esteban del Molar
V. S. Provincia y Partido de León.
Juez Ordinario por el Comendador de San Juan.
España dividida en provincias e intendencias y subdividida en partidos,
corregimientos, alcaldías, mayores, gobiernos políticos y militares...

El siguiente censo de población Censo de Godoy de 1797, será ejecutado en 1797, en tiempos de Carlos IV, por orden de Manuel Godoy, registrándose 10.541.221 personas. En él se siguen directrices similares a las de los anteriores: se conserva la división administrativa y se contemplan los mismos grupos de edad, con la salvedad de que el de “más de 50 años” se subdivide en seis intervalos. También mejora notablemente la clasificación por ocupaciones hasta pormenorizarla en 96 categorías y 212 clases. Se tienen en cuenta a toda la población independientemente de cual sea el tipo de vivienda en que residían, proporcionando el número de centros benéficos y hospitalarios, indicando en estos últimos el personal ocupado y el acogido.

1795 San Esteban del Molar
V. de España en la provincia de León y su partido, de jurisdicción sobre si y de señorío secular con alcaldes ordinarios por el Comendador de San Juan.
España dividida en provincias e intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías, mayores, gobiernos políticos y militares...

La primera mitad del siglo XIX, estuvo marcada por la inestabilidad política. La guerra de la Independencia [1808 –1812] detuvo la actividad censal que en el Departamento de Fomento se estaba preparando. El 19 de marzo de 1812, tras la victoria sobre los ejércitos de Napoleón, las Cortes Generales de España aprueban la Constitución 1812. En 1813, el gobierno liberal, encargó una nueva división provincial a Felipe Bauzá en aplicación de la Constitución de Cádiz de 1812. El proyecto de Bauzá establece 44 provincias, no pudo aplicarse, aunque sirvió de base para la división en provincias implantada en 1822. La llegada de Fernando VII [1820] y la adopción de políticas inmovilistas, las guerras carlistas que estallaron a su muerte provocaron que la actividad censal fuera prácticamente inexistente.

1815 San Esteban del Molar
V. de España en la provincia de León y su partido, de jurisdicción sobre si y de señorío secular con alcaldes ordinarios.
Diccionario geográfico estadístico de España y Portugal...

Durante el trienio constitucional o liberal [1820-1823] Fernando VII promulga el Real Decreto de 27 de enero de 1822, estableciendo una división provisional del territorio español en 52 provincias: siguiendo la división provincial de las Cortes de Cádiz de 1812. No se respetan los límites tradicionales de las provincias y se caracteriza por su poco rigor histórico. Se eliminan enclaves de unas provincias en otras si pertenecen a distintos reinos.

1827 San Esteban del Molar
V. S. de España, provincia y partido de Zamora, obispado de León. Alcaldes Ordinarios, 104 vecinos, 425 habitantes, 1 parroquia. Situada en terreno despejado que produce granos de toda especie. Hay en ella una grande venta y casa de postas con 8 caballos en el camino real de Galicia. Dista 9 leguas de la capital. Contribuye 2,016 rs. 24 mrs. Derechos enagenados 197 rs. 22 maravedises.
Diccionario geográfico estadístico de España y Portugal...

Javier de Burgos, secretario de Fomento, en el año 1833, configurará el actual sistema de organización territorial, establece la división de España en 49 provincias. La comarca de Liébana se separa de León y queda incorporada a Santander. El Reino de León queda dividido en las provincias de León, Zamora y Salamanca. El deslinde que especifica Javier de Burgos para la provincia de Zamora y León es el siguiente:

Su capital León.
Por el N. confina esta provincia con la de Oviedo, por el E. con la de Palencia, por el S. con la de Valladolid y Zamora, por el O. con las de Lugo y Orense.
El límite N. es la línea divisoria actual con Asturias desde el límite de Galicia hasta el de Palencia en el puerto de San Clodio.
El límite E. empieza en este punto, y sigue por la Peña de Espiguete, por el O. de Otero, de Velilla y de San Pedro de Cansoles, por el origen del arroyo de las Cuezas, cuyo curso sigue a cortar el de los Templarios, al O. de Villambroz; luego va al río de Pozuelos, Villada y Villazaler, dirigiéndose al río Valderaduey para ir a atravesar el río Cea por encima de Melgar de arriba, por el que baja hasta Pobladura del Monte; después apartándose aquí a la izquierda, continúa por el O. de Bustil1o, por entre Villanueva de la Condesa y Valdefuentes de Valderas hasta el comedio de Bolaños y San Miguel del Valle, donde termina.
El límite S., que es el N, de la provincia de Zamora, principia en este punto y sigue a cortar el Esla entre Barcones y San Miguel de Esla, pasa al S. de Lordemanos por el N. de Matilla de Arzón y Pobladura del Valle, dirigiéndose a atravesar el río Órbigo por el N. de Maire; sigue luego por el N. de Comonte, corta el río Eria por el N. de Arrabalde, y continúa por el N. de Ayo, Cubo y de Fustel, comprendiendo a sus barrios de Quintanilla y Villaverde hasta la laguna de la Baña.
El límite O. es la antigua línea divisoria con Galicia, segregándose para la nueva provincia de Orense, San Miguel de Orlego, la Anunciación de Robledo de la Lastra San Cristóbal de Porto y Rial, Santa Cruz de la Vega, Santa María de Castelo, San Juan de Barrio, la Asunción de Cobas, San Esteban de Pardollana, San Antonio de Sobredo, San Vicente de Leida, San Tirso de Lardeira, y la Asunción de Casayo, que actualmente pertenecen a esta provincia.[Real Decreto de 30 de Noviembre de 1833 mandado hacer la División Territorial de Provincias].


1847 San Esteban del Molar
Villa Provincia de Zamora. Partido judicial Benavente diócesis de León audiencia territorial y c.g. de Valladolid, con 68 vec.
Diccionario geográfico estadístico de España y Portugal...


Las citas correspondientes a San Esteban del Molar y su anejo, Víllanuova la Seca, recogidas del Diccionario Geográfico-Estadístico Histórico de España y sus posesiones de ultramar de D. Pascual Madoz (1846-1850).

San Esteban del Molar, villa con ayuntamiento en la provincia de Zamora (9 leg.), partido judicial de Benavente (2 y 1/2), diócesis de León (13), audiencia territorial y capitanía general de Valladolid. Situada en un llano con algún declive hacia el O.; su clima es templado y sano, pues no se padecen más enfermedades comunes que las estacionales. Tiene 70 CASAS, la consistorial, en que están la cárcel y escuela de primeras letras, dotada con 600 rs. y 5 cargas de trigo que dan además los 50 niños de ambos sexos que la frecuentan; iglesia parroquial San Esteban, servida por un cura de ingreso y presentación del marques de Astorga; una capellanía de patronato particular, con cargo de misas y sin residencia, y buenas aguas potables. Confina el término al N. Fuentes de Ropel, E. Villalobos, S. Tapióles, y O. Castropepe. En él se encuentra el despoblado de Víllanuova la Seca. EL TERRENO es de mediana calidad. Los CAMINOS locales y malos particularmente en tiempo lluvioso: recibe la CORRESPONDENCIA en Benavente cada interesado de por sí. PROD.: trigo, morcajo, centeno, cebada, vino y legumbres, cría ganado lanar, y caza de liebres y perdices. POBL.:68 vecinos, 274 almas. CAP. PROD.:135,960 rs. IMP.:18,878. CONTR.: 6,700 rs. 25 mrs. El Presupuesto Municipal asciende a 3,205 rs. cubierto por reparto entre los vecinos..

Con la instauración de la I República, en 1873 desde Valladolid se pretende formar un estado federal castellano que incluyera las tierras leonesas, a lo que La Comisión Provincial de León se negó rotundamente, pidiendo que se respetara la autonomía leonesa. El 12 de julio de 1873 se proclamó el cantón independiente de Salamanca.

San Esteban del Molar
1879
Lugar 575 habitantes, situada a 14 kilómetros de Villalpando.
Profesor de Instrucción pública Natalio Álvarez Gómez
Cirujano Clemente Rodríguez Val
Veterinario Estanislao Alonso Hernández
San Esteban del Molar
Lugar con Ayuntamiento de 639 habitantes de hecho y 647 de derecho, a 14 km. de la cabeza del partido y 51 de la capital. La estación más próxima Barcial del Barco a 8 km. O. Su principal producción es trigo. Carretera Madrid a La Coruña. Celebra fiesta el 2 de febrero.
1905 1908
AlcaldeD. Francisco Cadenas SánchezFelipe Labrador González
SecretarioD. Manuel López LunaD. Manuel López Luna
Juez municipalD. Felipe Labrador GonzálezD. Jesús Villafáfila
FiscalD. Eugenio Fernández IglesiasD. Eusebio Cadenas Vega
PárrocoD. Ezequiel Sánchez NúñezD. Ezequiel Sánchez Núñez
Admin. de CorreosD. Pio Carbajo GonzálezD. Manuel Rodríguez Labra
AbaceríasTomas González
Gervasio León
Tomas González
Benito Prieto
BarberíasJulio Blanco
Manuel Rodríguez
Manuel Rodríguez
Pedro Santiago
CarniceríasAntonio Rodríguez
Joaquín Rodríguez
Joaquín Rodríguez
Leovigildo Rodríguez
Esc. municip. niñas Marina VillafáfilaMarina Villafáfila
Esc. municip. niñosJuan PortilloMiguel Salvador
EstancosPlacido LópezPlacido López
GanaderosLeonardo Cabezas
José Costilla
Felipe Labrador
José Martínez
Pedro Rodríguez
Jacinto Vega
Leonardo Cabezas
José Costilla
Felipe Labrador
Ezequiel Martínez
Pedro Rodríguez
Jacinto Vega
HerreríasGerardo GranadoGerardo Granado
MédicosJosé MartínezJosé Martínez
PosadasPedro Fernández
Juan López
Pedro Fernández
Juan López
VeterinariosJesús GarcíaJesús García
Vinos
principales
cosecheros
Eusebio Cadenas
José Costilla
Diego Deza
Felipe Labrador
Ramón Labrador
Lorenzo Marban
José Martínez
Elías Prieto
Pedro Prieto
Jacinto Vega
Alejandro Villafáfila
Jesús Villafáfila
Eusebio Cadenas
José Costilla
Diego Deza
Felipe Labrador
Ramón Labrador
Lorenzo Marban
José Martínez
Elías Prieto
Pedro Prieto
Jacinto Vega
Alejandro Villafáfila
Jesús Villafáfila
Propietarios
principales
José Costilla
Diego Deza
Felipe Labrador
Martin León
Lorenzo Marban
Elías Prieto
Pedro Prieto
Santiago Prieto
Jacinto Vega
Alejandro Villafáfila
Jesús Villafáfila
José Costilla
Diego Deza
Felipe Labrador
Martin León
Lorenzo Marban
Elías Prieto
Pedro Prieto
Santiago Prieto
Jacinto Vega
Alejandro Villafáfila
Jesús Villafáfila


Durante la segunda mitad del siglo XIX, con la estabilidad política resurgió la actividad estadística. A partir de la segunda mitad del siglo XIX comienza un periodo de sistematización y perfeccionamiento en la técnica de obtención de datos. En 1856 se crea la Comisión General de Estadísticas del Reino, que en 1857 cambia su denominación por la Junta de Estadística. Con ella se inicia la serie de los censos institucionales, que se realizan de forma periódica rigurosa. Al poco de crearse la Comisión General de Estadísticas del Reino se elabora un censo de población. Por primera vez este censo tiene una fecha de referencia, se utiliza la división provincial española propuesta en 1833, y se mantienen los grupos de edad establecidos en los censos de Aranda y Floridablanca, para que las cifras sean comparables.

En este Censo de 1857 se medía la población de hecho, o población presente en España en el momento de elaborar el censo. Además, a partir de los datos de dicho censo, se elabora un Nomenclátor de los pueblos de España.

Censos
AñoHabitantes
14827.900.000
15416.990.000
15876.631.929
15948.206.791
17689.308.804
178710.268.110
179710.541.221
180310.164.096
182211.661.865
182613.940.234
183111.207.639
183211.158.274
183312.286.941
184612.162.872
185010.942.280
185715.464.340
186015.673.536
187716.622.175
188717.534.416
189718.065.635

Los responsables del censo de 1857 advirtieron de la poca fiabilidad de las cifras obtenidas, recomendando la elaboración de un nuevo censo lo antes posible. Se hizo uno nuevo, el Censo de 1860. De esta ocasión caben destacar los trabajos preliminares para conseguir que el marco censal, la lista de todas las viviendas que había que visitar, estuviera lo más actualizada posible, para ello se actualizó el nomenclátor de poblaciones, se señalizaron los límites municipales, se rotularon calles y números en los municipios etc. En esta ocasión se mide la población de derecho, o población residente en España en el momento de elaborar el censo lo que supone que hubo que incluir a marineros embarcados, tropas destinadas en el extranjero etc.

En 1858 se determinó que los censos debían efectuarse cada 5 años, de 1860 en adelante, si bien en 1863, siguiendo recomendaciones internacionales, el intervalo entre censo y censo se amplió a los 10 años. En 1870 se crea el Instituto Geográfico, y en 1873 este asume las tareas de la Junta de Estadística y pasa a denominarse Instituto Geográfico y Estadístico. La inestabilidad política hace que el siguiente censo de 1870 se posponga hasta la Restauración borbónica. El siguiente Censo de 1877 se hizo durante el gobierno conservador de Cánovas del Castillo y se encargó el Instituto Geográfico y Estadístico. En 1880 se promulga una ley que establece que desde 1900 en adelante los censos de población deben elaborarse en los años acabados en 0. Los Censos de 1887 y 1897 bajo el reinado de Alfonso XII, se elaboraron de forma similar.

Diccionario Geográfico-Estadístico Histórico de España y Portugal 1900.

San Esteban del Molar, lugar con Ayuntamiento constituido por 266 edificios y albergues y 639 habitantes, 335 varones y 304 mujeres, de los cuales saben leer y escribir 233 varones y 147 mujeres. Su presupuesto municipal es de 5.041 pesetas, de las cuales 299 corresponden a bienes propios. Dista 14 kilómetros de Villalpando, su cabeza de partido judicial y 10 de Barcial del Barco, su estación de ferrocarril más próxima. Depende en lo eclesiástico de la Diócesis de Salamanca. Su terreno es de secano y de regular calidad y produce trigo, morcajo, cebada, vino, legumbres y pastos con los que se mantiene algún ganado y leñas. Dispone de algunos caminos vecinales para sus transacciones y se halla abastecido de aguas potables. Se halla situado en un llano, con algún declive hacia el O., disfrutando de buena ventilación y clima regularmente sano. Confina el término con los de Villalobos, Tapioles y San Martin de Valderaduey. Matilla de Arzon y San Esteban del Molar suministran piedra de talla, fácil de labrar y de gran consistencia. Es muy probable, dada la naturaleza y configuración del suelo que en periodo ya remoto de la actual época ecológica se extendiera una sola y vasta laguna que se extendería desde las cercanías de San Esteban del Molar a Cerecinos de Campos, por el N., y a Villarrin de Campos por el S. formando parte de las lagunas de Villafáfila cuyas aguas son salitrosas, por efecto de la disolución de las arcillas salíferas que forman su suelo.

Los censos del siglo XX tienen en esencia la misma normativa que los de la última mitad del siglo XIX. Se han introducido una serie de cambios en lo que a definiciones, clasificaciones usadas etc. se refiere, y también varias mejoras relativas a la recogida y procesamiento y tabulación de datos. Desde 1900 ha habido censos de población cada diez años sin excepción alguna, y es a partir de 1950 cuando se realizan conjuntamente los censos de población y los de viviendas. Siguiendo acuerdos internacionales se pasa realizar los censos en los años acabados en 1, por lo que el censo de 1980 tuvo lugar en 1981, y desde entonces se ha mantenido así. En el censo de 1991 se hizo previamente un estudio piloto del 10% de la población que facilitó un avance de datos y en 2001 se realiza el primer censo de población de siglo XXI.

“Feliz el pueblo cuya historia se lee con aburrimiento”


15.01.2014 | Tierra de Campos
Villarrín, Villalpando y Villamayor sufren la mayor pérdida de habitantes desde 2009, más de 200 en conjunto..
Solo tres localidades de la comarca ganan población en los últimos cinco años.
San Esteban del Molar,
pierde ocho habitantes,
hasta los 143 actuales.

Sólo tres localidades de la comarca de Tierra de Campos logran esquivar la sangría poblacional que sufren la mayor parte de los municipios de la provincia. Castroverde, Vidayanes y Villalba de la Lampreana son los únicos municipios que han logrado sumar vecinos desde 2009, según los últimos datos del padrón municipal recopiladas por el Instituto Nacional de Estadística hasta el 1 enero de 2013.

En el caso de Castroverde, su censo actual se sitúa en 379 habitantes, 15 más que hace cinco años. Respecto a 2012, el aumento ha sido de tres personas aunque la localidad ha logrado sumar una tendencia ascendente que se mantiene constante desde 2009.

El segundo mayor aumento se produce en Viyadanes, que gana seis habitantes en los últimos cinco años. Su padrón municipal actual es de 98 vecinos, frente a los 92 registrados en 2009.

Por último, Villalba de la Lampreana suma cinco habitantes en el mismo periodo hasta los 269 con los que cuenta en la actualidad. Como en los casos anteriores, su crecimiento es constante y gradual desde 2009. Por el contrario, Villarrín, Villalpando y Villamayor sufren la mayor pérdida de habitantes en los últimos cinco años, en concreto, 215 en conjunto. Villarrín es la peor parada de las tres localidades, ya que ha perdido 79 vecinos desde 2009. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística, su padrón actual es de 479 habitantes, frente a los 550 que alcanzaba hace cinco años.

La cabecera de comarca, Villalpando, tampoco se libra de la creciente despoblación del medio rural. El padrón actual de la villa se sitúa en 1.591 vecinos, frente a los 1.663 contabilizados en 2009, lo que supone un descenso de 72 empadronados. El descenso sólo se interrumpió entre 2010 y 2011, cuando el municipio logró sumar seis habitantes.

En el caso de Villamayor, experimenta una reducción de 64 censados en los últimos cinco años, desde los 447 contabilizados en 2009 a los 383 reflejados en el último padrón municipal. En la evolución demográfica experimentada en esta comarca zamorana, Villárdiga es la única localidad que mantiene la misma cifra de habitantes que hace cinco años. En 2009 contaba con 96 habitantes, los mismos que en la actualidad, aunque al año siguiente ganó cinco habitantes y en 2011 otros dos, pero en 2012 volvió a bajar a 96 vecinos. El menor descenso se producen en Quintanilla del Monte, que pierde solo tres habitantes en los últimos cinco años, hasta los 105 empadronados en la actualidad.

El segundo municipio de mayor tamaño de la comarca, Villanueva del Campo, también experimenta otra de las mayores pérdidas, en concreto de 58 habitantes en los últimos cinco años, desde los 996 que registraba en 2009 a los 1054 con los que cuenta en la actualidad. Cerecinos de Campos sufre la misma reducción de vecinos en dicho periodo, desde los 368 a los 310. A continuación se sitúan Belver de los Montes, que pierde 51 habitantes, hasta los 331 actuales y Villafáfila, cuyo censo actual se sitúa en 542 habitantes, 40 menos que hace cinco años. Le sigue Villalobos, con 34 empadronados menos, hasta los 283 recogidos en el último censo. El siguiente puesto es para Revellinos, que ha restado 33 censados desde 2009 y en la actualidad registra 275 vecinos. Por su lado, Villar de Fallaves pierde 23 vecinos en los últimos años y se queda con 57. Tapioles tampoco esquiva la sangría poblacional y sufre un descenso de 19 empadronados desde 2009, hasta los 177 actuales. Le sigue Cañizo, que cuenta con 16 habitantes menos, hasta los 258 actuales. Prado resta 15 y se queda con 70, mientras que Granja de Moreruela pierde 10 (292 en la actualidad); San Martín de Valderaduey resta nueve (75); San Esteban del Molar ocho (143); Cotanes siete (122); y San Agustín del Pozo cinco (200), los mismos que Quintanilla del Olmo (36).

La Opinión de Zamora » M. J. F.

“Una zona donde solo quedan avutardas y unos pocos vecinos”
Así define Tierra de Campos D. Jaime Antonio Foces Gil