1843_1848

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Hacia la propiedad privada plena e individual.
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San Esteban del Molar
Alcalde Constitucional
1843 - 1848

1843

1843 Violentadas las puertas de la iglesia parroquial de la villa.
Mayoría de edad de Isabel II.

Robo de una iglesia, de San Esteban del Molar (Castilla la Vieja)
escribe su cura párroco al “Castellano” lo siguiente:

“Con mano trémula, y llena de imaginación de lóbregas ideas, anuncio a Vds. que en la noche del 22, como a las dos de su mañana, fueron violentadas las puertas de esta única iglesia y su sacristía, y robadas por manos profanas todas las alhajas que en ella habla. Figúrense Vds. señores redactores, cuál sería mi sorpresa cuando llegué muy temprano a la iglesia con el objeto de confesar a tres o cuatro que aún no habían cumplido con la Pascua, y me hallé con las puertas abiertas, los altares desmantelados, la puerta de la sacristía hecha pedazos, los cajones sin ropa, sin viril, sin cáliz y sin una estola para decir las letanías y preces de este día. Pasé luego a observar la Custodia donde se adora a nuestro Dios Sacramentado, y vi con mucho consuelo que no se atrevieron a acercarse al Santo de los Santos, sin duda por al terror que las infundió aquel augusto lugar. Salgo inmediatamente a informarme de los vecinos más cercanos, y me contestaron que ya cerca del día habían notado algún ruido y muchos ladridos de perros.”

“Sabido por mis feligreses tan escandaloso robo, atónitos y come fuera de sí suben a la torre, tocan a fuego para que vinieran los que estaban en el campo, y sin acordarse de sus yuntas y azadas toman una lista de todos sus convecinos, registran los sitios más recónditos, y no encontrando el menor vestigio, vuelven con los ojos arrasados en agua a consolar a su párroco y ofrecerle toda su pobreza con el piadoso fin de que nada faltase al culto del Señor. Esto me ha consolado mucho en medio de tanta aflicción, sacando por consecuencia de que si hay manos sacrílegas, también hay almas piadosas que todo lo dan a quien todo nos lo da. Las alhajas robadas son un viril, un cáliz, cuatro buenas capas, cinco casullas, seis dalmáticas, cinco albas con sus amitos y dos cubiertas de altares.”

“Se están practicando todas las diligencias para la captura de los reos; mas yo contemplo escusado este trabajo: porque hace un año robaron la iglesia de S. Andrés de Benavente, y a los ocho días la de Santa María de Balduso ambas a las dos leguas de esta población, y según me han informado se pasean impunes los delincuentes después de haberles cogido con los efectos de su rapiña. Ahora bien, ¿qué penas se reservan a los profanadores de la casa del Señor? Los horribles castigos que ejecutó Dios con los hijos de Aarón y de Lebi profanadores del santuario: la muerta repentina de Oza por haber tocado con poca reverencia el Arca del Testamento figura de la iglesia, la muerte violenta de cincuenta mil betsamitas por haber mirado con ojos curiosos esta misma Arca, el visible castigo de Helidoro por los ángeles queriendo ocupar los tesoros del templo; y desgraciado fin de Antíoco comido de gusanos por haber violado el santuario. Es verdad que no vemos en el día los horribles castigos que ejecutó el Señor en otro tiempo con los Baltasares, Nabucodonosor, Antíocos y Helidoros. ¿Más se juzga por eso que usan de menor rigor con los profanadores de estos últimos tiempos? Dejo pues a la consideración de Vds., señores redactores, y a su bien cortada pluma estos horrendos crímenes.”

El Corresponsal [Madrid]: 1843 junio 3

Gacetilla de provincias

Ha sido robada últimamente la Iglesia de San Esteban del Molar (Castilla la Vieja), llevándose casi todas las alhajas que tenía este templo

El Heraldo [Madrid 1842]: 1843 junio 5

Artículo de Oficio

El Sr. Juez de primera instancia de Benavente me remite con oficio fecha 8 del corriente el siguiente exhorto.

D. Isidro López, Juez de primera instancia en esta villa y partido de Benavente = Hace notorio: que en la noche del veinte y uno de mayo último fueron violentadas las puertas de la única iglesia parroquial de la villa de San Esteban del Molar, y robadas las ropas y alhajas siguientes.
Cuatro capas, una de un rico raso morado con la banda y largeta de medio tisú, y en el medio de esta un ramo de oro; otra de un fuerte damasco floreado con el fondo llano y galón de oro, forrada con viton encarnado; otra de damasco negro con bandas y largeta encarnada, y la otra de damasco blanco con banda y largeta encarnada; las tres primeras nuevas y la otra usada. Cinco casullas, una de medio tisú con galón de oro, que hace a encarnado y blanco; otra también de los mismos colores; seda tejida de un solo pedazo; otra de china ya usada, con el fondo blanco, floreada y con galón de oro; otra de damasco encarnado con flecos de color blanco y encarnado, ya usada; otra de damasco negro con galón de seda dorado, esta y las dos primeras nuevas. Seis dalmáticas de damasco, dos que hacen a blanco y encarnado; otras dos que hacen solo a blanco con cuarterones y hombreras floreadas; otras dos negras con galón de seda amarilla. Cinco albas de buen lienzo, la una con encaje de tercia de ancho; dos con encaje de media vara, y las dos restantes de a cuarta. Los respectivos amitos y cíngulos. Un viril de bronce como de diez libras de peso dorado a fuego, la nube que rodea al cristal por un lado y otro de palta, con seis Ángeles de este mismo metal, un Cáliz de plata liso de peso de dos libras, nuevo y con su patena. Dos cubiertas de Altares floreadas y bordadas, nuevas y con galón verde; y un felpo grande nuevo.
Como de las actuaciones hasta el día practicadas, no aparece el menor indicio ni noticia de los robadores, he creído conducente se dé a la perpetración de este delito la mayor publicidad, rogando se inserte en los boletines de las provincias por si posible fuese descubrir y asegurar a los agresores. Benavente siete de Junio de mil ochocientos cuarenta y tres. - Isidro López. - Por su mandado, Ángel Álvarez Quijano.
Al que he mandado dar publicidad por medio de este periódico a los fines conducentes.
Palencia 9 de junio de 1843. - Jacinto Manrique

Boletín oficial de la provincia de Palencia: 19 Junio 1843

1844

1844 Se crea la Guardia Civil

Gobierno Político

Número de electores que con arreglo a su vecindario corresponden a cada uno de los pueblos del Partido de Benavente, así como el de alcaldes, tenientes, regidores y síndicos, que deben tener según la escala que el artículo 2.º de la ley electoral establece.

Partido de Benavente Número de vecinos Individuos que deben de tomar parte en la elección Alcaldes Tenientes Regidores Síndicos
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
24
22
135
37
185
56
52
24
22
97
37
122
56
52
1
1
1
1
1
1
1
-
-
1
-
1
1
1
2
2
4
2
4
2
2
1
1
1
1
1
1
1
Benavente y los despoblados de Cequias y Mosteruelo 616 285 1 1 8 1
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de So
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castro-Gonzalo
Castro-Pepe
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
14
32
40
43
66
31
40
18
27
24
49
110
12
185
15
307
204
33
49
34
102
91
104
51
45
14
32
40
43
63
31
40
18
27
24
49
85
12
122
15
182
132
33
49
34
81
75
82
51
45
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
-
-
-
1
-
-
-
-
-
-
1
-
1
-
1
1
-
-
-
1
1
1
1
-
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
4
2
4
2
6
6
2
2
2
4
2
4
2
2
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
Fuentes de Ropel, y desp. Morales de las Cuevas, Rubiales y Piquillos. 257 158 1 1 6 1
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalba de Vidríales
Junquera
La Milla
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Moratones
111
60
25
15
25
185
156
76
60
31
25
52
127
25
80
60
25
15
25
122
108
68
60
31
25
52
93
25
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
-
-
-
1
1
1
1
-
-
1
1
-
4
2
2
2
2
4
4
2
2
2
2
2
4
2
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
Mozar, y el despoblado de Malucanes 23 23 1 - 2 1
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz
Quiruelas de Vidríales
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
50
20
15
25
14
124
70
23
39
23
32
77
44
45
45
88
62
43
29
140
50
20
15
25
14
92
65
23
39
23
32
68
44
45
45
74
61
43
29
100
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
-
-
-
-
-
1
1
-
-
-
-
1
-
-
-
1
1
-
-
1
2
2
2
2
2
4
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
4
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
San Esteban del Molar 68 64 1 1 2 1
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
23
96
8
134
140
23
78
8
72
100
1
1
1
1
1
-
1
-
1
1
2
2
2
4
2
1
1
1
1
1
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
32
40
32
37
32
40
32
37
1
1
1
1
-
-
-
-
2
2
2
2
1
1
1
1
Santa Cristina de la Polvorosa, y el despoblado de Cervillas 132 91 1 1 4 1
San Croya de Tera
Santa Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
La Torre del Valle
Uña de Quintana
62
41
28
60
86
29
120
32
49
116
61
41
28
60
73
29
90
32
49
87
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
-
-
1
1
-
1
-
-
1
2
2
2
2
2
2
4
2
2
4
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
Valdescorriel, y los desp. de Palazuelo de los Conejos y Santa Marta 79 69 1 1 2 1
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
15
23
14
19
55
60
51
57
15
23
14
19
55
60
51
57
1
1
1
1
1
1
1
1
-
-
-
-
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
2
2
1
1
1
1
1
1
1
1
Villafáfila, y el despoblado de Salinas 289 124 1 1 6 1
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos y su barrio
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
68
32
106
326
336
625
25
8
64
32
83
188
192
288
25
8
1
1
1
1
1
1
1
1
1
-
1
1
1
1
-
-
2
2
4
6
6
8
2
2
1
1
1
1
1
1
1
1
Villanueva del Campo y el despoblado de Villafrontín 490 243 1 1 6 1
Villaobispo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín
Villaveza del Agua
19
62
62
213
40
19
61
61
136
40
1
1
1
1
1
-
1
1
1
-
2
2
2
6
2
1
1
1
1
1

Boletín Oficial de Zamora: 1844 enero 6

Gobierno Político - Partido de Benavente

Estado del número de Concejales que entre propietarios y suplentes corresponde nombrar a cada pueblo con arreglo a los artículos 2.º y 31 de la ley de Ayuntamientos, expresándose también los Alcaldes pedáneos que deben nombrarse, tiempo que debe durar la votación y la designación de los distritos electorales en que debe dividirse según el artículo 27 de la expresada ley

Pueblos y núm. de concejales entre propietarios y suplentes que corresponden
a cada pueblo y número de nombres que deben contener las papeletas.
Tiempo que debe durar la votación Número de distritos electorales que deben tener Designación de Alcalde pedáneo
[…] Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
8
8
7
7
3 días
3 días
3 días
3 días
1
1
1
1
-
-
-
-
San Cristóbal de Entreviñas y su despoblado Sta. Marina 11 3 días 1 -
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
8
7
7
3 días
3 días
3 días
1
1
1
-
-
-

Boletín Oficial de Zamora: 1844 enero 27

Gobierno Político

Habiéndose fugado Camilo Losada e Isidro Vázquez que pasaban conducidos por tránsitos de justicia desde Cerecinos de Campos a San Esteban del Molar, logrando sorprender a su conductor que maltrataron, encargo a los Alcaldes constitucionales de los pueblos de esta provincia practiquen las más activas diligencias a fin de conseguir su captura.
Zamora 26 de Febrero de 1844 = Mir.

Boletín Oficial de Zamora: 1844 marzo 5

Contaduría de Bienes Nacionales

Clero Regular - Día 30 de Abril de 1844

Relación de los descubiertos que no han satisfecho los plazos por compras de fincas nacionales vencidos hasta fin de Diciembre último, por cuya causa se anuncian en quiebra las de que proceden, consiguiente a lo dispuesto en Reales ordenes de 8 de Enero y 10 de Febrero últimos, de que se hizo mención en el Boletín oficial de la Provincia de 24 de Febrero anterior.

Nombre de los deudores y cantidad en descubierto Fincas que se sacan en quiebra.
Don Francisco Martínez de Martínez de Bonar. . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.370 ,14
El quinto y último quiñón de la heredad en S. Esteban del Molar pertenecieron a San Gerónimo de Benavente, rematado en 15.832 reales.
Una heredad en S. Esteban del Molar que fue de las Claras de Villalpando, rematada en 21.020 reales.

Boletín Oficial de Zamora: 1844 marzo 26

Diputación Provincial - Sección del Culto y Clero

En cumplimiento de la orden de S.M. de 5 del actual, esta Corporación ha repartido a los pueblos de la Provincia 811,184 rs., cupo que se le ha señalado para atender la dotación del Clero parroquial en el presente año, y 75.977 rs., en virtud de otra disposición de S.M. de 20 de Enero último, como déficit del repartimiento verificado por quince meses en el año próximo pasado, mediante a que por la misma queda sin efecto la Real orden de 13 de Noviembre de 1842, y debió ejecutarse por lo asignado en la ley de 14 de Agosto de 1841, y cuyo total de 887,161 rs., se aplica a la riqueza territorial.

Pecuaria, comercial e industrial en la forma siguiente:

Partido de Benavente Cupo de 1844 y déficit de 1843
Pueblos Repartible sobre la riqueza territorial y pecuaria. Ídem sobre la riqueza industrial y comercial.
[…] Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
2.090
1.342
1572
1.116
151
135
34
246
San Cristóbal de Entreviñas y
su despoblado Sta. Marina
3.170 470
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
2.522
496
1.996
55
20
150

Boletín Oficial de Zamora: 1844 abril 6

Intendencia de la Provincia de Zamora - Bienes Nacionales

Se sacan a pública subasta las fincas nacionales qué a continuación se expresan, en los días y puntos siguientes:

Clero secular. - Fincas de menor cuantía - Día 11 de Junio de 1844.

En Zamora y Benavente - Primer remate.

Una heredad de tierras en término de Villafáfila perteneció a la fábrica parroquial de San Martin y su anejo S. Juan de dicha villa, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.471 y dividida en dos quiñones.

- Primero consta de 18 piezas que hacen 34 fanegas, arrendado a Alonso Gutiérrez en la renta anual de 22 fanegas de morcajo y cebaba por mitad, tasado en 8.880 rs., y capitalizado en 12.210 rs., por los que se saca a subasta.

- Segundo de 17 piezas que hacen 29 fanegas y 4 celemines, arrendado a Manuel Alonso, renta, tasación y capitalización igual al anterior, por la misma cantidad que aquel se saca a subasta.

Otra en el mismo término perteneció a su curato o rectoría de San Martin de dicha villa, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el número 1.472, consta de 13 piezas que hacen 39 fanegas y 6 celemines, inclusas dos viñas que trae en arriendo D. Ángel Costilla, en la renta anual de 6 fanegas de morcajo y otras 6 de cebada, tasada en 8.880 rs., y 13 mrs., y capitalizada en 6.360 rs., se subasta por la tasación.

Otra en el propio término perteneció a su curato de S. Pedro de la misma, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.474, consta de 10 piezas que hacen 38 fanegas, arrendada a D. Gabriel Costilla, en la renta anual de 8 fanegas, dé morcajo y 10 fanegas de cebada, con más 60 rs., en dinero, tasada en 11.519 rs., y 20 mrs., y capitalizada en la misma cantidad, por la que se subasta.

Otra en el indicado término perteneció a su cabildo, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.477 y dividida en 2 quiñones.

- Primero consta de 22 piezas que hacen 87 fanegas y 9 celemines, arrendado a José Domínguez, en la renta anual de 20 fanegas de morcajo y cebada por mitad, tasado en 11.100 rs., y capitalizado en 11.250 rs., por los que se saca a subasta.

- Segundo consta de 21 piezas que hacen 82 fanegas y 9 celemines de tierra, arrendado a Juan Rodríguez Torio, en la renta anual de 20 fanegas de morcajo y cebada por mitad, tasado en 11.100 rs., y capitalizado en 10.500 rs., se subasta por la tasación.

Otra en el mismo término y de igual procedencia que la anterior, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.478, se compone de 36 piezas que hacen 163 fanegas, arrendada a Damián Fernández y Martin Osorio, en la renta anual de 68 fanegas de morcajo y cebada por mitad, tasada en 31.080 rs., y 13 mrs., y capitalizada en la misma cantidad, por la que se subasta.

Otra en el expresado término y de igual procedencia, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.480 y dividido en dos quiñones.

- Primero consta de 25 piezas que hacen 79 fanegas y 3 celemines, arrendada a D. Martin Calzada, en la renta anual de 10 fanegas y 9 celeminea de morcajo y lo mismo de cebada, uniendo además a este quiñón una tierra a las eras de San Pedro, de una fanega y 9 celemines, tasado en 12.209 rs., y capitalizado en 11.932 rs., se saca a subasta por la tasación.

- Segundo de 17 piezas que hacen 55 fanegas, arrendado a Manuel Fidalgo, en la renta anual de 10 fanegas y 9 celemines de morcajo y lo mismo de cebada tasado en 11.504 rs., y capitalizado en la misma cantidad que el primero de 11.932 rs., por la que se subasta.

Otra en dicho término y de la propia procedencia, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.481 y dividida en 2 quiñones.

- Primero consta de 21 piezas que hacen 67 fanegas y 6 celemines, arrendado a Miguel Torio.

- Segundo de 19 piezas qué hacen 59 fanegas y 9 celemines, arrendado a Santiago Rodríguez, rentan cada uno de estos dos quiñones 9 fanegas de morcajo y Io mismo de cebada tasados cada uno en 9.990 rs., y capitalizados en 9.990 rs., cada uno, por los que se subastan.

Otra en término de San Esteban del Molar perteneció a su fábrica, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.250, arrendada por la tácita y dividida en cuatro quiñones.

- Primero consta de 25 piezas que hacen 46 fanegas, arrendado a Antonio Iglesias.

- Segundo de 26 piezas que hacen 59 fanegas y 3 celemines, arrendado a Justó Fierro.

- Tercero de 32 piezas que hacen 60 fanegas, arrendado á, Valentín Róales.

- Cuarto de 31 piezas que hacen 59 fanegas, 4 celemines y 17 palos, arrendado a Manuel Fernández, rentan anualmente cada uno de éstos cuatro quiñones 14 fanegas de trigo y cebada por mitad, tasados cada uno en 8.190 rs., y 7 mrs., y capitalizados en 8.190 rs., cada uno, se subastan por la tasación.

Otra en el mismo término perteneció a su curato, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.251, consta de 12 piezas que hacen 42 fanegas, arrendada por la tácita a D. Antonio Iglesias, en la renta anual de 6 fanegas de trigo y lo mismo de cebada, tasada en 7.019 rs., y 20 mrs., y capitalizada en la misma cantidad, por la que se saca a subasta.

Otra en el propio término perteneció al cabildo catedral de Astorga, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.252, arrendada hasta el 15 de Agosto de 1.849, pero el comprador solo respetará los tres primeros años a contar desde la fecha de la escritura y dividida en cinco quiñones.

- Primero consta de 6o piezas que hacen 150 fanegas y 6 celemines, arrendado a Antonio Iglesias, en la renta anual de 26 fanegas de trigo y lo mismo de cebada, tasado en 30.419 rs., y 20 mrs., y capitalizado en 50.420 rs., por los que se saca a subasta.

- Segundo de 61 piezas que hacen 159 fanegas y 6 celemines, arrendado a Isidro Colmo y socios, en la renta anual de 40 fanegas de trigo y cebada por mitad, tasado en 30.419 rs., y 20 mrs., y capitalizando en 23.400 rs., se subasta por la tasación.

- Tercero de 30 piezas que hacen 168 fanegas y 3 celemines, arrendado a Manuel Iglesias, en la renta anual de 52 fanegas de trigo, y cebada por mitad, tasado en 30.419 rs., y 20 mrs., y capitalizado en 30.420 rs., por los que sé subasta.

- Cuarto de 58 piezas que hacen 138 fanegas y 6 celemines, arrendado a D. Antonio García y socio, en la renta anual de 52 fanegas de trigo y cebada por mitad, tasado en 30.419 rs., y 20 mrs., y capitalizado en 30.420 rs., por los que sé subasta.

- Quinto de 69 piezas que hacen 177 fanegas, 11 celemines y 17 palos, arrendado a Alejandro Villafáfila en la renta anual de 42 fanegas de trigo y cebada por mitad, tasado en 30.419 rs., y 20 mrs., y capitalizarlo en 24.570 rs. , se saca a subasta por la tasación.

Otra en el indicado término perteneció al cabildo eclesiástico de Villalobos, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 1.254, consta de 12 piezas que hacen 52 fanegas, arrendada por la tácita a Don Ezequiel Hidalgo, en la renta anual de 8 fanegas de trigo y lo mismo de cebada, tasada en 9.359 rs., y 27 mrs., y capitalizada en la misma cantidad por la que se subasta.

Otra en término de Villafáfila perteneció a la capellanía de la Consolación, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 2.672 arrendado por la tácita y dividida en dos quiñones.

- Primero consta de 12 piezas que hacen 31 fanegas y 6 celemines, arrendado a Vicente Alonso y socio en la renta anual de 5 fanegas y 6 celemines de morcajo, y 6 celemines de cebada, tasado en 6.314 rs., y 24 mrs., y capitalizado en la misma cantidad por la que se subasta.

- Segundo de 16 piezas que hacen 40 fanegas y 5 celemines, arrendado a los mismos que el anterior e la renta anual de 6 fanegas y 6 celemines de morcajo y 6 celemines de cebada, tasado en 6.974 rs., y 17 mrs., y capitalizado en 7.004 rs., y 30 mrs., por los que se subasta.

Otra en el mismo término perteneció a la capellanía de Sta. Catalina la Vieja, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 2.673, se compone de 7 piezas que hacen 28 fanegas y 6 celemines, arrendada por la tácita a D Gabriel Costilla, en la renta anual de 16 fanegas de trigo y cebada por mitad, tasada en 9.359 rs., y 28 mrs., y capitalizada en la misma cantidad por la que se subasta.

Otra en el propio término perteneció a la capellanía denominada de Ntra. Sra. la Blanca, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 2.674, consta de 13 piezas que hacen 39 fanegas y 11 celemines, arrendada a Juan del Teso y compañero, en la renta anual de 25 fanegas de cebada, tasada en 10.500 rs., y capitalizada en la misma cantidad por la que se subasta.

Otra en dicho término perteneció a la capellanía de Sta. María y Sta. Marina, libre de todo cargo, señalada en el inventario con el núm. 2.675, y dividida en dos quiñones.

- Primero consta de 21 piezas que hacen 60 fanegas y 6 celemines, arrendado a Santiago Salvador, en la renta anual de 36 fanegas de morcajo y cebada por mitad, tasado en 19.980 rs., y 13 mrs., y capitalizado en la misma cantidad por la que se subasta.

- Segundo de 58 fanegas y 6 celemines en 21 piezas, arrendado a Ildefonso del Teso, renta, tasación y capitalización igual al anterior, por la misma cantidad que aquel se subasta.

Otra en el expresado término perteneció, a la capellanía denominada Segunda de los Cocos, señalada en el inventario con el núm. 2.676, consta de 8 piezas que hacen 18 fanegas y 5 celemines, arrendada a Bernardo Tejedor y compañeros, en la renta anual de 8 fanegas de morcajo y lo mismo de cebada, tasada en 8.880 rs., y 13 mrs., y capitalizada en la misma cantidad por la que se subasta.

Boletín Oficial de Zamora: 1844 mayo 11

Comisión de instrucción primaria

Relación de los pueblos comprendidos en la demarcación de esta Provincia y que se hallan en descubierto por la cuota anual señalada por Real orden para los precisos gastos de la Comisión de instrucción primaria.

Pueblos y años que deben Cantidad
Rs. - vn.
[…] Fuentes de Ropel, 39, 40, 41, 42 y 43.
San Esteban del Molar, 41, 42 y 43.
San Martin de Valderaduey, 41, 42 y 43.
[…]
50
30
30

Zamora19 de Junio de 1844. - Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1844 agosto 17

Gobierno Político

Como a pesar de mi circular inserta en el Boletín oficial, numero 37 de este año, no hayan cumplido los Ayuntamientos que a continuación se expresan con la remisión de los Estados, cuyos modelos se hallan publicados en el mismo, y habiendo visto con el mayor desagrado la apatía y falta de cumplimiento a las órdenes de este Gobierno político; prevengo a los mismos que a vuelta de correo, sin dilación, me remitan las expresadas noticias; en la inteligencia de que estando paralizados los trabajos en que se ocupa esta Oficina por orden del supremo Gobierno, sino cumplen con este deber conforme les dejo mandado, exigiré a cada uno de los Ayuntamientos la multa de diez ducados, sin perjuicio de mandar Comisionados a su costa para que lo verifique. Zamora 23 de Agosto de 1844. - El G.P.: Valentín de los Ríos.

Pueblos que se hallan al descubierto de la remisión de registros.

Partido de Benavente
Bercianos de Valverde
Brime de Urz
Calzada de Tera
Fuentes de Ropel
Matilla de Arzon
Pobladura del Valle
Revellinos
San Esteban del Molar
San Miguel del Esla
Santibáñez de Vidríales
Sitrama de Tera
Uña de Quintana
Villamayor de Campos
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1844 agosto 24

Gobierno Político

Habiendo visto con desagrado que a pesar de los repetidos avisos para que los Ayuntamientos acudiesen a satisfacer los descubiertos en que se hallan por la suscrición del Boletín oficial, no han aprovechado estas amonestaciones, he resuelto que si en los primeros quince días de Septiembre próximo venidero, no quedasen solventados los atrasos por el año de la fecha, y en el resto del mismo mes los del año anterior; transcurrido que sea el plazo señalado, salgan los apremios contra los Ayuntamientos morosos sin ulterior advertencia. Zamora 27 de Agosto de 1844. - Valentín de los Ríos.

Relación de los descubiertos correspondiendo al año de 1843 y trimestres que adeudan.

Partido de Benavente Rs. Mrs.
Benavente por el 1.º y 2.º trimestres
Bretó, por id. id.
Castropepe, por id. id.
Matilla de Arzon, por id. id.
Quintanilla del Monte, por id. id.
San Agustín, por id. id.
San Esteban del Molar, por id. id.
San Martin de Valderaduey por el 2.º
San Miguel del Valle, por el 1.º y 2.º.
San Pedro de Ceque, por id. id.
Santibáñez de Vidríales, por id. id.
Uña de Quintana, por id. id.
Vidayanes, por id. id.
Villafáfila, por id. id.
Villamayor de Campos, por el 2.º
Villalpando, por el 1.º y 2.º.
Villar de Fallaves, por id. id.
Villarrín de Campos, por id. id.
Villaveza del Agua, por id. id.
39
39
39
39
39
39
39
21
39
39
39
39
39
39
21
39
39
39
39
18
18
18
18
18
18
18
6
18
18
18
18
18
18
6
18
18
18
18

Boletín Oficial de Zamora: 1844 agosto 29

Repartimientos Generales

Formado y aprobado por S.E. el repartimiento entre los pueblos de la provincia de los 75.098 rs., y 14 mrs. a que asciende el presupuesto, acordó se publique en el Boletín oficial, previniendo a los Ayuntamientos que en todo el presente mes y quince primeros días del próximo Septiembre concurran a satisfacer los cupos que respectivamente se les designan, en inteligencia de que transcurrido dicho día sin haberlo verificado, S.E. se verá en la necesidad de pedir al Sr. Intendente de la provincia comisiones de apremio contra los morosos, en razón de que apuradas todas las existencias de su Depositaria, no encuentra recursos para sufragar las atenciones que sobre ella pesan. Zamora 17 de Agosto de 1844. - El Presidente, Valentín de los Ríos.
Repartimiento de 75.098 rs. 14 mrs., a que asciende el presupuesto de gastos de la Excma. Diputación provincial para el corriente año.
Extracto del Partido de Benavente

Pueblos Rs. Pueblos Rs. Pueblos Rs.
Abraveses
Aguilar de Tera
49
44
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
366
312
San Croya de Tera
Santa Marta de Tera
125
83
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
271
74
371
112
104
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
153
121
62
51
104
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
57
121
173
58
240
Benavente y los despoblados de Cequias y Mosteruelo 1.232 Morales del Rey
Moratones
254
51
Tardemezar
La Torre del Valle
64
99
Bercianos de Valverde 28 Mozar, y el despoblado de Malucanes 46 Uña de Quintana 233
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
64
81
86
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
100
41
30
Valdescorriel, y los despoblados de Palazuelo de los Conejos y Santa Marta 158
Brime de So
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
132
62
81
37
55
49
99
221
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz
51
29
249
140
46
79
47
64
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
30
47
29
38
110
121
102
114
Carracedo
Castro-Gonzalo
25
371
Quiruelas de Vidríales
Quintanilla del Monte
155
89
Villafáfila, y el despoblado
de Salinas
579
Castro-Pepe
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
30
615
409
Quintanilla del Olmo
Redelga
Revellinos
91
91
176
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
137
65
213
Colinas de Trasmonte
Congosta
66
99
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
125
86
Villamayor de Campos
y su barrio
652
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
69
204
183
208
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
58
281
137
46
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
472
1250
51
17
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
102
90
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Esla
193
16
Villanueva del Campo y el
despoblado de Villafrontín
980
Fuentes de Ropel, y desp. de Morales de las Cuevas, Rubiales y Piquillos. 515 San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
269
281
Villaobispo
Villar de Fallaves
38
125
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalba de Vidríales
222
121
51
San Román del Valle
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
81
64
74
Villárdiga
Villarrín
Villaveza del Agua
125
427
81
Junquera
La Milla
30
51
Santa Cristina de la Polvorosa, y el despoblado de Cervillas 264 Total.... 18.964

Boletín Oficial de Zamora: 1844 septiembre 3

Intendencia

Relación de los Pueblos del Partido de Benavente, que no han cumplido con lo prevenido por esta Intendencia en los Boletines de 19 de Diciembre de 1843 y 20 de Abril de 1844, sobre la devolución de los estados estadísticos que se les dirigieron.

Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Benavente
Bretó
Brime de So
Brime de Urz
Burganes
Camarzana
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Cerecinos de Campos
Cerecinos de los Barrios
Congosta
Cotanes
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Melgar de Tera
Milles de la Polvorosa
Olmillos de Valverde
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz
Quiruelas de Vidríales
Quintanilla del Monte
Redelga
Revellinos
Rosinos de Vidríales
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
San Pedro de la Viña
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Torre del Valle
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Verdenosa
Vidayanes
Villafáfila
Villamayor de Campos
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villaobispo
Villardefallaves
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1844 octubre 12

Gobierno Político

Continúa la nota de los pueblos que se hallan en descubierto al pago del Boletín oficial por los trimestres vencidos de este año de 1844.

Partido de Benavente Rs. mrs.
[…] Riego del Camino, 3.º.
San Agustín, 1.º, 2.º y 3.º.
San Esteban del Molar, 3.º.
San Miguel del Valle, 1.º, 2.º y 3.º
[…]
19
58
19
58
2
20
2
28

Boletín Oficial de Zamora: 1844 noviembre 19

Juzgado de primera instancia de esta ciudad de Zamora y su partido, y de Ventas de Bienes Nacionales de esta Provincia.

Los Señores Alcaldes constitucionales de los pueblos que se dirán, se servirán hacer saber é los sujetos que se expresarán, se presenten en el preciso término de ocho días a verificar el pago de las fincas que han rematado y les han sido adjudicadas por la Junta Superior de Ventas de Bienes Nacionales, en la inteligencia que de no hacerlo así libraré despachos de ejecución centra sus bienes.

Clero secular - Partido de Benavente Rs vn.
Don Antonio Castaño, vecino de Pueblica por una heredad de su iglesia, rematada en 5.605
D. Eulogio González, vecino de Benavente por los quiñones 1.º y 2.º y una heredad que en dicho Benavente pertenecieron a la mitra de Astorga y fábrica de Sta. María del mismo 60.000
D. Nicolás Velázquez, vecino de esta Ciudad por una panera, una huerta y huerto, y una heredad en término de San Esteban del Molar y Sta. Colomba de las Carabias 11.662
D. Manuel Alonso, vecino de Sta. Colomba de las Carabias por tres quiñones que en dicho pueblo fueron de Santa María de Benavente y San Isidro de León 28.615
D. Antonio Fiz, vecino de San Esteban del Molar por una heredad que en dicho pueblo fue de su curato 8.000
D. Andrés Martin, vecino de Villarrín por los quiñones 3.° y 4.° que en dicho pueblo fueron de la fábrica de su iglesia 17.291
El expresado D. Eulogio González, vecino de Benavente por los quiñones 1, 2, 3, 4 y 5 que en dicho pueblo fueron del Cabildo catedral de Astorga 152.500
D. Francisco Rodríguez, vecino de Calzada de Tera por una heredad que en dicho pueblo fue de su fábrica de Ánimas. 695
D. Cristóbal Alonso, vecino de Calzada de Tera por el 2.º quiñón que en id. fue de su fábrica 3.260
D. Fernando Castaño y compañeros, vecinos de Calzadilla de Tera por cuatro heredades que en término de dicho Calzadilla fueron de la fábrica de su iglesia, capellanía de Magdalena, su rectoría y mitra de Astorga 21.665
D. Andrés Santiago, vecino de Sta. Croya de Tera por una heredad que en término de dicho Santa Croya fue de su cofradía de Animas 805
D. Benito Mayor, vecino de Sta. Croya de Tera por otra que en término de dicho Santa Croya fue de su cofradía de la Lámpara 1.115
D. Lorenzo Calzadilla, vecino de Sta. Croya de Tera por otra heredad que término de dicho Santa Croya fue de la fábrica de su iglesia 20.001
D. Pedro García Burgo, vecino de Sta. Croya de Tera por otra que en término de dicho Santa Croya fue de su curato 40.000
D. Pablo Mayor, vecino de Sta. Croya de Tera por una panera, que en término de dicho Santa Croya fue de la fábrica de su iglesia 1.565
D. Ambrosio Esteban, vecino de Brime de Urz por dos heredades que en término de dicho pueblo fueron de la fábrica de su iglesia y Cabildo de Astorga 46.100

(Se continuará)

Boletín Oficial de Zamora: 1844 diciembre 3

1845

1845 Nueva Constitución

Gobierno Político

Partido de Benavente - Descubiertos del año de 1844
Relación de los descubiertos pertenecientes al pago de los Boletines del año próximo pasado de 1844.

Pueblos
Cañizo
Castropepe
Castroverde de Campos
Cotanes
Granucillo
Manganeses de la Lampreana
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Riego del Camino
San Agustín
San Esteban del Molar
19,20
77,22
38,40
38,40
19,20
19,20
38,40
19,20
38,40
77,22
38,40
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
Torre del Valle
Uña de Quintana
Villafáfila
Villalobos
Villalpando
Villar de Fallaves
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
19,20
77,22
19,20
38,40
19,20
38,40
77,22
77,22
38,40
38,40

Boletín Oficial de Zamora: 1845 febrero 8

Gobierno Político - Sábado 22 de Febrero de 1845

Consiguiente a las disposiciones adoptadas por este Gobierno político en circular inserta en el Boletín oficial núm. 12 del presente mes, sobre la formación de las listas de electores y elegibles para la próxima renovación de Ayuntamientos, y en la conformidad a lo prevenido en el artículo 13 de la ley de Enero de este año, se inserta a continuación la designación de electores contribuyentes que corresponden a cada municipalidad según respectivo vecindario.

Partido de Benavente Número de vecinos Núm. de electores contribuyentes
Alcubilla de Nogales
Arrabalde
120
185
66
72
Benavente y los despoblados de Cequias y Mosteruelo 604 114
Brime de Sog
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Coomonte
Cotanes
66
108
185
324
202
100
91
60
64
72
86
74
64
63
Fuentes de Ropel y los despoblados de Morales de ñas Cuevas y Rubiales 250 79
Granja de Moreruela
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzón
Morales del Rey
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
100
175
153
76
118
110
64
70
81
63
144
68
104
134
133
64
71
69
61
65
65
60
61
62
60
68
60
64
67
67
Santa Cristina de la Polvorosa y el despoblado Cervillas 125 66
Santovenia
Tapioles
Uña de Quintana
72
120
116
61
66
65
Valdescorriel y los despoblados de Palazuelos de los Conejos y Santa Marta
Vega de Villalobos
79
60
61
60
Villafáfila y el despoblado de Salinas 280 82
Villaferrueña
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos y su Barrio
Villalobos
Villalpando
64
106
351
240
265
60
64
89
78
80
Villanueva del Campo y el despoblado de Villafrontín 475 101
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
63
70
205
60
61
74

Boletín Oficial de Zamora: 1845 febrero 22

Proyecto de Nueva División Municipal - Partido de Benavente

Distritos Municipales
Capital de distrito
Pueblos que le componen Núm. de vecinos Total vecinos del distrito Distancia de cada pueblo a la capital de distrito
Congosta Cubo de Benavente
Congosta
Uña de Quintana
Ayoó
Carracedo
104
49
116
56
12
337 Una legua
-
Una
Media
Media
Rosinos Villageriz
San Pedro de la Viña
Rosinos de Vidríales
Fuente Encalada
32
32
43
45
152 Un cuarto
Media
-
Un cuarto
Santibáñez Santibáñez de Vidríales
Brime de Sog
Tardemezar
60
66
32
158 -
Un cuarto
Media
Granucillo Pozuelo de Vidríales
Bercianos de Vidríales
Grijalba de Vidríales
Granucillo
Moratones
Cunquilla de Vidríales
Villaobispo
Brime de Urz
70
32
25
60
25
34
19
31
296 Tres cuartos
Media
Un cuarto
-
Un cuarto
Un cuarto
Tres cuartos
Media
Calzada de Tera La Milla
Junquera
Vega de Tera
San Juanico el Nuevo
Calzada de Tera
Camarzana
Cabañas de Benavente
25
15
19
23
27
49
18
176 Una legua
Una
Media
Una
-
Tres cuartos
Tres cuartos
Arrabalde Coomonte
Alcubilla de Nogales
Arrabalde
Villaferrueña
102
135
185
68
490 Una
Media
-
Media
Colinas de Trasmonte Colinas de Trasmonte
Quiruelas de Vidríales
Quintanilla de Urz
Mozar y su despoblado Malucanes
Villanázar
Vecilla de Trasmonte
33
77
32
23
23
14
204 -
Un cuarto
Una
Una
Media
Un cuarto
Morales de Rey Verdenosa
Redelga
Morales del Rey
Fresno de la Polvorosa
Vecilla de la Polvorosa
60
45
127
51
23
306 Un cuarto
Un cuarto
-
Un cuarto
Media
Pobladura del Valle Maire
Pobladura del Valle
San Román del Valle
Villabrázaro
La Torre del Valle
Paladinos del Valle
60
124
40
57
49
14
344 Una
-
Media
Una
Un cuarto
Un cuarto
San Cristóbal de Entreviñas San Cristóbal de Entreviñas
Matilla de Arzon
San Miguel del Esla
Santa Colomba de las Carabias
140
76
8
32
256 -
Una
Tres cuartos
Media
Arcos de la Polvorosa Arcos de la Polvorosa
Milles de la Polvorosa
Santa Colomba de las Monjas
37
52
37
126 -
Media
Un cuarto
Calzadilla Val de Santa María
Otero de Bodas
Oteros de Tera
Calzadilla
15
15
20
24
74 Dos
Una
Media
-
Santibáñez de Tera Pumarejo de Tera
Melgar de Tera
Santibáñez de Tera
Santa Croya de Tera
Santa Marta de Tera
Micereces
Abraveses
Aguilar de Tera
Sitrama de Tera
23
31
28
62
41
25
24
22
29
285 Una
Tres cuartos
-
Media
Una
Media
Un cuarto
Una
Un cuarto
Olmillos de Valverde Burganes
Olmillos de Valverde
Bretocino
Pueblica de Valverde
Bercianos de Valverde
40
50
43
39
14
186 Un cuarto
-
Un cuarto
Una
Un cuarto
Quintanilla del Olmo

Prado
Quintanilla del Olmo
Villar de Fallaves
23
45
62
130 Media
-
Media
Barcial del Barco Villaveza del Agua
Barcial del Barco
Castropepe
Villanueva de Azoague
40
52
15
20
127 Un cuarto
-
Una
Tres cuartos
Santovenia Bretó
Santovenia
40
86
126 Un cuarto legua
-
Revellinos Revellinos
Otero de Sariegos
San Agustín
Vidayanes
88
25
29
51
193 -
Una
Medio cuarto
Un cuarto
Quintanilla del Monte Cotanes
Quintanilla del Monte
91
44
135 Tres cuartos
-
Villárdiga San Martin de Valderaduey
Villárdiga
96
62
158 Un cuarto
-
San Pedro de Ceque
Manganeses de la Polvorosa
Sta. Cristina de la Polvorosa
Castrogonzalo
Fuentes de Ropel
Valdescorriel
S. Miguel del Valle
Tapioles
Cañizo
San Esteban del Molar
Vega de Villalobos
Villalpando
Benavente
Villanueva del Campo
Villamayor de Campos
Castroverde de Campos
Villalobos
Cerecinos de Campos
Villafáfila
Villarrín de Campos
Villalba de la Lampreana
Manganeses de la Lampreana
Riego del Camino
Granja de Moreruela
San Pedro de Ceque
Manganeses de la Polvorosa
Sta. Cristina de la Polvorosa
Castrogonzalo
Fuentes de Ropel
Valdescorriel
S. Miguel del Valle
Tapioles
Cañizo
San Esteban del Molar
Vega de Villalobos
Villalpando
Benavente
Villanueva del Campo
Villamayor de Campos
Castroverde de Campos
Villalobos
Cerecinos de Campos
Villafáfila
Villarrín de Campos
Villalba de la Lampreana
Manganeses de la Lampreana
Riego del Camino
Granja de Moreruela
140
156
132
185
257
76
134
120
110
68
55
625
616
490
326
307
336
204
289
213
106
185
62
111
140
156
132
185
257
76
134
120
110
68
55
625
616
490
326
307
336
204
289
213
106
185
62
111

Benavente.- Este partido tiene en el día 110 Ayuntamientos en otros tantos pueblos. Con la nueva división municipal que se propone en el territorio situado a la derecha del Esla, se forman 14 distritos que componen 73 pueblos; de ellos solo uno pasa de 400 vecinos que es el de Arrabalde, pero lo s cuatro pueblos que le componen, pueden, si lo desean, formar cada uno Ayuntamiento por si por tasar los tres 100 vecinos.
De los 13 restantes tres pasan de 300 vecinos, cuatro de 200, cinco de 100 y uno solo no llega a esta suma.
En la orilla izquierda del Esla se propone que veinte y cuatro pueblos queden con Ayuntamiento independiente, y la formación de seis distritos en los diez y siete restantes; pero de ellos los tres que son de a dos pueblos muy cercanos uno de otros, solo en el caso que convengan en ello recíprocamente: de estos seis distritos ninguno llega a 200 vecinos, pasando todos de 100, cuya suma no la tiene por si solo ninguno de estos pueblos.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 mayo 31
Boletín Oficial de Zamora: 1845 junio 14

Gobierno Político

Como a pesar de mi circular núm. 169, lnserta en el Boletín Extraordinario del Jueves 24 de Abril último, no hayan cumplido los Ayuntamientos de los pueblos de esta provincia, [incluido el ayuntamiento de San Esteban del Molar]con lo que con ella se previno acerca de la formación de las listas de electores elegibles para la renovación de Ayuntamiento, he resuelto que para el día 30 del actual han de quedar en este Gobierno político las contestaciones de haber terminado los indicados pueblos la formación de las expresadas listas, en la inteligencia que de no verificarlo así exigiré a los morosos la multa de 25 ducados con que desde ahora quedan conminados. Zamora 14 de Julio de 1845. - El Jefe político, Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 junio 17

Intendencia

Concluidos los plazos dados a los pueblos por esta Intendencia en virtud de la Real orden de primero de Abril último, inserta en el Boletín de 12 del mismo mes número 29, para la presentación, admisión y formalización de documentos de suministros, resulta que con estos fueron extinguidos los débitos que, con los que todavía quedan a deberse, constan de la siguiente relación formada por la Contaduría de provincia.

«Relación de lo que se hallan en deber los pueblos dé esta provincia que teniendo suministros abonables por la Hacienda, no se les apremió por descubiertos equivalentes por diferentes contribuciones de cuota fija , pero que habiéndoseles formalizado las cartas de pago que por aquel concepto han presentado, se hallan en deber todavía lo siguiente:

Pueblos Abonado por suministros
en cartas de pago
Débitos pendientes
en el día
[…] San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
San Cebrián de Castro
Tábara
[…]
-
-
-
248
-
-
-
4
230
527
54
697
-
20
3
21

Boletín Oficial de Zamora: 1845 junio 21

Gobierno Superior Político - Sección de Contabilidad
Repartimientos Generales

Habiendo renunciado la Excma. Diputación provincial, fundada en razones de conocida utilidad y conveniencia para la provincia, al llamado arbitrio de 16 mrs., en cántaro de vino, que desde el año de 1780 se exigía y recaudaba por las Oficinas de Hacienda pública con destino a la Casa Hospicio y de Maternidad de esta capital, solicitó del Gobierno la subrogación de dicho arbitrio en un repartimiento provincial, y S. M., accediendo a los deseos dé la Corporación, por Real orden de 26 de Febrero último, se dignó conmutarlo en un repartimiento' que no excediera de diez reales por cada vecino de la provincia.
En virtud de esta concesión S.E. acordó que cesara el arbitrio desde 1.º de Abril último, suponiendo que para entonces ya sé habría aprobado el presupuesto de gastos provinciales para el año presente, en el cual, con sujeción al artículo 60, párrafo 7.º de la ley de 8 de Enero del mismo, se ha de consignar el déficit suplementario para cubrir las obligaciones del Hospicio, y que, discutido por S.E., y aprobado por el Gobierno, se realizarían muy en breve fondos suficientes para proveer con oportunidad a los gastos de dicho establecimiento.
Pero la falta de algunos datos esenciales han retardado la redacción del presupuesto provincial é imposibilitado la recaudación de fondos; así que, no habiendo recibido el Hospicio los necesarios para cubrir sus apremiantes y sagradas obligaciones, la Junta municipal de Beneficencia de esta capital con fecha 3 del actual me dice lo que copio.
«La escasez de fondos en que se halla esta Corporación para poder cubrir las perentorias obligaciones de la Casa nacional de Hospicio y Maternidad de esta ciudad relativas a los meses pasado y actual y la indispensable de proceder al pago de dos meses de lactancia y crianza últimamente vencidos, la ponen en la precisión de recurrir a V.S. rogándole se sirva cooperar para que se active el repartimiento del derrame provincial, que debe sustituir al arbitrio de 16 mrs., que antes se pagaba por los pueblos de la provincia . = Apurados ya los recursos qué se hallan a disposición de esta Junta, solo le resta percibir la deuda que de dicho arbitrio de 16 mrs., resulta a favor del establecimiento, mas como esta cobranza no pueda hacerse sino paulatinamente, es de un interés muy urgente el qué se verifique dicha distribución, pues en otro caso se vería en el conflicto de tenerse que negar a pagos tan justos como son los sueldos de las nodrizas y el valor de los suministros que hacen los abastecedores.»
En vista de la preinserta comunicación y convencido de que las cantidades que la Casa Hospicio perciba de la Hacienda como producto del arbitrio dé 16 mrs., en cántaro de vino en el primer trimestre de este año, no alcanzan a cubrir sus atenciones hasta que se publique y recaude el importe del repartimiento de gastos del presupuesto provincial; he resuelto que a buena cuenta de los cupos que correspondan a los pueblos en dicho repartimiento satisfagan inmediatamente los Ayuntamientos las cantidades que respectivamente se le señalan a continuación que son iguales a las que les han correspondido en cada trimestre por arbitrio de Hospicio.

Pueblos Rs. Pueblos Rs. Pueblos Rs.
Abraveses
Aguilar de Tera
66
27
La Milla
Manganeses de la Lampreana
28
236
Santa Cristina de la Polvorosa, y el despoblado de Cervillas 174
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
112
67
161
55
59
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
200
146
87
75
31
San Croya de Tera
Santa Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
80
74
59
71
140
Benavente y los despoblados de
Cequias y Mosteruelo
784 Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
76
183
Sitrama de Tera
Tapioles
56
161
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
17
48
94
Moratones
Mozar, y el desp. de Malucanes
Olmillos de Valverde
36
44
60
Tardemezar
La Torre del Valle
Uña de Quintana
41
67
97
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
58
105
58
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
23
67
35
Valdescorriel, y los despoblados
de Palazuelo de los Conejos
y Santa Marta
105
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castro-Gonzalo
60
24
41
24
70
157
16
252
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz
Quiruelas de Vidríales
19
167
86
26
51
43
51
86
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
11
35
16
47
77
84
79
94
Castro-Pepe
Castroverde de Campos
21
391
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
56
60
Villafáfila, y el despoblado de Salinas 405
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
300
60
27
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
67
117
87
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
86
37
144
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
48
137
Rosinos de Vidríales
San Agustín
53
75
Villamayor de Campos y su barrio 403
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
121
94
67
59
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
236
114
32
137
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
308
805
48
12
Fuentes de Ropel, y desp. de Morales de las Cuevas, Rubiales y Piquillos. 268 San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
22
163
Villanueva del Campo y el despoblado de Villafrontín 537
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalba de Vidríales
Junquera
127
106
30
44
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
172
67
81
36
63
Villaobispo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín
Villaveza del Agua
32
94
86
305
71
Suma. . . . . 12.690

Zamora 18 de Junio de 1845. - Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 junio 24

Diputación Provincial - Sección de Gobierno

No habiendo aun remitido muchos Ayuntamientos los extractos de población que se reclamaron por la circular inserta en el Boletín oficial del Sábado 21 de Junio anterior, se previene a los pueblos que no lo han verificado y se expresan a continuación, [incluido el ayuntamiento de San Esteban del Molar] que de no hacerlo así para el día 12 actual, se les exigirá irremisiblemente la multa de 20 ducados con que quedan conminados, sin perjuicio de las demás providencias a que haya lugar.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 julio 8

Artículo de Oficio - Gobierno Político

No habiendo aun cumplido los Alcaldes de los pueblos de esta Provincia, [incluido el ayuntamiento de San Esteban del Molar] con dar el parte de haber fijado al público las listas de electores y elegibles para la próxima renovación de Ayuntamientos según les tengo prevenidos en mi circular núm. 337, inserta en el Boletín oficial núm. 63, se hace preciso que lo verifiquen inmediatamente, en la inteligencia de que es para el día 8 de Septiembre próximo a más tardar, no se ha recibido en este Gobierno político el aviso de haberse fijado al público dichas listas, saldrá enseguida a recogerlo un comisionado a costa de los Alcaldes morosos, además de las medidas de rigor que se adopten contra ellos por su apatía y poco celo en cumplir con las disposiciones superiores. Zamora 29 de Agosto de 1845. - E.G.P., Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 agosto 30

Diputación Provincial - Sección de Contabilidad - Repartimientos Generales

En conformidad a lo dispuesto en el artículo 113 de Real decreto de 23 de Mayo último, publicado en 15 de Junio siguiente, ha tenido a bien la Excma. Diputación provincial formar y aprobar en Sesión del dio 25 de este mes el siguiente repartimiento entre todos los pueblos de esta provincia de los 4.173,000 rs., que han correspondido a la misma en la contribución directa de 300 millones de rs., impuesta por la ley de presupuestos de este año, sobre el producto liquido de los bienes inmuebles, del cultivo y ganadería, advirtiendo a los Ayuntamientos de los mismos, que al proceder a formar el suyo respectivo entre sus vecinos, lo hagan de sola la cantidad que marca la última casilla, que es la mitad del cupo anual que deberán satisfacer por el segundo semestre de este año con arreglo a lo dispuesto en el Real decreto de 26 de Julio próximo pasado.

Extracto - Partido de Benavente
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
7.767
17.599
12.298
2.220
10.113
3.883
8.799
6.149
1.110
5.056
-
-
-
-
17

Boletín Oficial de Zamora: 1845 septiembre 2

Sección de Contabilidad - Repartimientos Generales

Discutido y votado por esta Diputación en sesión de 27 de Agosto próximo pasado el presupuesto provincial que en conformidad al artículo 60 de la ley de 8 de Enero último, ha formado el Sr. Jefe superior político de esta provincia, tuvo a bien S.E. acordar en sesión del mismo día, se procediese a hacer el siguiente repartimiento de la cantidad que corresponda pagar a cada pueblo tanto para obras de carretera, como para los demás gastos provinciales.

Extracto - Partido de Benavente Cupo para obras de la carretera de Vigo Cupo para los demás gastos provinciales
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
166
803
391
131
569
195
946
461
155
650

Boletín Oficial de Zamora: 1845 septiembre 16

Avisos

El Alcalde de San Esteban del Molar tiene depositado un pollino negro, de cinco años de edad; la persona que se crea con derecho a él se presentara a dicho alcalde.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 octubre 25

Administración de Contribuciones Directas de la Provincia de Zamora

Repartimiento que forma la misma de 324.566 rs., 17 mrs., mitad que corresponde pagar a los pueblos de esta provincia por la contribución de Culto y Clero, perteneciente al primer semestre del presente año por solo la parte territorial, con arreglo a lo prevenido por la Dirección general de Contribuciones Directas en 21 del actual, comunicada por el Sr, Intendente en 23 del mismo.

Extracto - Partido de Benavente
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
530
1340
865
176
754
-
17
-
-
-

Zamora 27 de Octubre de 1845 - Antonio Estévez.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 noviembre 1

Gobierno Político

Continúan los descubiertos en que se hallan los pueblos por la suscripción al Boletín oficial.

Extracto - Partido de Benavente 1843 1844 1845
1. º trimestre 2. º trimestre 3. º trimestre
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
17 22
17 22
17 22
17 22
17 22
18 12
18 12
18 12
18 12
18 12
19 2
19 2
19 2
19 2
19 2

Boletín Oficial de Zamora: 1845 noviembre 29

Administración de Contribuciones Indirectas de la Provincia de Zamora

La Comisión establecida por el artículo 154 del Real decreto de 23 de Mayo último, con vista de los expedientes instruidos por esta Administración, y en uso de sus atribuciones, ha fijado por encabezamientos de consumos a los pueblos de la provincia las cantidades siguientes.

Extracto - Partido de Benavente
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
1.600
9.550
4.000
1.100
4.000

Zamora 19 de Diciembre de 1845 - V.º B.º Valladares. - Genaro Bugallo y Llovera.

Boletín Oficial de Zamora: 1845 diciembre 27

1846

1846 Comienza la Segunda Guerra Carlista 1846-1848

Gobierno Político - Sección de Gobierno

A pesar de lo prevenido en el artículo 25 del Reglamento de 16 de Setiembre, y de la circular de 4 del próximo pasado, inserta en el número 79 de este Boletín, correspondiente al día 6 del mismo mes , son muy pocos los Alcaldes que han remitido a este Gobierno político las copias de las listas de electores y elegibles definitivamente rectificadas: documentos indispensables para redactar los registros números 11 y 12, cuya remisión al Gobierno de S.M. con sujeción al artículo 118 del expresado Reglamento, debe verificarse antes del día 15 del próximo Febrero; y como que para poder yo desempeñar este servicio con la urgencia con que me está prevenido, sea de absoluta necesidad el que las listas de todos los pueblos de la provincia se encuentren en este Gobierno político antes del día 10 del mismo mes; he acordado excitar por última vez a los Alcaldes de los pueblas comprendidos en la adjunta lista, previniéndoles que si antes del referido día no remiten las listas de electores y elegibles de sus respectivos pueblos, arregladas estrictamente a los artículos de la ley y modelo ya citados, despacharé comisionados que a costa de les morosos exijan dichos documentos y además la multa de diez ducados con que desde ahora quedan conminados. En igual pena incurrirán los Alcaldes de aquellos pueblos a quienes se han remitido las listas presentadas para que las rectifiquen si en el plazo designado no las devuelven con las correcciones prevenidas en los respectivos decretos. Zamora 28 de Enero de 1846 - E.G.P.I.: Faustino Arribas

En la nota de los pueblos cuyos Alcaldes no han remitido a este gobierno político las copias de las listas de electores y elegibles y dé los que no han devuelto las que se les dirigieron para corregir los defectos que en las mismas se han advertido, se encuentra San Esteban del Molar.

Boletín Oficial de Zamora: 1846 enero 31

Intendencia de la Provincia de Zamora

Repartimiento hecho por la Intendencia de Rentas de esta provincia y aprobado por S.E. la Diputación de la misma de 1.752,450 rs, que les corresponde satisfacer a los pueblos de la misma por la Contribución territorial por el primer semestre de este año de 1846.

Extracto - Partido de Benavente
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
3.284
7.443
5.202
939
4.278

Boletín Oficial de Zamora: 1846 marzo 28

Artículo de Oficio - Gobierno Político
División de las provincias en Distritos Electorales

Su Majestad la Reina (Q.D.G.) se ha servido aprobar por decreto de 24 del actual la, división de esta provincia en Distritos Electorales para nombramiento de Diputados a Cortes.

Tercer Distrito - Cabeza de distrito Benavente

Ayuntamientos Almas Ayuntamientos Almas Ayuntamientos Almas
Aguilar de Tera
Arcos de la Polvorosa
Barcial del Barco
Benavente
Bretó
Brime de Urz
Cañizo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cotanes
Cunquilla de Vidríales
Fontanillas de Castro
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Maire de Castroponce
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Micereces
94
158
222
2624
173
132
471
790
64
1310
871
141
435
390
147
128
217
1097
473
258
780
665
326
109
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Mozar
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Román del Valle
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
Santa Cristina de la Polvorosa
222
540
98
109
61
530
97
190
194
136
330
194
374
266
125
599
292
411
33
573
173
137
158
562
Santovenia
Tapioles
Torre del Valle
Valdescorriel
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
368
511
211
336
100
61
234
258
217
243
1233
291
454
1005
2663
1389
109
35
2087
266
266
910
173

Suma. . . . . 31.899

Boletín Oficial de Zamora: 1846 julio 2
El Pensamiento de la nación: 1846 septiembre 16

Gobierno Político- Sección de Contabilidad

Discutido y votado por la Excma. Diputación en sesión de 20 de Marzo último el presupuesto provincial de gastos e ingresos para el presente año y aprobado por Real orden de 29 del próximo pasado; S.E. acordó en 18 del actual se procediese a formar entre los pueblos de la provincia el siguiente repartimiento de rs., vn., 390,306 rs., y 18 mrs., que resultan del déficit para cubrir los gastos del dicho presupuesto, el cual se insertara en uno de los próximos números de este Boletín.

Extracto - Partido de Benavente Cupos
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
302
1.462
713
239
1.005

Al propio tiempo acordó S.E. se prevenga a los Ayuntamientos:
1.º Que los cupos que respectivamente se designan a cada pueblo se repartan sobre las utilidades que se calculen, tanto a sus vecinos como a los hacendados forasteros, ya provengan del territorio, de la ganadería, de la industria o cualquier otro concepto.
2.º Que el importe total de cada cupo se haya de satisfacer en la Depositaria de este Gobierno político en dos plazos por iguales partes; el primero vencerá antes del 15 de Agosto, el segundo en primero de Octubre.
Consiguiente a lo acordado por S.E., he resuelto prevenir a los Alcaldes y Ayuntamientos procedan inmediatamente a repartir las cantidades que se señalan a sus respectivos pueblos, verificando el pago de cada mitad en los plazos que se les designan; en inteligencia que, encontrándose absolutamente exhausta de fondos la Depositaria de este Gobierno político, y no siendo posible diferir el pago de las obligaciones que han de satisfacerse por los fondos provinciales, especialmente las perentorias de la Casa Hospicio de esta Capital, tan pronto como expiren los términos señalados para el pago de cada plazo, me veré en la necesidad de pedir al Sr. Intendente comisiones de apremio contra los morosos, a cuya medida espero no darán lugar los Ayuntamientos,
Tanto más cuanto que son de poca importancia las cantidades que han de satisfacerse en cada plazo, y aun el cupo total que corresponde a cada pueblo es una tercera parte menos que el señalado en el año próximo pasado.
Zamora 26 de Julio de 1846. - Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1846 julio 28

Artículo de Oficio - Intendencia

La Excelentísima Diputación provincial con fecha de ayer me dice lo siguiente:
Se ha ocupado esta Diputación en sus sesiones de 18, 22 y 23 del actual de rectificar el repartimiento de 1.739,000 rs., señalados a esta provincia por su cupo en la contribución directa sobre los productos líquidos de los bienes inmuebles y del cultivo y ganadería, respectivo al segundo semestre de este año, remitido por V.S. adjunto a su comunicación de 14 del actual.
Para esta operación ha tenido S.E. a la vista varios expedientes instruidos en la Secretaría del Gobierno político en consecuencia de quejas, y reclamaciones de rebaja solicitada por algunos Ayuntamientos. Estas han producido algunas rectificaciones en los cupos de varios pueblos; pero las diferencias se han cargado a otros que a juicio de la Corporación estaban notoriamente aliviados.
Pero las modificaciones más importantes que se han ejecutado en el repartimiento, proceden de las rebajas acordadas a los pueblos del Perdigón., Fermoselle, Entrala, Morales del Vino, Tardobispo, Carbellino y Almeida, en virtud de los expedientes instruidos en el Gobierno político, de los cuales aparecen comprobadas las pérdidas que respectivamente han sufrido sus mieses y frutos a consecuencia de la tempestad de piedra y granizo que descargó en sus términos en los últimos días del mes de Mayo. La Diputación acordó rebajar a los dos primeros una tercera parte de los cupos que les correspondían en este semestre, una quinta parte al tercero y al cuarto, una sesta parte a Tardobispo, una octava parte a Carbellino, y una décima parte a Almeida; y que la suma total de las rebajas, importantes 22,161 rs., se repartieran proporcionalmente entre los demás pueblos de la provincia.
Ejecutado así y aprobado el repartimiento por S.E. en sesión de 29 del actual, adjunto lo dirijo a V.S., para los efectos consiguientes. Dios guarde a V.S. muchos años. Zamora 30 de Julio de 1846. - El Presidente: Valentín de los Ríos.

Repartimiento entre los pueblos de esta provincia de rs. vn. 1.739,000 rs, señalados a la misma por su cupo en la contribución directa sobre los productos líquidos dé los bienes inmuebles y del cultivo y ganadería, respectivo al segundo semestre de este año formado por la Administración de Contribuciones directas y rectificado y aprobado por la Diputación en sesiones de 18, 22 y 23 del actual.

Extracto - Partido de Benavente Cupos
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
3.278
7.480
5.223
937
4.299

Boletín Oficial de Zamora: 1846 agosto 1

Diputación Provincial - Sección de Contabilidad

Si antes del día veinte del corriente los Alcaldes de los pueblos comprendidos en la nota que se inserta a continuación no hubieran satisfecho en la Depositaria de este Gobierno político la mitad del cupo que se les ha señalado en el repartimiento de gastos provinciales, publicado en el Boletín oficial núm. 60 correspondiente al día 28 de Julio último, sufrirán inevitablemente los rigores de las comisiones de apremio que pediré al Sr. Intendente contra los que se encuentran en descubierto.
Zamora 4 de Septiembre de 1846. - Valentín de los Ríos.

Extracto - Nota de los pueblos que no han satisfecho la mitad de los cupos que se le han señalado en el repartimiento de gastos provinciales de este año, con expresión de las cantidades que adeudan hasta el 15 del próximo pasado.

Extracto - Partido de Benavente
[…] San Agustín
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Miguel del Esla
[…]
151
356
119
44
-
17
17
17

Boletín Oficial de Zamora: 1846 septiembre 5

Gobierno Político - Sábado 3 de Octubre de 1846

Teniendo en consideración la indispensable necesidad de fondos para cubrir las obligaciones carcelarias, por no haberse recibido aún cantidad alguna del Tesoro público con dicho objeto, y confiado en que la superioridad facilitaría en cuanto le fuese posible los precisos para reintegrar los anticipos que hicieran los pueblos por el referido concepto, se han publicado en diferentes Boletines, después de haber merecido mi aprobación, los repartimientos ejecutados para satisfacer el importe de los socorros de presos pobres y más gastos carcelarios correspondientes a los meses de Marzo, Abril, Mayo y Junio, en los partidos de Alcañices, Bermillo de Sayago, Fuentesaúco y la Puebla de Sanabria; los devengados hasta 24 de Julio último en el de esta capital, y hasta fin de Diciembre próximo en el de Toro. En este estado, han recurrido a mi autoridad los Alcaldes de varios pueblos cabezas de partido, exponiendo el conflicto en que se hallan por falta de recursos para atender a obligaciones tan preferentes; y conociendo por una parte la justicia dé sus reclamaciones, y por otra, la necesidad de arreglar este servicio de un modo uniforme, y que economice trabajos, no solo a esta Jefatura, sino también, y muy particularmente a los pueblos, he acordado se inserten en dicho Periódico oficial los repartimientos de las cantidades que se han considerado necesarias en los respectivos partidos, excepto en el de Toro que ya está publicado en el núm. 63, y son en esta forma: Alcañices, Bermillo de Sayago, Fuentesaúco y Puebla de Sanabria, por importe de los socorros y gastos; dé los seis últimos meses del presente año, a contar desde primero de Julio hasta 31 de Diciembre, Benavente, por las obligaciones devengadas y que se devenguen en aquella cárcel en los diez meses del año corriente que dieron principio en primero de Marzo y concluirán en fin de Diciembre; y Zamora, por importe de las atenciones carcelarias de los días meses a empezar en 25 de Julio próximo pasado y finalizar en 21 de Diciembre inmediato.

Los Alcaldes de los pueblos respectivos dispondrán lo conveniente, bajo su responsabilidad, para que las sumas con que cada uno debe contribuir sean efectivas y entregadas a los de las cabezas de partido en plazos muy breves por exigirlo así la clase de los gastos de que queda hecho mérito: y si el Gobierno de S.M. acuerda el reintegro de las cantidades comprendidas en los repartimientos referidos, según tengo solicitado, se procederá a realizarlo tan luego como se reciban fondos para ello.

Partido judicial de Benavente

Ayuntamientos Ayuntamientos Ayuntamientos
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalva de Vidríales
27
24,26
151
41,20
207
62,28
58,8
688,24
15,28
35,24
45
48,8
74
34,28
45
20,12
30,12
27
53,8
123,4
13,20
207
17
343,8
228,4
37,4
53,8
38,8
114,4
116,12
57,4
50,18
287,14
124,4
67,8
29,4
Junquera
La Milla
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Moratones
Mozar
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
17
29,4
187,24
158,20
85,8
67,12
34,28
29,4
58,12
142,4
29,4
26
56
23,18
17
29,4
16,28
138,26
78,14
43,26
26
36
86,8
50,16
98,18
69,16
48,8
32,20
156,22
76,6
26
107,16
10,8
150
156,22
36
San Román del Valle
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
Santa Cristina la Polvorosa
Santa Croya de Tera
Santa Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villaobispo
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
44,30
36
41,18
147,24
69,16
46
31,10
67,8
96,10
32,20
134,10
36
53,6
129,28
88,16
17
26
15,28
21,14
61,22
67,8
57,10
63,30
323,6
76,6
35
118,22
264
28,2
9,4
547,28
21,14
69,16
238,8
44,30
Suma. . . . . 9.214

Boletín Oficial de Zamora: 1846 octubre 3

Gobierno Político

A pesar de lo prevenido en la circular de 5 del próximo pasado inserta en el núm. 71 de este Periódico, son muy pocos los Ayuntamientos que han satisfecho los descubiertos designados en aquella; así es que, siendo escasos e insuficientes los ingresos que se han realizado para cubrir las perentorias atenciones que pesan sobre la Depositaría de este Gobierno político, me encuentro en grave apuro para ver de atender a las continuas reclamaciones que se me dirigen por los acreedores a los fondos provinciales.
A fin de salvar este conflicto, y vista la indiferencia de los Ayuntamientos de los pueblos comprendidos en la adjunta nota de débitos, he acordado prevenirles por última vez que, si para el día 25 del corriente no hubiesen entregado en la Depositaría las cantidades que respectivamente se les designan , al día siguiente se remitirán indefectiblemente a la Intendencia de la provincialas notas de descubiertos para que proceda a exigirlas por medio de apremio y ejecución; en inteligencia que, una vez despachados estos no accederé, por más que me sea sensible, a que se retire ningún comisionado, hasta que estén completamente realizados los débitos; pues la experiencia me ha hecho conocer que, cuando una vez consiguen que los comisionados se retiren, descuidan absolutamente el pago de los descubiertos. Zamora 14 de Octubre de 1846 - Valentín de los Ríos.

Nota de los pueblos que se encuentran en descubierto en el pago de la primera mitad del cupo que les ha correspondido en el repartimiento provincial de gastos del presupuesto de este año.

Partido de Benavente

Ayuntamientos Ayuntamientos Ayuntamientos
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Brime de Sog
Brime de Urz
Calzada de Tera
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castropepe
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
127,17
114,17
704,17
192,17
46
291,17
3.204,17
73
166,17
210,17
343,17
161,17
143
257,17
575
65
78
172
257,17
179,17
530,17
476
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Granucillo
Grijalva de Vidríales
Junquera
La Milla
Manganeses de la Lampreana
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Olleros de Tera
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Rosinos de Vidríales
San Agustín
541
265,17
234
315
132,17
78
132,17
952
96
161,17
270,17
660,17
106,17
648
364
205,17
45
166,17
183
237
224
151
San Esteban del Molar
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
Santa Colomba de las Carabias
Santa Colomba de las Monjas
Santa Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Sitrama de Tera
Torre del Valle
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villageriz
Villalpando
Villanueva de Azoague
356,17
41,17
699,17
731,17
166,17
166,17
192,17
216
91
151
257,17
78
119,17
75,17
286
314,17
265,17
296,17
169
3.251,17
44

Boletín Oficial de Zamora: 1846 octubre 17

Elecciones de Diputados a Cortes

Tercer Distrito de Benavente - No se divide en secciones
Local en que la elección deberá verificarse = El Convento de San Francisco

Pueblos de que se compone
el Distrito
N. º de Elect. N.º de Almas Pueblos de que se compone
el Distrito
N. º Elect. N.º de Almas Pueblos de que se compone
el Distrito
N. º Elect. N.º de Almas
Aguilar de Tera
Arcos de la Polvorosa
Barcial del Barco
Benavente
Bretó
Brime de Urz
Cañizo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cotanes
Cunquilla de Vidríales
Fontanillas de Castro
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Maire de Castroponce
Manganeses la Lampreana
Manganeses la Polvorosa
Matilla de Arzon
Micereces
2
-
2
42
7
-
2
5
-
21
3
2
7
2
1
-
4
11
2
2
1
2
-
4
94
158
222
2.624
173
132
471
790
64
1.310
871
141
435
390
147
128
217
1.037
473
258
780
665
326
109
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Mozar
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina de Polvorosa
-
10
-
2
-
7
-
-
-
-
2
-
3
2
2
6
6
2
2
16
-
-
-
6
222
540
98
109
61
530
97
190
194
136
130
194
374
266
125
599
292
411
33
573
173
137
158
562
Santovenia
Tapioles
Torre del Valle
Valdescorriel
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
5
5
1
-
3
-
6
2
2
6
14
-
6
24
19
15
-
1
23
-
2
7
3
368
511
211
336
100
61
234
258
217
243
1.233
291
454
1.005
2.663
1.389
109
35
2.087
266
266
910
173
Totales . . . . . 332 31.899

Boletín Oficial de Zamora: 1846 diciembre 1

Intendencia de la Provincia de Zamora

Repartimiento Contribuciones Directas, entre los pueblos de la provincia que han sido impuestos por la Contribución Territorial para el año próximo de 1847, con más el 4 por 100 de recaudación y cobranza y otro 4 por 100 por razón del mínimum del supletorio, a saber.

Pueblos Cupo anual Recargo por repartimiento y cobranza Recargo como mínimum del supletorio
San Esteban del Molar 10.280 411 7 116 14

Boletín Oficial de Zamora: 1846 diciembre 26

1847

Madoz, Pascual, 1806-1870

San Esteban del Molar con Ayuntamiento en la provincia de Zamora (9 leguas) partido judicial de Benavente (2 y 1/2), diócesis de León (13 leguas) audiencia territorial y capitanía general de Valladolid. Situado en un llano con algún declive hacia el Oeste; su clima es templado y sano, pues no padecen más enfermedades comunes que las estacionales. Tiene 70 casas, la consistorial, en que esta la cárcel y escuela de primeras letras, dotada con 600 reales y 5 cargas de trigo que dan además los 50 niños de ambos sexos que la frecuentan; Iglesia parroquial San Esteban, servida por un cura de ingreso y presentación del marques de Astorga; una capellanía de patronato particular, con cargo de misas y sin residencia, y buenas aguas potables. Confina el termino N. Fuentes de Ropel; E. Villalobos; S. Tapioles, y O. Castropepe. En él se encuentra el despoblado de Villanueva la Seca. El terreno es de mediana calidad. Los caminos locales y malos particularmente en tiempo lluvioso; recibe la correspondencia en Benavente cada interesado de por sí. Produce trigo, morcajo, centeno, cebada, vino y legumbres, cría ganado lanar y caza de liebres y perdices. Población 68 vecinos, 274 almas. Capital produce 135.960 reales, impuestos 18.878, contribución 6.700 reales 25 maravedíes. El presupuesto municipal asciende a 3.925 reales, cubierto por reparto entre los vecinos.

Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar.
Tomo 7 [CORDOBELAS-EZTERRIPA] / por Pascual Madoz 1847

Administración General de Correos

Memoria razonada y estadística de la Administración General de Correos; desde 14 de agosto de 1843, en que se encargó de su dirección Don Javier de Quinto, hasta enero de 1847, presentada por el mismo al Excmo. Señor Ministro de la Gobernación del Reino.

San Esteban del Molar - Maestro de postas; Domingo González, número de caballerías 12, numero de postillones 3.

España-Dirección General de Correos - Libro - 1847

Gobierno Político

A pesar de haberse excitado y aun conminado con apremios a los Ayuntamientos de la provincia por medio de tres circulares publicadas en los boletines oficiales del año próximo pasado, a que satisficieran en la depositaria de este Gobierno político sus débitos por repartimientos de gastos provinciales, todavía se adeudan la enorme suma de 166,962 rs. 17 ms. por los pueblos comprendidos en la nota de descubiertos que se inserta a continuación.
Hoy se encuentra la Depositaria sin fondos para atender tanto a las obligaciones vencidas en el año próximo pasado, cuyo pago reclaman incesantemente los acreedores, como a las que se contraigan en el presenta mes, y entre unas y otras figuran algunas que no es posible diferir.
En tal estado, puesto que no han producido efecto alguno las excitaciones antes de ahora dirigidas a los deudores, no puedo menos de adoptar medidas de rigor, a fin de realizar en el término más breve todos los débitos pendientes hasta el día. Pero antes que así se verifique he acordado conceder, como último é improrrogable plazo, todo lo que resta del presente mes; en inteligencia de que los ayuntamientos que en éste término no satisfagan sus adeudos, sufrirán; los rigores de la ejecución que se despachará por el Sr. Intendente de esta provincia desde primero de Marzo próximo.
Zamora 19 de Febrero de 1847 - Valentín de los Ríos.

San Esteban del Molar, entre los pueblos que se hallan en descubierto de las cuotas impuestas en los repartimientos de gastos provinciales, con expresión de su débito.

Pueblos Gastos de 1845 Gastos de 1846
San Esteban del Molar 313 -

Boletín Oficial de Zamora: 1847 febrero 22

Sección de Gobierno

No habiendo cumplido los Ayuntamientos de los pueblos que a continuación se expresan con la remisión a este Gobierno político, de los presupuestos de gastos municipales correspondientes al presente año, les prevengo que inmediatamente los formen y envíen por duplicado, advirtiéndoles que no se reciben en el término de ocho días, incurrirán en la multa de ocho ducados, y además pasara un comisionado a su costa a recogerlos. Zamora 2 de Abril de 1847 - E. G.P.I. Faustino Arribas.

Partido de Benavente

Cañizo
Castropepe
Cotanes
Pobladura del Valle
San Agustín
San Esteban del Molar
Vega de Villalobos
Villalpando
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1847 abril 9

Sección de Gobierno

Repartimiento ejecutado para cubrir en el corriente año el importe de socorros a presos pobres y demás gastos carcelarios del partido judicial de Benavente, formado por los comisionados nombrados al efecto por los Alcaldes de los pueblos de aquel partido.

Pueblos Vec. Rs. Mrs. Pueblos Vec. Rs. Mrs. Pueblos Vec. Rs. Mrs.
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla
Arcos
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Burganes
Cabañas
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de C.
Cerecinos de Campos
Colinas
Congosta
Cunquilla
Coomonte
Cubo de Benavente
Fresno
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalva de Vidríales
24
22
135
37
185
56
52
616
14
32
40
43
66
31
40
18
27
24
49
110
12
185
15
307
204
33
49
34
102
104
51
45
257
111
60
25
26
24
152
41
207
62
58
690
15
35
44
48
73
34
44
20
30
26
54
124
13
207
16
326
229
37
54
38
114
116
57
50
288
125
67
28
32
26
-
16
30
24
8
20
26
30
28
6
30
26
28
8
10
28
30
2
18
30
30
8
4
-
30
4
14
4
4
14
12
6
6
2
Junquera
La Milla
Mang. de la Lampreana
Mang. de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Moratones
Mozar
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de E.
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Vald.
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
15
25
138
156
76
60
31
25
52
127
25
23
50
20
15
25
14
124
70
39
23
32
77
45
88
62
43
29
140
68
23
96
8
134
140
32
16
28
205
175
85
67
34
28
58
143
28
25
56
22
16
28
15
138
78
43
25
35
86
50
98
69
48
32
157
76
25
107
9
149
157
35
30
2
22
16
2
6
26
2
8
2
2
28
-
16
30
2
26
24
12
24
28
30
6
14
16
14
6
18
20
4
28
14
2
30
28
30
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Sta. Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villaobispo
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
40
32
37
132
62
41
28
60
86
29
120
32
49
116
79
15
23
14
19
55
60
51
57
289
68
32
106
236
25
8
490
19
62
213
40
44
35
41
147
69
45
31
67
96
32
134
35
54
129
88
16
25
15
21
61
67
57
63
324
76
35
118
264
28
9
549
21
69
239
44
28
30
16
22
14
32
14
6
8
18
8
30
30
26
14
30
28
26
12
20
6
4
28
4
4
30
20
30
2
2
26
12
14
6
28
Suma . . . . . . . 9.218 22

Lo que he dispuesto se inserte en el Boletín oficial de esta provincia a fin de que llegue a conocimiento de los Ayuntamientos de los pueblos del citado partido de Benavente comprendidos en el reparto que antecede, previniendo a los mismos procedan bajo su más estrecha responsabilidad al pago de las cantidades que respectivamente se les señala.
Zamora 16 de Abril de 1847. - Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1847 abril 21

Providencia Judicial
Capellanía colativa, de la Asunción

En virtud de providencia judicial refrendada por el escribano cartulario D. Vicente Blanco de Lamadrid, en el número y juzgado de primera instancia de Valencia de don Juan, provincia de León, se cita, llama y emplaza a todas las personas y corporaciones que se consideren con derecho a la capellanía colativa, titulada de la Asunción, que fundo D. Cristóbal de Cartagena en la parroquial de Santa María de Azoague de Benavente, y sus bienes radican en Villafer, para que en el término de 30 días, contados desde la inserción de este anuncio en la Gaceta de Madrid, acudan a usar de el en dicho juzgado y escribanía por medio del procurador legitimado en forma, parándoles en otro caso todo perjuicio, pues así está mandado en vista de la petición del licenciado D. Eulogio Eraso de Cartagena, vecino de Saldaña, pidiendo la adjudicación en propiedad de los bienes de dicha capellanía, mediante corresponderle por el derecho de patronato activo familiar, según la ley vigente, y la disfruta en la actualidad D. Abdón Iglesias, natural de San Esteban del Molar.

Gaceta de Madrid: 1847 abril 25

Artículo de Oficio - Gobierno Político - Sección de Contabilidad

En circular de este Gobierno político número 297 inserta en el Boletín oficial del 5 de Abril último, se previno que los Alcaldes de los pueblos de esta provincia remitieran cada tres meses a la Comisaria del respectivo distrito una relación de los documentos de Protección y Seguridad Publica; expendidos durante el mismo periodo, y satisfacieran su importe. Ha sido, sin embargo de esta prevención, tan escaso el número de Alcaldes que han llenado este deber respecto al primer trimestre de este año, que no llegan a ochenta los que, han satisfecho el valor de la expendición verificada en dicho plazo; experimentándose por consecuencia de este punible retraso, o más bien abierta desobediencia a las reiteradas circulares de este Gobierno político, tan notable baja en los productos de documentos de P. y S.P., que los ingresos verificados en los tres primeros meses de este año no representan siquiera la mitad de los verdaderos productos de papel vendido por los Alcaldes.
Como que de continuar tan desatendido este servicio, no será posible cubrir las urgentes atenciones que pesan sobre esta renta en la provincia de mi cargo, creo llegado el caso de dictar medidas de rigor contra los Alcaldes morosos, ya que hasta ahora han sido ineficaces las excitaciones que se les han dirigido. Pero antes de adoptar este partido, he acordado señalar todo lo que resta del corriente mes y nueve primeros días del siguiente como plazo improrrogable para que todos los Alcaldes de los pueblos que comprende la nota que a continuación se, inserta, cumplan con lo prevenido así en la referida circular como en la de 8 de Junio del año próximo pasado inserta en el número 50 de este periódico; en inteligencia que transcurrido este plazo, los que no hayan remitido a las Comisarías las relaciones de documentos expendidos en el primer trimestre de este año y satisfecho el total importe que estas arrojen, incurrirán en la multa de cuatro ducados y además se despacharán comisionados de apremio que a costa de los morosos exijan las referidas relaciones, el importe de los documentos y el de las multas en que hayan incurrido, sin perjuicio de que, si llegara a presumirse que los Alcaldes ocultan en las relaciones el verdadero número de documentos expendidos, dispondré se practiquen visitas en la forma que previenen los artículos 54 y siguientes de la Instrucción de 8 de Febrero del año próximo pasado, y se impondrán a los ocultadores y defraudadores las penas que en los mismos se designan. Zamora 24 de Mayo de 1847. - José María Bremon.

Nota de los pueblos cuyos Alcaldes no han remitido a las respectivas Comisarías de distrito las relaciones de documentos de P. y S.P., expendidos en el primer trimestre de este año, ni satisfecho el importe de los mismos.
Pueblos de la Comisaria de esta Capital. -Relación de los pueblos, cuyos Alcaldes se hallan en descubierto por documentos del ramo de Protección y Seguridad Publica; a saber.

En el Partido de Benavente

Arcos de la Polvorosa
Alcubilla
Abraveses
Aguilar
Barcial
Bretó
Bretocino
Burganes
Brime de Urz
Brime de Sog.
Coomonte
Castroverde
Cotanes
Cañizo
Calzadilla
Colinas
Camarzana
Cubo
Cabañas
Congosta
Fuentes de Ropel
Granucillo
Junquera
La Pueblica
Milles
Manganeses de la Polvorosa
Maire
Matilla
Mozar
Micereces
Olleros
Otero Bodas
Pobladura
Pumarejo
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz
Redelga
Revellinos
Rosinos
Sta. Cristina
San Cristóbal
San Esteban
San Martin de Valderaduey
San Agustín
Santibáñez de Tera
Sitrama
Santa Marta
San Juanico
San Miguel del Esla
Santa Croya
Santibáñez de Vidríales
San Pedro de Ceque
Verdenosa
Villafáfila
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Villalobos
Villalba
Villárdiga
Val de Santa María
Vega de Tera
Uña de Quintana

Boletín Oficial de Zamora: 1847 mayo 28

Artículo de Oficio - Gobierno Político

En circular de 31 de Marzo último inserta con el núm. 314 en el Boletín oficial del viernes 9 de Abril núm. 43, se previno a todos los Alcaldes constitucionales de la provincia que a la mayor brevedad remitiesen a este Gobierno político por triplicado estados que manifestasen el número de presas y acequias de riego, fábricas de harina y molinos que hubiese, en cada pueblo arreglados a los modelos que se publicaron a continuación de la expresada circular. Los Alcaldes de los pueblos que se manifiestan a continuación, no han cumplido con este deber a pesar del tiempo que ha transcurrido, dando con ello lugar al notable retraso que se advierte en su cumplimiento por tanto he acordado provenirles que en el término de 10 días remitan las expresadas noticias, o respuesta negativa, en inteligencia de que se exigirá la multa de dos ducados al que no lo verifique; sin perjuicio de proceder a lo demás que haya lugar. Zamora 21 de Junio de 1847. = José María Bremon.

El pueblo de San Esteban del Molar, partido de Benavente, entre los pueblos que no han cumplido con la circular de este Gobierno político de 31 de Marzo del corriente año que se cita en la anterior.

Boletín Oficial de Zamora: 1847 junio 25

Artículo de Oficio - Gobierno Político - Sección de Presupuestos

Apurados todos los fondos que han podido realizarse en la Depositaria provincial procedentes de las existencias y débitos del año próximo pasado, y no siendo posible publicar el repartimiento general del déficit que resulta para cubrir los gastos del corriente año, por no haberse aprobado todavía el presupuesto, se encuentra este Gobierno político sin recursos para llenar las más precisas obligaciones de la provincia, entre las cuales se encuentran algunas, tales como las de la casa hospicio de esta capital que absorben crecidas cantidades, cuyo pago no es posible diferir por un solo momento.
He acordado por tanto publicar el siguiente repartimiento entre los pueblos de la provincia de 288.500 rs., a buena cuenta, o sea como el primer plazo de los cupos que se les señalen en el repartimiento general que se publicara tan pronto como se reciba el presupuesto aprobado por S.M.

Pueblos Rs. vn Pueblos Rs. vn Pueblos Rs. vn
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de C.
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalva de Vidríales
Junquera
189
169
1.142
185
1.457
431
401
4.737
107
247
312
331
508
239
312
142
211
189
381
850
96
1.426
115
2.365
1.372
254
381
266
784
704
800
392
346
1.980
853
464
196
115
Mang. de la Lampreana
Mang. de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Milla (La)
Morales del Rey
Moratones
Mozar
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de E.
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Vald.
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
1.406
1.200
588
465
239
195
401
196
977
196
177
385
154
192
196
111
960
538
177
304
181
342
350
246
596
350
676
482
330
223
1.080
527
177
744
61
1.034
1.080
245
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Sta. Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villaobispo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
311
245
285
1.016
481
319
219
466
666
222
923
245
381
896
607
115
181
112
146
423
465
394
438
2.226
528
251
819
2.507
1.815
4.806
196
68
3.768
146
470
470
1.641
311
Total del Partido. . . . 72.979

Boletín Oficial de Zamora: 1847 junio 28

Artículo de Oficio - Gobierno Político

El Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación del Reino, con fecha 29 de Junio último, me comunica de Real orden lo que sigue.
«S. M. la Reina, se ha servido aprobar la división en dos secciones de cada uno de los partidos judiciales de Alcañices, Benavente y Toro, propuesta por V.S., para las elecciones de Diputados provinciales en su comunicación fecha 15 de Abril último, señalando para cabezas de distrito, además de las poblaciones referidas, las de Tábara, Cerecinos de Campos y Malva, y debiendo formarse las seis secciones con los pueblos que V.S. indica. Al propio tiempo ha tenido a bien mandar S.M. que las elecciones de Diputados provinciales por los demás partidos, se haga en las cabezas de los mismos».

División citada en la Real orden que precede, en el Partido Judicial de Benavente.

Sección de Cerecinos de Campos - La sala de sesiones del Ayuntamiento de Cerecinos de Campos, será el local en que se deberá verificarse la elección.

Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín
San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villafáfila
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos

Lo que he dispuesto insertar en el Boletín oficial para la debida publicidad advirtiendo, que debiendo nombrarse dos Diputados por los partidos judiciales de mayor población, conforme el art. tercero de la ley, siendo estos los de Benavente y Toro, procederán los distritos de sus nombres y los de Cerecinos de Campos y Malva a la elección de dos Diputados respectivamente a fin de que a su tiempo y verificado el escrutinio general, puedan proclamarse por las expresadas cabezas de partido los dos Diputados que han de nombrar; y teniéndose entendido que serán Presidentes de las Juntas de escrutinio general, los Alcaldes de las Cabezas de los partidos judiciales. Zamora 7 de Julio de 1847. Valentín de los Ríos.

Boletín Oficial de Zamora: 1847 julio 9

Gobierno Político

Señalamiento de los Concejales electores elegibles que corresponden a los respectivos pueblos cabezas de distrito municipal que se insertan a continuación y se publica en cumplimiento de lo prevenido en el artículo segundo del reglamento de 16 de Setiembre de 1845, para la ejecución de la ley de ayuntamientos.

Partido de Benavente Número de vecinos Número de electores contribuyentes Numero de tenientes de Alcalde Numero de Regidores Total de concejales incluso el Alcalde Numero de Alcaldes Pedáneos Concejales que deben renovarse
No elegibles Elegibles
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzón
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Olmillos de Valverde
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina de la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
135
37
185
117
52
616
76
40
43
66
31
67
131
110
185
307
204
33
34
102
91
104
51
45
257
111
60
185
156
76
60
31
99
52
255
90
40
32
124
95
33
53
44
45
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77
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62
43
37
140
68
96
134
140
32
40
40
37
132
62
60
86
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32
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76
86
55
51
57
289
68
32
106
326
336
625
62
35
490
62
62
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2

Boletín Oficial de Zamora: 1847 julio16

Artículo de Oficio - Gobierno Político - Sección de Presupuestos

En los artículos 107 y 108 de la ley de ayuntamientos se previene que en todo el mes de enero los alcaldes y depositarios presenten al ayuntamiento las cuentas municipales respectivas al año anterior para su examen y censura; y que enseguida se pasen al Jefe político para la aprobación de la primera, y ultimación en el Consejo provincial, de la segunda. Ha trascurrido todo el año de 1846 y casi todo el presente, y son muchos los alcaldes y ayuntamientos que no han llenado este servicio respecto a las cuentas del año de 1845; y aun muchas de las que se han presentado no están arregladas a los formularios que acompañan a la Instrucción de 20 de noviembre de dicho año. De manera que, ni es posible emprender su examen, ni redactar con sujeción a ellas los resúmenes generales que deben remitirse al Gobierno.
Impulsado por repetidas y estrechas órdenes de este a dar concluido el examen y fenecimiento de dichas cuentas en un brevísimo plazo, y debiendo dentro del mismo dirigirse a la Superioridad los resúmenes, ni puede procederse a lo primero, sin estar presentadas todas las cuentas, ni a lo segundo, sino se arreglan a los formularios a que debe someterse su redacción. Por tanto, y a fin de declinar la responsabilidad que en otro caso se me exigiría por el Gobierno de S.M., sino llenara sus deseos en el plazo que se me prefija; he acordado excitar por última vez los alcaldes de los pueblos comprendidos en la relación a que presenten en el término improrrogable de 12 días las cuentas de 1845, arregladas estrictamente a los referidos formularios, en inteligencia de que trascurrido esto plazo sin haberse recibido; despacharé comisionados a costa de los morosos para que exijan las que falten.
Como en el año de 1845 no ha sido posible establecerse la intervención de fondos municipales en la forma que marca la Instrucción precitada, la justificación del cargo en las cuentas de dicho año, se hará por medio de certificados, expedidos por el secretario de ayuntamiento, con el visto bueno del alcalde, y expresivos de las cantidades que por cada ramo hayan ingresado en la Depositaría; pues el modo de comprobar los ingresos por medio de cargaremes deberá principiar a regir precisamente desde el año de 1846 en adelante.
Al redactarse las cuentas municipales por los secretarios y depositarios, y al examinarse por los ayuntamientos deberán tenerse présentes los formularios. En estos según podrán observar, la cuenta se divide en tres partes: la primera comprende la cuenta del alcalde, según el modelo número 1.º, a la cual no acompañan recibos ni libramientos, sino que debe justificarse con el estado número 2.º, y el inventario y observaciones números 3. º, 4.º y 5.º. La segunda es la cuenta de ingresos y pagos del Depositario según el modelo número 6.º. En ella deben figurar como cargo las cantidades que han ingresado en la Depositaría, a excepción de las destinadas a satisfacer las contribuciones ordinarias sobre las fincas de propios, a cubrir los gastos provinciales y al pago del 20 por 100 sobre los productos de propios y el 5 por 100 sobre los de arbitrios, cuyas sumas deberán rebajarse del total de ingresos, según indica el modelo número 8. º, para figurar en la cuenta particular de contribuciones. En la data se comprenderán todos los pagos que se hayan ejecutado para cubrir las atenciones del presupuesto, a excepción del 20 y 5 por 100, y del cupo que haya correspondido al pueblo en el repartimiento de gastos provinciales.
Así el cargo como la data deberán comprobarse con las relaciones respectivas a cada art. De la cuenta, incluyendo en ellas los libramientos, recibos y demás documentos justificativos de los pagos. La tercera parte de la cuenta comprende la particular de contribuciones que debe rendir el Depositario según el modelo número 18. Figuran en ella como cargo las cantidades recaudadas para gastos del presupuesto provincial y las que se han deducido o rebajado en la cuenta de ingresos y pagos, para satisfacer el 20 por 100 sobre el valor de propios, el 5 por 100 sobre el de los arbitrios y los cupos señalados a las fincas de propios y comunes en la contribución de inmuebles según manifiestan los modelos números 20 y 21. En la data de esta cuenta deberán figurar las cantidades satisfechas por dichos conceptos y acompañar encarpetadas en relaciones acomodadas al modelo número 23 las cartas de pago y recibos de justificación.
En el plazo preciso de 8 días, los alcaldes de los pueblos comprendidos en la nota o relación número 2.º, deberán presentarse en la Secretaria de este Gobierno político por sí o por medio de un individuo del ayuntamiento, o de otra persona autorizada con oficio, a recoger las cuentas de 1845, que, aunque presentadas, no están arregladas a los formularios vigentes. En un plazo igual, es decir, en el de 16 días se han de devolver las cuentas, arregladas en todas sus partes a los modelos establecidos; en inteligencia de que los alcaldes que no concurran y recoger las cuentas en el término prescrito, o no las reformen y devuelvan oportunamente, se les remitirán por medio de comisionados a su costa, y se les recogerán en los mismos términos.
Habiendo ya trascurrido con notable exceso el plazo designarlo por la ley para presentar las cuentas municipales respectivas al año de 1846 habiéndose recibido más que las respectivas a Villanueva del Campo, Vezdemarbán, Donillas, Lanseros y Muelas de los Caballeros, se previene a los Alcaldes de todos los demás pueblos de la provincia, presenten las suyas exactamente arregladas a los formularios y modelos establecidos en el plazo improrrogable de un mes bajo el mismo apercibimiento indicado respecto a las cuentas de 1845.
Así estas como las de 1846, deberán redactarse por triplicado, según prescribe el artículo 111 del reglamento de 16 de setiembre de 1845. Dos ejemplares dé los cuales uno deberá ser la cuenta original con los documentos justificativos de cargo y data, y el otro una copia de la cuenta, pero sin documentos; se remitirán a este Gobierno político, y la otra copia deberá quedar en la Secretaria del ayuntamiento.
Prevengo por último así a los alcaldes, como a los demás dependientes de estas corporaciones a quienes incumbe el cumplimiento de esta circular, que, estando firmemente decidido a que las órdenes y disposiciones del Gobierno referentes a la presentación y examen de cuentas municipales tengan efecto en esta provincia dentro de los plazos en las mismas designados, desplegare el más inflexible rigor contra los que no llenen esté deber respecto a los dos años de 1845 y 1846 en los términos y forma prescritos en esta circular, en la ley de ayuntamientos y en la Instrucción de 20 de noviembre de 1845. Zamora 10 de setiembre de 1847. - Valentín de los Ríos.

Relación de los pueblos del Partido de Benavente que no han presentado las cuentas municipales correspondientes al año de 1845.

Partido de Benavente

Brime y Sog
Cabañas de Benavente
Cañizo
Castrogonzalo
Castrover de de Campos
Cerecinos de Campos
Congosta
Cotanes
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de la Polvorosa
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Prado
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Redelga
Revellinos
San Agustín
San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
Tapioles
Tardemezar
Val de Santa María
Sta. Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villafáfila
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1847 septiembre 13

Artículo de Oficio - Gobierno Político - Sección de Presupuestos

A pesar de no haber recibido todavía la aprobación del Gobierno de S. M. el presupuesto provincial de gastos e ingresos del corriente año; sin embargo la penuria de fondos en que se encuentra la Depositaria provincial y la necesidad apremiante de reunir los necesarios, a fin de llenar las atenciones consignadas en dicho presupuesto, de las cuales algunas reclaman cantidades creídas cuyo pago no es posible diferir; he determinado, previo acuerdo de la Excma. Diputación provincial, formar y publicar el repartimiento que a continuación se inserta de rs. vn. 222.729 que importa el resto del déficit que ha de derramarse entre los pueblos de la provincia con deducción de 65.000 rs., cuyo reparto acordó dicha Excma. Corporación suspender por ahora, sin perjuicio de lo que resuelva el Gobierno al aprobar el presupuesto.
Los plazos designados por S.E. a los ayuntamientos para satisfacer sus respectivos cupos, fueron el 15 del actual y el primero del próximo noviembre; pero no habiendo sido posible formar oportunamente el repartimiento, ni siéndolo ya por consecuencia que el pago del primer plazo se verifique en 15 del corriente; he acordado transferir y prorrogar este al primero de octubre próximo, sin hacer alteración en el plazo segundo. Dentro de uno y otro término espero que los ayuntamientos satisfarán sus contingentes; en inteligencia de que, siendo imperiosa la necesidad de fondos, y considerando que la estación presente es la más a propósito para los contribuyentes, no puedo permitir que los pagos se dilaten más allá de los plazos prescritos, así es que transcurridos quince días después del primer plazo e igual término del segundo, reclamare del Sr. Intendente comisiones de apremio contra los ayuntamientos morosos.
Siendo todavía considerable los débitos del repartimiento publicado en el núm. 77 del Boletín oficial correspondiente al día 28 de junio último, y aun de repartimientos anteriores; he acordado prevenir por última vez a los ayuntamientos deudores que, si en el plazo improrrogable de ocho días desde el en que esta circular se publique no satisfacen sus adeudos, se procederá ejecutivamente contra ellos sin más aviso ni excitación. Zamora 22 de Septiembre de 1847. - Valentín de los Ríos.

Repartimiento a que se refiere la anterior Circular - Partido de Benavente

Pueblos Rs. vn Pueblos Rs. vn Pueblos Rs. vn
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Cañizo
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de C.
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalva de Vidríales
Junquera
144
130
805
220
1.102
333
309
3.660
83
190
241
255
392
184
241
110
163
145
294
656
74
1.102
89
1.827
1.215
196
294
215
606
544
618
303
267
1.530
659
360
151
89
Mang. de la Lampreana
Mang. de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Milla (La)
Morales del Rey
Moratones
Mozar
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de E.
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Vald.
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
1.087
927
454
360
184
131
309
151
754
152
137
297
122
148
151
86
740
416
137
235
140
264
270
190
460
270
523
371
255
172
835
407
137
573
47
799
835
190
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Sta. Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villaobispo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
241
190
220
784
371
246
169
359
514
172
713
190
294
692
470
89
140
86
113
327
361
303
339
1.720
408
193
633
1.937
1.402
3.713
152
51
2.911
113
371
371
1.269
241
Total del Partido . . . . 56.390

Resumen General por Partidos


Reales vellón
Partido de Alcañices
Partido de Benavente
Partido de Bermillo de Sayago
Partido de Fuente Sauco
Partido de Puebla de Sanabria
Partido de Toro
Partido de Zamora
25.742
56.390
25.296
20.597
24.180
35.354
35.170
Total . . . . 222.729

Boletín Oficial de Zamora: 1847 septiembre 27

Artículo de Oficio - Gobierno Político

Habiendo interpretado D. Vicente Vallecillo, editor del Boletín oficial en los años de 1844, 45 y 46, el auxilio de mi autoridad para hacer efectivos los adeudos que expresa la lista inserta a continuación, prevengo a los deudores que pasados quince días remitiré al Sr. Intendente la nota de descubiertos para que al expedir los despachos de apremio por débitos a la Hacienda Nacional, incluya en ellos dichas cantidades; y a fin de que puedan evitar los perjuicios que dicho apremio ha de causar a los deudores, he dispuesto hacer pública esta provincia excitándoles por su propio bien al pronto pago de aquellos. Zamora 22 de septiembre de 1847. - Valentín de los Ríos.
Relación de los descubiertos en que se hallan los pueblos para la suscrición al Boletín oficial de los años de 1844, 45 y 46 en primero de Mayo actual.

Partido de Benavente 1844 1845 1846
Benavente
Castropepe
Castroverde de Campos
Cotanes
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Lampreana
Maire de Castroponce
Morales del Rey
Otero de Bodas
San Agustín
San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
Villafáfila
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villar de Fallaves
Villarrín de Campos
19
»
»
»
»
»
»
19
»
77
»
77
»
»
38
77
»
»
2
»
»
»
»
»
»
2
»
22
»
22
»
»
4
22
»
»
73
»
37
»
»
»
»
73
18
73
»
73
»
»
73
73
»
»
14
»
14
»
»
»
»
14
12
14
»
14
»
»
14
14
»
»
15
15
»
15
15
15
15
»
15
15
15
15
15
15
15
»
15
15
10
10
»
10
10
10
10
»
10
10
10
10
10
10
10
»
10
10

Boletín Oficial de Zamora: 1847 octubre 6

Artículo de Oficio - Gobierno Político de Zamora

División de los partidos de la misma en distritos municipales formados en virtud de lo prevenido en la Real orden de 25 de Enero de 1845, y aprobada por S.M., con expresión del vecindario de cada pueblo según aparece del censo de población del año de 1841, presentado a la Excma. Diputación por los individuos comisionados de su seno al efecto.

Partido de Benavente

Pueblos cabeza de distrito Pueblos que componen el distrito Número de vecinos de cada pueblo Total de vecinos del distrito
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
»
»
»
135
37
»
Ayoó Ayoó
Carracedo
Congosta
56
12
49
117
Barcial del Barco
Benavente
Barcial del Barco
Benavente
»
»
52
616
Bercianos de Vidríales Bercianos de Vidríales
Moratones
Villaobispo
32
25
19
76
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
»
»
»
»
40
43
66
31
Calzadilla de Tera Calzadilla de Tera
Olleros de Tera
Pumarejo de Tera
24
20
23
67
Camarzana Cabañas de Benavente
Camarzana
San Juanico el Nuevo
Santa María de Tera
18
49
23
41
131
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cunquilla de Vidríales
Cotanes
Cubo
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cunquilla de Vidríales
Cotanes
Cubo
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Manganeses de la Lampreana
Manganeses de Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
110
185
307
204
33
102
34
91
104
51
45
257
111
60
185
156
76
60
31
Micereces de Tera Abraveses de Tera
Aguilar de Tera
Micereces de Tera
Santibáñez de Tera
24
22
25
28
99
Milles de la Polvorosa Milles de la Polvorosa » 52
Morales del Rey Morales del Rey
Redelga
Vecilla de la Polvorosa
Verdenosa
127
45
23
60
255
Olmillos de Valverde Burganes
Olmillos de Valverde
40
50
90
Otero de Bodas Otero de Bodas
Val de Santa María
15
15
30
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
»
»
32
124
Pueblica de Valverde Bercianos de Valverde
Pueblica de Valverde
39
14
53
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
44
45
32
77
88
62
43
37
140
68
96
134
140
32
40
Santa Colomba de las Carabias San Miguel del Valle
Santa Colomba de las Carabias
8
30
38
Santa Colomba de las Monjas
Santa Cristina de la Polvorosa
Santa Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Santa Colomba de las Monjas
Santa Cristina de la Polvorosa
Santa Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
»
»
»
»
»
»
»
»
37
132
62
60
86
31
120
32
Torre del Valle (La) Paladinos del Valle
Torre del Valle (La)
14
49
63
Uña de Quintana
Valdescorriel
Uña de Quintana
Valdescorriel
»
»
116
76
Vega de Tera Calzada de Tera
Junquera
Lamilla
Vega de Tera
27
15
25
19
86
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
55
51
57
289
68
32
106
326
336
625
Villanázar Mozar y el despoblado Malucanes
Vecilla de Trasmonte
Villanázar
23
14
25
62
Villanueva de Azoague Castropepe
Villanueva de Azoague
15
20
35
Villanueva del Campo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villanueva del Agua
Villanueva del Campo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villanueva del Agua
»
»
»
»
»
490
62
62
213
40

Boletín Oficial de Zamora: 1847 octubre 29

Alcance al Artículo de Oficio

En vista de reclamación que me ha presentado el Editor del Boletín oficial del año actual, he dispuesto prevenir a los pueblos que contiene la nota inserta a continuación que si en el término de un mes no hacen efectivas las cantidades que por dicho concepto adeudan, saldrán comisionados a hacer la cobranza, y se tomaran en caso necesario medidas de mayor rigor contra los deudores. Zamora 2 de noviembre de 1847. - Valentín de los Ríos.

Partido de Benavente

Bercianos de Valverde
Cañizo
Cotanes
Fuentes de Ropel
Matilla de Arzon
Otero de Sariegos
Pumarejo de Tera
Revellinos
Riego del Camino
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
Santibáñez de Vidríales
Uña de Quintana
Villamayor de Campos
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos

Boletín Oficial de Zamora: 1847 noviembre 5

Gobierno Político

Al publicar en el núm. 77 de este Periódico oficial el primer repartimiento a cuenta del déficit de gastos provinciales del corriente año, se previno a los ayuntamientos hicieran efectivos los cupos que se le designaban antes del 10 de Julio próximo pasado en atención a la escasez de fondos en que se encontraba la Depositaria. En el segundo repartimiento inserto en el número 116 de dicho Periódico correspondiente al día 27 de Septiembre último, se encarecía a los Ayuntamientos la necesidad de realizar fondos para subvenir a las atenciones provinciales, en razón a la penuria de metálico en que se hallaba la Depositaria provincial y a lo urgente que era llenar con puntualidad ciertas obligaciones, especialmente la de la Casa hospicio de esta ciudad, para cuyo sostenimiento son necesarias crecidas cantidades, se designaron como plazos improrrogables para el pago de este repartimiento hasta los días 1. º de octubre y 1.º de actual y aun se conminó con apremios a los morosos, si dentro de los términos prefijados no satisfacían sus débitos.
Han transcurrido con exceso unos y otros plazos y no ha sido posible hacer efectivos más que 165.404 rs, de los 511.223 que importan los dos repartimientos adeudándose por consiguiente todavía la enorme suma de 345.825 rs, con más 41.823 con un mrs., que aún deben algunos Ayuntamientos por atrasos de años de 1843, 44, 45 y 46.
Tan punible abandono por parte de los Ayuntamientos ha producido los resultados que eran consiguientes, la Depositaria provincial se halla acosada de acreedores cuyas justas reclamaciones no es posible acallar. La Casa hospicio pide con reiteradas instancias fondos para subvenir a sus perentorias obligaciones y no ha sido posible proporcionárselo sino en tan pequeñas cantidades que, no bastando siquiera para llenar el coste del alimento de los espositos, la Junta se ha visto en la necesidad de contratar un empréstito para satisfacer a las nodrizas las pensiones del segundo trimestre del corriente año y aun indica la necesidad de limitar y reducir la escasa ración que constituye el alimento de los hospicianos. Agregase a esto, el que ni ha sido posible hacer oportunamente acopios de los artículos más necesarios para manutención de los espositos y surtido de fábricas ni menos plantearse las mejoras que en estas se habían proyectado. En fin la Junta municipal de Beneficencia ha hecho presente que no habiendo recibido más que 138.000 rs, a cuenta de los 325.241 a que asciende el déficit del presupuesto del Hospicio para el corriente año, apurados ya estos recursos y cuantos ha podido proporcionar bajo su crédito, el establecimiento tocara inevitablemente a su ruina si con la urgencia que su situación lamentable y apurada reclama no se le proporcionan los 187.241 rs, que aún se le adeudan.
En tal conflicto y después de haber tentado, inútilmente por desgracia los medios excitatorios no me queda ya otro camino que apelar a los de rigor para ver de realizar dentro del corriente año todos los débitos que resultan de la nota que a continuación se insertan. Pero antes de adoptar este partido, he acordado excitar por última vez a los Ayuntamientos morosos a que satisfagan sus adeudos dentro de los 11 días que restan del presente mes, en inteligencia de que, transcurrido que este sea dirigiré al Sr. Intendente la relación de descubiertos para que disponga sean apremiados ejecutiva y aun militarmente si fuere necesario, los Ayuntamientos que resultan deudores; advirtiendo que no se oirá ninguna reclamación sino se justifica por los que la hagan haber satisfecho sus respectivos débitos.
Espero que los Ayuntamientos se apresuraran a satisfacer sus contingentes antes de transcurrir el plazo que se les concede a fin de evitar las molestias, gastos y vejaciones que son consiguientes a las providencias rigurosas que habrán de adoptarse para compelerlos al pago; providencias que, por más que repugnen a mi carácter no podre menos de poner en practica puesto que las han hecho inevitables la apatía de los Ayuntamientos, la situación angustiosa de la Depositaria y la necesidad apremiante de realizar fondos para hacer frente a las atenciones provinciales. Zamora 19 de Noviembre de 1847. - Valentín de los Ríos.

Entre los descubiertos en que se encuentran los pueblos de esta provincia hasta el día 17 del actual por sus cupos en los repartimientos para gastos provinciales del corriente, se encuentra el Ayuntamiento de San Esteban del Molar con 934 rs., en débitos del año 1947.

Boletín Oficial de Zamora: 1847 noviembre 22

1848

1848 1848 Abintestato de D. Miguel del Cueto, albéitar (veterinario).

Administración de Impuestos de la provincia de Zamora.

Dividida la provincia en distritos municipales, a virtud de lo prevenido en Real orden de 25 de Enero de 1845, y en la forma que se detalló en el Boletín oficial de esta provincia del viernes 29 de octubre último, núm. 130, cumple a la Administración prevenir a los pueblos, cabezas de distrito que su Ayuntamiento es el responsable para con la Hacienda del pago de la contribución de consumos de todos los pueblos que constituyen el distrito municipal, y por tanto, ellos sufrirán los apremios si como no espero, diesen lugar a esta medida, violenta y desagradable: Que con arreglo a la ley, deben satisfacer por mensualidades dicha contribución, los pueblos o distritos, cuyos Ayuntamientos hayan arrendado, o administren los derechos de consumo en el año de 1848, y únicamente la satisfará por trimestres aquellos otros que hayan opiado por el repartimiento, o no tengan otros medios para cubrir su encabezamiento.
Tendrán presente que las mensualidades vencen el día 5 del mes a que correspondan, y son exigibles por apremio desde el 10 del mismo; y los trimestres en los días 5, en los meses de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre, y últimamente que las cantidades de cada pueblo, cabeza de distrito es responsable, se especifica en esta forma la del distrito de San Esteban del Molar:

Distrito Cupo total del distrito
[…] San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
[…]
1.100
6.400
3.622
2.600
7.500

Boletín Oficial de Zamora: 1848 enero 10

Boletín Oficial Recopilado - Lista de descubiertos

Estando recomendado por Real orden de 24 de julio de 1847, y circulando por V.S. en los Boletines oficiales, de la provincia fechas 23 de agosto núm., 93, 10 de setiembre núm. 111, y 11 de diciembre núm. 154, todas del año próximo pasado para que todos los ayuntamientos se provean de la obra titulada Boletín oficial recopilado, y apareciendo en descubierto la mayoría de los pueblos de la provincia según lo manifiesta la relación adjunta, habiendo transcurrido cuatro meses sin haber dado cumplimiento a los mandatos de la superioridad; en su consecuencia tengo el honor de ponerlo a superior conocimiento de V.S., a fin de que si lo tiene por conveniente se sirva insertar dicha relación en el Boletín oficial de la provincia para que los Ayuntamientos de los pueblos que en ella se expresan pasen a esta ciudad a recibir la mencionada obra la cual se despacha por D. Gerónimo de León, Segundo Comandante de Infantería, retirado y comisionado para expender la susodicha obra que habita calle de Balborraz, núm. 31

Partido de Benavente

Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Barcial del Barco
Benavente
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Calzadilla de Tera
Camarzana
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cotanes
Cubo
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Manganeses la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Micereces de Tera
Milles de la Polvorosa
Olmillos de Valverde
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quiruelas de Vidríales
San Agustín
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Colomba la Polvorosa
Santibáñez de Vidríales
Tapioles
Torre del Valle
Uña de Quintana
Vega de Tera
Vidayanes
Villaferrueña
Villageriz
Villalba la Lampreana
Villanázar
Villar de Fallaves
Villárdiga

He decidido hacer pública la lista por medio de este periódico a fin de que los Ayuntamientos de los pueblos comprendidos en ella acudan a recoger la obra precitada; debiendo tener presente los que comprendan en su distrito muchos pueblos, que si cualquiera de estos hubiesen recogido ya un ejemplar de aquella obra no está obligado el Ayuntamiento a donde el pueblo corresponda a tomar más, sino a conservar aquel bajo la custodia y responsabilidad del Secretario del Ayuntamiento, como los Boletines oficiales y los libros de actas. Zamora 11 de Marzo de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 marzo 15

Dirección de Administración - Montes

Habiendo dispuesto la Excma. Diputación provincial que en conformidad a lo prevenido en Real orden de 17 de Mayo de 1847, se procediese al repartimiento de los treinta y seis mil rs., a que ascienden los sueldos de los Celadores guarda-mayores de montes por los últimos seis meses de dicho año y todo el presente, en términos que cada una de las comarcas en que está dividida la provincia satisfaga la dotación de su guarda respectivo, combinando para ello el número de árboles y cabida de los montes de cada pueblo, y adoptando el término medio que resultase, se ha verificado con sujeción a estas bases según aparece a continuación en esta circular. En su consecuencia prevengo a todos los Alcaldes constitucionales de todos los pueblos comprendidos en el mismo repartimiento, remitan a la Depositaria de los fondos provinciales en todo el mes de Mayo próximo la mitad de los cupos que respectivamente les van marcados para reintegrar a los expresados fondos de los adelantos que han hecho para atender a esta obligación; debiendo satisfacer la otra mitad restante en todo el mes de Setiembre del corriente año. Zamora 25 de Abril de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Reparto de 36.000 rs., entre todos los pueblos de la provincia en proporción a la extensión del territorio de sus montes considerada en fanegas castellanas y su equivalencia de 200 árboles por cada una de ellas; para satisfacer los sueldos devengados en el año anterior y que se devenguen en el presente, por los seis guardas mayores de montes, al respecto de 4.000rs., anuales.

Partido Judicial de Benavente

Pueblos Fanegas. Rs. mrs. Pueblos Fanegas. Rs. mrs.
Abraveses
Aguilar de Tera
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Ayoó
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Valverde
Bercianos de Vidríales
Bretó
Bretocino
Brime de Sog
Brime de Urz
Burganes
Cabañas de Benavente
Calzada de Tera
Calzadilla
Camarzana
Carracedo
Castrogonzalo
Castropepe
Castroverde de C.
Cerecinos de Campos
Colinas de Trasmonte
Congosta
Cunquilla de Vidríales
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
Grijalva de Vidríales
Junquera
Lamilla
Mang. de la Lampreana
Mang. de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Micereces
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Moratones
Mozar
Olmillos de Valverde
Olleros de Tera
Otero de Bodas
Paladinos del Valle
Pobladura del Valle
2.001
1.000, 1
», 1
401
40, 1
321
3
400
200
2.200, 1
801
768
100, 1
1.100
768
1.300
700
6, 8
60
5
»
2.400
», 1
142
70
130
127
8
700
», 1
3.000
2
800, 1
140
468
133
480
», 1
163
2
61
1.002
1.801
100
2.003
200, 1
132
400
1.000
20
20
1
209
2.104
2, »
41
2, 4
33
33
41
20
2.230
83
80
2, 10
115
80
136
73
2, 69
6
»
»
251
2, »
14
7
2, 13
13
»
73
2, »
314
»
2, 83
14
48
13
50
2, »
17
»
6
104
188
10
209
2, 21
13
2, 41
104
2
2
»
17
26
2
33
7
18
12
30
32
14
29
9
19
6
9
4
10
29
9
17
2
10
2
28
10
21
7
25
10
2
4
7
28
22
30
30
8
2
1
7
13
31
25
18
25
»
27
32
24
3
3
4
Pozuelo de Vidríales
Prado
Pueblica de Valverde
Pumarejo de Tera
Quintanilla de Urz.
Quiruelas de Vidríales
Redelga
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
San Cristóbal de E.
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Miguel del Esla
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Sta. Marta de Tera
Santibáñez de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Torre del Valle
Uña de Quintana
Valdescorriel
Val de Santa María
Vecilla de la Polvorosa
Vecilla de Trasmonte
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Verdenosa
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanázar
Villanueva de Azoague
Villanueva del Campo
Villaobispo
Villárdiga
Villaveza del Agua
1.168, 1
1, 1
1.200, 1
801
101
161
501
1.800
40, 1
», 1
8
1
2.080
7
1
3.260, 1
120, 1
52
8
41, 1
80
600
868
1.700
1.068, 1
1.603
2.000, 1
», 1
668
2
2.820
1
2.000
», 1
80
1.202
1
501
», 1
40
2, 1
40, 1
80
», 1
2
1.200
202
3
2
388
», 1
501
2.122
2, »
2.125
83
10
16
52
188
2, 4
2, »
»
»
217
»
»
2.341
2, 12
4
»
4
8
62
90
178
2.112
167
2.209
2, »
69
»
295
»
209
»
8
125
»
52
»
4
»
4
8
»
»
125
21
»
»
40
»
52
7
6
24
30
21
28
16
22
6
2
25
4
26
23
4
13
21
20
25
11
12
28
26
»
31
29
15
2
27
7
9
4
13
2
12
29
6
16
2
6
8
8
12
2
7
22
9
12
7
18
2
26

Boletín Oficial de Zamora: 1848 abril 28

Artículo de Oficio - 4.º Dirección - Presupuestos

Los Alcaldes de los pueblos que expresa la adjunta nota, excitaran a los que lo fueron en el año próximo pasado para que en el término improrrogable de 15 días satisfagan en la Depositaria de este Gobierno político las cantidades que respectivamente se les marcan procedentes de débitos de valores de documentos de seguridad publica expendidos en dicho año, en inteligencia de que transcurrido dicho plazo, se despacharan indefectiblemente comisionados de apremio contra los morosos. Zamora a 26 de Abril de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Nota de descubiertos a que se refiere la presente circular, por el partido de Benavente.

Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Benavente
Bretó
Sta. Martas de Tera
Cerecinos de Campos
Granja de Moreruela
Melgar de Tera
Milles de la Polvorosa
Pozuelo de Vidríales
Prado
Quintanilla de Urz
30
24
864
16
57
160
68
20
33
42
28
15
Riego del Camino
San Agustín
San Esteban del Molar
Santovenia
Vega de Tera
Vidayanes
Villamayor de Campos
Villalobos
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
16
144
280
83
82
62
208
278
48
252
22

Boletín Oficial de Zamora: 1848 mayo 1

Artículo de Oficio - Gobierno Político

Por circular de 19 de Abril último se inserta en el Boletín oficial del 21 número 48, se previno a todos los alcaldes de distrito de la provincia que remitiesen a este Gobierno político tres estados trimestrales de las existencias de cereales, sus importaciones, existencias y consumos, a cuyo fin les fueron remitidos por separado los correspondientes modelos, para que con arreglo a ellos cuidasen de llenar en los primeros quince días siguientes a la fecha de dicha circular los dos estados de 1847 a contar desde 1.º de Julio del indicado año y el primero del actual. Ha transcurrido con exceso el término señalado, sin que a pesar de ello hayan podido reunirse todos los datos reclamados, viéndome por lo mismo en la necesidad de recordar su envió a los alcaldes de los pueblos comprendidos en la siguiente relación, advirtiéndoles que ha resuelto suspender por ocho días la salida de los comisionados a recoger los estados que faltan, pero transcurrido dicho plazo sin más demora se dirigirán con este objeto a costa de los alcaldes y secretarios morosos, quienes deben apresurarse a cumplir lo preceptuado, si quieren eximirse de esta responsabilidad. Zamora 16 de Mayo de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Relación de los pueblos cuyos alcaldes no han cumplido con lo mandado por la circular de 19 de Abril último que se cita en la anterior.

Partido de Benavente

Alcubilla de Nogales
Arrabalde
Barcial del Barco
Benavente
Bercianos de Vidríales
Brime y Sog
Camarzana
Cañizo
Coomonte
Cotanes
Cubo de Benavente
Cunquilla de Vidríales
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Polvorosa
Maire de Castroponce
Matilla de Arzon
Melgar de Tera
Milles de la Polvorosa
Morales del Rey
Olmillos de Valverde
Otero de Bodas
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz
Revellinos
San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Román del Valle
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina de la Polvorosa
Sta. Croya de Tera
Santovenia
Sitrama de Tera
Torre del Valle
Uña de Quintana
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Villaferrueña
Villamayor de Campos
Villanázar
Villanueva de Azoague

Boletín Oficial de Zamora: 1848 mayo 19

Dirección de Administración - Propios

El Ayuntamiento del distrito de San Esteban del Molar, partido de Benavente se encuentra entre los pueblos de esta provincia, que no ha cumplido lo prevenido en la circular de este Gobierno político de 16 de Marzo último inserta en el Boletín oficial, sobre remisión de listas de débitos en pro y en contra de los fondos municipales, he dispuesto prevenirles que aquellos que no lo hayan verificado antes del día 26 del actual, les enviare un comisionado a recoger los referidos documentos y una multa de cuatro ducados pagados de mancomún entre el Alcalde y Secretario. Zamora 17 de Mayo de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 mayo 22

Contabilidad especial

Los ayuntamientos de los pueblos que comprende la nota que se inserta se encuentran en descubierto de las cantidades que respectivamente se les designan por contingentes del 20 por cien de Propios sobre los productos calculados en los años de 1845, 1846 y 1847. Habiendo dispuesto solicitar apremios del Sr. Intendente, con el objeto de realizar aquellos débitos, especialmente los correspondientes a los dos primeros años, cuyo pago está repetidamente prevenido por este Gobierno político y últimamente en el año próximo pasado fueron algunos ayuntamientos apremiados por las oficinas de Hacienda; he acordado excitar a los ayuntamientos por última vez a que realicen el pago antes del 20 del actual. Transcurrido este plazo se despacharán los apremios y a sus ejecuciones contra los morosos.
Como las cantidades que se estampan en la subsiguiente nota sean las que resulten de los valores calculados en los presupuestos, y podrá suceder que los productos efectivos sean mayores o menores; ya por el precio de los granos que el que se tomó por tipo para valorar las rentas, ya por que los rendimientos de las fincas en remate no hayan correspondido a las esperanzas de los ayuntamientos en unas, así como en otras habrá excedido, se previene que cada ayuntamiento al verificar el pago ha de acompañar un certificado expedido por el Secretario y visado por el actual alcalde en que con referencia a los expedientes, escrituras u obligaciones de arriendo o cualquiera otro antecedente que exista en la Secretaria se expresen los verdaderos productos de Propios en cada año; con indicación individual de las fincas, efectos y derechos de que proceden y rendimientos de cada una. Zamora 6 de Julio de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Entre la nota de los descubiertos en que se encuentran los pueblos de esta provincia en el pago de 20 por cien de propios de los años a saber, se encuentra el de San Esteban del Molar.

Pueblos 1845 1846 1847 Total
San Esteban del Molar - - 303 13 303 13

Boletín Oficial de Zamora: 1848 julio 7

Intendencia - Administración de Contribuciones Directas - Provincia de Zamora
Anticipación reintegrable de 100 millones de reales

Repartimiento que forma esta Administración de los 900,000 rs, vellón que han correspondido a esta provincia en dicho anticipo, según el señalamiento que corre unido al Real decreto de 21 de Junio último, tomando por base el importe de las cuotas rendidas que pagan los contribuyentes de cada pueblo por territorial e industrial desde 300 rs, inclusive arriba, a saber:

Partido de Benavente

Cabezas de distritos municipales Pueblos de que se compone cada distrito Mayores contribuyentes Cuotas Territorial Cuotas Industrial Total las dos contribuciones Cupo anticipo Total por distrito
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde y el despoblado de la Vizaña
-
4
-
-
1.502
-
-
-
-
-
1.502
-
-
1.200
-
-
1.200
-
Ayoó Ayoó
Carracedo
Congosta
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Barcial del Barco
Benavente
Barcial del Barco
Benavente
2
30
2.375
17.159
-
6.144
2.375
23.303
1.900
18.600
1.900
18.600
Bercianos de Vidríales Bercianos de Vidríales
Moratones
Villaobispo
1
3
3
372
1.138
1.355
-
-
-
372
1.138
1.355
300
900
1.000
2.200
Bretó
Bretocino
Brime y Sog
Brime de Urz
Bretó
Bretocino
Brime y Sog
Brime de Urz
10
4
-
5
4.588
1.452
-
1.833
60
-
-
-
4.648
1.452
-
1.833
3.800
1.100
-
1.400
3.800
1.100
-
1.400
Calzadilla de Tera Calzadilla de Tera
Olleros de Tera
Pumarejo de Tera
3
3
2
1.284
1.284
660
-
-
-
1.284
1.284
660
1.000
1.000
600
2.600
Camarzana Cabañas
Camarzana
San Juanico el Nuevo
Santa Marta de Tera
2
5
2
4
894
2.492
894
1.806
-
-
-
-
894
2.492
894
1.806
600
1.900
600
1.400
4.500
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cañizo
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
2
2
36
4
1.810
1.176
25.256
2.408
-
-
-
-
1.810
1.176
25.256
2.408
1.500
900
20.300
1.900
1.500
900
20.300
1.900
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cunquilla de Vidríales
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel Granja de Moreruela
Granucillo
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cunquilla de Vidríales
Cotanes
Cubo de Benavente
Fresno de la Polvorosa
Fuente Encalada
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Granucillo
9
5
1
2
-
6
-
22
5
4
3.984
2.528
382
984
-
3.336
-
20.367
4.952
1.244
-
-
-
-
-
-
-
320
-
-
3.984
2.528
382
984
-
3.336
-
20.887
4.952
1.244
3.100
2.000
300
800
-
2.600
-
16.600
3.900
1.000
3.100
2.000
300
800
-
2.600
-
16.600
3.900
1.000
Manganeses de la Lampreana Manganeses de la Lampreana 8 3.243 3.243 2.600 2.600
Manganeses de la Polvorosa Manganeses de la Polvorosa 6 2.890 300 3.190 2.600 2.600
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Melgar de Tera
2
-
-
1.019
-
-
-
-
-
1.019
-
-
800
-
-
800
-
-
Micereces de Tera Abraveses de Tera
Aguilar de Tera
Micereces de Tera
Santibáñez de Tera
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Milles de la Polvorosa Milles de la Polvorosa 3 2.007 - 2.007 1.600 1.600
Morales del Rey Morales del Rey
Redelga
Vecilla de la Polvorosa
Verdenosa
5
7
1
4
1.988
2.916
556
1.588
-
-
-
-
1.988
2.916
556
1.588
1.500
2.300
500
1.200
5.500
Olmillos de Valverde Burganes de Valverde
Olmillos de Valverde
2
-
919
-
-
-
919
-
800
-
800
Otero de Bodas Otero de Bodas
Val de Sta. María
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
Otero de Sariegos
Pobladura del Valle
3
4
1.496
1.819
-
-
1.496
1.819
1.200
1.400
1.200
1.400
Pozuelo de Vidríales Grijalba de Vidríales
Pozuelo de Vidríales
1
4
305
1.404
-
-
305
1.404
300
1.100
1.400
Prado Prado 1 307 - 307 300 300
Pueblica de Valverde Bercianos de Valverde
Pueblica de Valverde
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
S. Cristóbal de Entreviñas
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz
Quiruelas de Vidríales
Revellinos
Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Agustín
S. Cristóbal de Entreviñas
2
1
-
1
5
5
4
1
10
600
386
-
542
4.011
2.364
1.200
313
5.240
-
-
-
-
-
-
-
-
-
600
386
-
542
4.011
2.364
1.200
313
5.240
500
300
-
500
3.200
1.900
1.000
300
4.200
500
300
-
500
3.200
1.900
1.000
300
4.200
San Esteban del Molar San Esteban del Molar 2 1.090 - 1.090 800 800
S. Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
S. Martin de Valderaduey
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
San Román del Valle
3
3
4
6
-
1.267
1.095
1.362
2.472
-
-
-
-
-
-
1.267
1.095
1.362
2.472
-
1.000
1.000
900
1.900
-
1.000
1.000
900
1.900
-
Sta. Colomba de las Carabias San Miguel del Esla
Sta. Colomba de las Carabias
2
3
600
1.475
-
-
600
1.475
500
1.100
1.600
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina de la Polvorosa
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Cristina de la Polvorosa
-
8
-
2.732
-
-
-
2.732
-
2.100
-
2.100
Sta. Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
Sta. Croya de Tera
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Tardemezar
-
12
12
2
8
-
-
5.460
5.351
660
4.065
-
-
60
30
-
675
-
-
5.520
5.381
660
4.740
-
-
4.500
4.300
500
3.600
-
-
4.500
4.300
500
3.600
-
Torre del Valle (la) Paladinos del Valle
Torre del Valle (la)
-
1
-
445
-
-
-
445
-
300
300
Uña de Quintana
Valdescorriel
Uña de Quintana
Valdescorriel
-
1
-
2.880
-
-
-
2.880
-
2.300
-
2.300
Vega de Tera Calzada de Tera
Junquera
La Milla de Tera
Vega de Tera
5
2
3
3
1.662
700
1.400
1.000
-
-
-
-
1.662
700
1.400
1.000
1.300
500
1.100
800
3.700
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villabrázaro
Villafáfila
Villaferrueña
Villageriz
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
5
3
3
20
12
-
11
19
24
26
2.830
1.645
1.376
12.503
4.522
-
5.089
11.752
10.359
20.277
-
-
50
880
-
-
600
136
100
1.170
2.830
1.645
1.426
13.383
4.522
-
5.689
11.888
10.459
21.447
2.200
1.300
1.100
10.800
3.600
-
4.500
9.500
8.300
17.300
2.200
1.300
1.100
10.800
3.600
-
4.500
9.500
8.300
17.300
Villanázar Mozar
Vecilla de Trasmonte
Villanázar
3
1
3
1.472
462
1.082
200
-
-
1.672
462
1.082
1.300
300
800
2.400
Villanueva de Azoague Castropepe
Villanueva de Azoague
-
1
-
701
-
-
-
701
-
500
500
Villanueva del Campo Villanueva del Campo 28 15.359 226 15.585 12.500 12.500
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua
-
6
8
7
-
4.017
5.812
4.225
-
-
-
-
-
4.017
5.812
4.225
-
3.200
4.600
3.300
-
3.200
4.600
3.300

Boletín Oficial de Zamora: 1848 julio 10

Particular

D. Antonio Pérez Román y José Bovillo vecinos de Villardeciervos, testamentarios de D. Antonio Romero Dibesa, vecino que fue del mismo y según las facultades que dejo conferidas dicho testador dan y ponen en venta.
Una heredad de tierras que en el término de San Esteban del Molar partido de Benavente, perteneció a los suprimidos monasterios de Benavente y de Nogales, de cabida de trescientas cincuenta y una fanegas y dos cuartas y ciento setenta y siete palos en ciento cuarenta y ocho piezas, tasada en 65.000 reales, produce en renta ciento ochenta y dos fanegas de trigo y cebada por mitad, libres de todas cargas. Se remata el día 1.º del próximo Setiembre, en la villa de Benavente en casa del Escribano D. Pedro Mariano, entre doce y una, a quien se le dará con remate al mayor postor cubriendo las dos terceras partes. Villardeciervos 27 de Julio de 1848. - Los testamentarios, José Bovillo. - Antonio Pérez Román.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 julio 31

Suscripción al Boletín Oficial Recopilado

En el Boletín oficial al día 4 de Agosto del año anterior se halla inserta la Real orden de 24 de Julio del mismo año en la cual se previene que todos los Ayuntamientos se suscriban al Boletín oficial recopilado con objeto de que estando en las Secretarias tengan un cuerpo de leyes y disposiciones a quien consultar; en el número 111 y circular 768 se advirtió a los Ayuntamientos que se habían recibido en casa de D. José Carlos Escobar, vecino de esta ciudad el primer tomo de que ha de constar aquella obra y se les prevenía que acudiesen a recogerlo; y en el número 154 que se publicó en 22 de Diciembre del citado año, circular 1056 se repitió la anterior prevención, expresándose que el importe de la suscrición seria de abono en los presupuestos municipales: no obstante esto faltan a recoger la repetida obra los Ayuntamientos que constan de la nota que se inserta a continuación, y estando dispuesto a que cese tal abandono y morosidad en el cumplimiento de lo repetidas veces mandado, he dispuesto conceder un plazo último que es hasta fin del mes actual para que dentro de él lo verifiquen las Corporaciones que aún no lo han hecho, sirviéndoles de regla que transcurrido adoptaré contra los que no acudan a recoger la referida obra medidas que les serán sensibles y les obliguen a ello, debiendo tener entendido que la han de conservar en las Secretarias de Ayuntamiento y que en cualquier tiempo que faltaren de ellas serán castigados los Alcaldes y Secretarios que resulten responsables. Zamora 12 de Setiembre de 1848. - El Marqués de Sta. Cruz de Aguirre.

Partido de Benavente

Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Barcial del Barco
Brime y Sog
Brime de Urz
Coomonte
Cotanes
Cubo
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Granja de Moreruela
Manganeses la Polvorosa
Matilla de Arzon
Maire de Castroponce
Micereces
Milles de la Polvorosa
Quintanilla del Olmo
San Agustín
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
Sta. Cristina de la Polvorosa
Santibáñez de Vidríales
Torre del Valle
Uña de Quintana
Vega de Tera
Vidayanes
Villar de Fallaves
Calzadilla de Tera

Boletín Oficial de Zamora: 1848 septiembre 15

Artículo de Oficio - Gobierno Político - Presupuestos

Sin perjuicio de reclamar las cuentas anteriores a 1835 que aún no se hayan presentado; he acordado prevenir a los Alcaldes y Ayuntamientos actúales, hagan entender a las corporaciones municipales y a los que desempeñaron el cargo de Depositarios en los años que se expresan, formen inmediatamente y presenten en este Gobierno político las cuentas que se encuentran en descubierto.
Las respectivas a los años de 1834 y 35 deberán arreglarse al formulario que rigió hasta este último año circulado por la extinguida Contaduría de Propios en 1831: las correspondientes a los años desde 1836 hasta 1843 se sujetarán al formulario publicado por la Excma. Diputación provincial en 17 de Noviembre de 1836 número 189 del Boletín Oficial y para las pertenecientes al ano de 1844 regirá el formulario circulado por este Gobierno político en 30 de Abril del mismo año, inserto en el Boletín número 35.
El plazo señalado para la presentación de las cuentas será el de un mes a contar desde el día en que se publique esta circular, y transcurrido que sea se despacharán comisionados a costa de los Ayuntamientos y Depositarios que no hayan presentado sus cuentas, o bien contra los actuales Alcaldes que no hayan notificado los descubiertos a las municipalidades y Depositarios a quienes corresponda la formación de aquellas. Por lo tanto luego que los Alcaldes reciban esta circular dispondrán lo conveniente para que sean notificados todos los individuos de Ayuntamiento y Depositarios de los años a que corresponden las cuentas no presentadas y de haberlo así verificado lo participarán a este Gobierno político en el preciso término de los cuatro días siguientes al en que reciban esta circular; en inteligencia de que los que así no lo verifiquen serán comprendidos en los apremios que se despacharán indefectiblemente espirado que sea el plazo de un mes que se señala como improrrogable para la presentación de las cuentas.

San Esteban del Molar se encuentra en la relación de descubiertos, por presentación en el Gobierno político de esta provincia de las cuentas municipales de los años de 1836, 1838, 1840, 1842, 1843 y 1844.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 septiembre 15

Artículo de Oficio - Gobierno Político

Por circular de 3 de Junio de este año publicada en el Boletín oficial del 5 del mismo num. 67, se previno a todos los alcaldes constitucionales de la provincia, que para el día 16 de Julio siguiente remitiesen a este Gobierno político los itinerarios de los caminos vecinales de sus respectivos territorios arreglados al modelo que con la misma se publicó, y sujetándose a las disposiciones de los siete artículos primeros del reglamento de 8 de Abril que igualmente se les comunico; mas como a pesar del dilatado tiempo que ha transcurrido no hayan cumplido con la remesa de los referidos itinerarios los alcaldes de los pueblos que comprende la nota que se insertara a continuación de esta orden, he acordado prevenirles que siendo de absoluta necesidad tenerlos presentes para hacer la oportuna clasificación de los caminos vecinales, y debiendo presentarse esta en la próxima reunión de la Diputación provincial que ha de verificarse en este mes, se hace preciso que me remitan los referidos itinerarios para el día 22 del mismo; teniendo entendido que no pudiendo tolerar el descuido con que han mirado un asunto tan importante y que les esta tan recomendado, por sensible que me sea impondré un fuerte multa al alcalde que no cumpliere esta disposición, además de mandar un comisionado a su costa que recoja el expresado itinerario. Zamora 8 de Octubre de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Nota de los pueblos que se hallan en descubierto de la remisión de los itinerario de caminos vecinales, en el Partido de Benavente.

Arcos de la Polvorosa
Ayoó
Bercianos de Vidríales
Brime y Sog.
Calzadilla de Tera
Camarzana
Cañizo
Castroverde de Campos
Coomonte
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Polvorosa
Matilla de Arzon
Melgar de Tera
Micereces de Tera
Otero de Sariegos
Prado
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Pedro de la Viña
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Santa Croya de Tera
Santovenia
Sitrama de Tera
Tapioles
Uña de Quintana
Vega de Tera
Vega de Villalobos
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villar de Fallaves
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1848 octubre 11

Gobierno Político - Dirección de Agricultura, Industria y Comercio - Caminos Vecinales

Aunque en circular de 8 del actual núm. 751 se previno a los Alcaldes de los pueblos que no habían remitido los itinerarios dé los caminos vecinales de sus respectivos distritos municipales, que sí para el día 22 del mismo no cumplían con su remesa, además de imponerles una multa por su descuido en un asunto que tan recomendado les está, se mandaría un comisionado a su costa a recogerlos: no habiendo cumplido a pesar de haber transcurrido el término marcado, los Alcaldes de los pueblos que se expresan a continuación de esta circular, todavía he tenido por conveniente prorrogar dicho término hasta el 31 del actual, en inteligencia de que siendo este el ultimo que estoy resuelto a conceder, saldrán indefectiblemente los comisionados el día primero del próximo mes de Noviembre, a los pueblos que no les hayan remitido o cuyos itinerarios no sé hayan recibido en este Gobierno político. Zamora 25 de Octubre de 1848. - El Marqués de Sta. Cruz de Aguirre.

Nota de los pueblos del Partido de Benavente, que se hallan en descubierto de remisión de los itinerarios de caminos vecinales.

Arcos de la Polvorosa
Ayoó
Bercianos de Vidríales
Brime y Sog.
Calzadilla de Tera
Camarzana
Coomonte
Fresno de la Polvorosa
Fuentes de Ropel
Manganeses de la Polvorosa
Melgar de Tera
Otero de Sariegos
Prado
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
San Agustín
San Esteban del Molar
San Pedro de la Viña
Sta. Colomba de las Carabias
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Croya de Tera
Santovenia
Sitrama
Tapioles
Uña de Quintana
Vega de Villalobos
Villalobos
Villamayor de Campos
Villar de Fallaves
Villarrín de Campos
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1848 octubre 27

Presupuestos

El Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación del Reino con fecha 13 de Agosto último me dijo lo siguiente.

«La Reina se ha servido conceder de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Hacienda un recargo de diez por ciento sobre las especies de consumos comprendidas en la tarifa unida al Real decreto de 25 de Febrero último, con el fin de que se pueda cubrir el déficit de doscientos cuatro mil cuarenta y tres reales, que resulta en él presupuesto de esta provincia, pero con la precisa circunstancia de que se tenga presente para su exacción lo prevenido en el segundo párrafo del art. 6 de la Real Instrucción de 8 de Junio de 1847.»
Habiéndose dada cuenta a la Excma. Diputación provincial de la provincial de la precedente Real Orden en sesión de 26 del actual acordó se procediera a ejecutar el prorrateo o repartimiento entre los pueblos de la provincia bajo la base de sus encabezamientos o conciertos con la Hacienda pública por la contribución de consumos; pero acordó así mismo tener en cuenta para designar la cuota que debía recargarse a dicha contribución, las alteraciones que el presupuesto provincial había sufrido durante el año, o sean las bajas y aumentos tanto en sus gastos como en sus ingresos. Practicada esta operación resulto, que el verdadero déficit que debía recargarse era el de ochenta y un mil ciento cincuenta y siete reales, que aparecen del presupuesto aprobado.
S.E. acordó por tanto que se recargara solamente el cuatro por ciento sobre los encabezamientos en lugar de diez que autoriza la preinserta Real orden y habiéndose practicado el repartimiento, correspondió a cada uno de los pueblos de la provincia la cantidad que a continuación se les designa.

En el Partido de Benavente, a San Esteban del Molar:

Cabeza de distrito Pueblos que componen el distrito Cuota que corresponde por 4 por cien de sus encabezamientos
San Esteban del Molar San Esteban del Molar 176 44

El Ayuntamiento entregara en la Depositaria de este Gobierno político, la cuota que se le señala, antes del 20 del próximo Noviembre precisamente, y de no verificarlo dentro de este plazo, se expedirán apremios contra los morosos al siguiente día. Para ello inmediatamente que reciban esta circular los ayuntamientos de los pueblos en que no estén arrendados los derechos sobre las especies de consumos comprendidos en la tarifa, formaran el repartimiento de la cuota que les corresponda y la exigirán de los contribuyentes previa aprobación del Sr. Intendente. […]
Zamora 29 de Octubre de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 noviembre 6

Intendencia de Rentas de la provincia de Zamora - «Canto y bacín de Regla»

El Ilmo. Cabildo de la Sta. Iglesia Catedral de León con fecha 10 de los corrientes, me expone que siendo de su pertenencia desde tiempo inmemorial las rentas tituladas Canto y bacín de regla, y habiéndolas arrendado a José Rigneiro vecino de Maman; este se resiste a pagar lo estipulado en el arriendo porque se niegan a satisfacer aquellos vecinos de San Esteban del Molar, Tapioles, Villalobos, Villanueva del Campo, Bolaños, Castroverde y algunos otros pertenecientes a esta provincia; y reclama el auxilio de mi autoridad para obligarles.
No dudando por tanto yo del justo derecho con que se hace esta reclamación, prevengo a los Sres. Alcaldes de los citados pueblos y de cualquiera otro donde deban pagarse rentas a la comisión diocesana de León y al Ilmo. Cabildo de su santa iglesia catedral, que al momento que reciban el Boletín en que va inserto este aviso, lo publiquen por bando en sus respectivos pueblos encargando a los contribuyentes que si quieren evitar el rigor de la ejecución que despachare contra ellos al instante que lo exija el Ilmo. Cabildo, se apresuren a pagar al citado arrendatario todo lo que por el mismo concepto adeuden sin que después puedan alegar ignorancia ni quejarse del rigor ejecutivo los que desprecien este aviso.

Zamora 15 de Octubre de 1848. - José Valladares.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 noviembre 6

Juzgados Benavente - Juzgados Núm. 890

D. Pedro Pascual de la Maza, Juez de primera instancia de esta villa y su partido.:
Hago saber a los que se consideren interesados en la herencia de D. Miguel del Cueto, de profesión albéitar, y vecino que fue en San Esteban del Molar, que por consecuencia de su fallecimiento, se formó el oportuno inventario de los bienes que se hallaron y existe en este Juzgado y secretaria del que refrenda, el expediente de abintestato formado por su consecuencia; en el cual y con fecha de este día he tenido a bien señalar el termino de treinta días para que todo interesado pueda prever a usar de su derecho apercibidos de que pasado se resolverá lo que haya lugar.
Dado en Benavente y Noviembre 17 de 1848. - Pedro Pascual de la Maza. - Por su mandado, Ramón López Núñez.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 noviembre 24

Dirección de Agricultura, Industria y Comercio - Caldos

Los Alcaldes de los distritos municipales que comprende la nota que se inserta a continuación de esta circular no han remitido todavía el estado de importaciones existencias y consumos de caldos correspondientes al trimestre que venció en fin de Setiembre último; y por tanto he acordado prevenirles que si para el día quince del actual no cumplen con este servicio saldrán comisionados a costa de los Alcaldes y secretarios morosos a recogerlos.
Zamora 4 de Diciembre de 1848. - El Marques de Sta. Cruz de Aguirre.

Nota de los Distritos municipales del Partido de Benavente, cuyos alcaldes no han remitido hasta esta fecha el estado de existencias y consumos de caldos correspondientes al trimestre que principio en 1.º de Junio y finalizo en 30 de Setiembre del corriente año.

Alcubilla de Nogales
Arcos de la Polvorosa
Arrabalde
Barcial del Barco
Bercianos de Vidríales
Bretocino
Brime y Sog
Brime de Urz
Calzadilla de Tera
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cotanes
Fresno de la Polvorosa
Maire de Castroponce
Morales del Rey
Pobladura del Valle
Pozuelo de Vidríales
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Viña
Sta. Colomba de las Monjas
Sta. Croya de Tera
Uña de Quintana
Vega de Tera
Villafáfila
Villaferrueña
Villalobos
Villamayor de Campos
Villanueva del Campo
Villar de Fallaves
Villárdiga
Villaveza del Agua

Boletín Oficial de Zamora: 1848 diciembre 8

Cantón de Villalpando 1848

Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
Tapioles
Villalpando
Villalobos
Villamayor de Campos
Villar de Fallaves
Villárdiga

Boletín Oficial de Zamora: 1848 diciembre 13

Administración de Contribuciones Directas de la Provincia de Zamora

Repartimiento que forma la misma Administración de los 3.450.000 rs., que han correspondido a esta Provincia para el año próximo de 1849 por la Contribución de Inmuebles, Cultivo y Ganadería por resultado del Catastro de 1748, del censo de 1799, de la decimación que resulta del quinquenio de 1829, a 1833 del medio diezmo de 1837, de otros datos e informes que ha tenido a la vista, de los reunidos últimamente por la sección de Estadística, y muy particularmente con presencia de las quejas atendibles de algunos pueblos; cuyo repartimiento fue después examinado y rectificado por la Excma. Diputación Provincial con vista de los datos especiales que tiene S.E. de las reclamaciones producidas ante la misma autoridad y de las nuevas investigaciones y aclaraciones que hizo sobre unión de despoblados y límites de pueblos, en cuya conformidad y sin la menor alteración se publica, añadiendo solo los recargos para gastos Provinciales y municipales, el 5 por 100 para el fondo supletorio y el 4 de cobranza, con arreglo a lo prevenido en el art. 7 de la Real orden de 8 de Septiembre último.

Pueblo de San Esteban del Molar

Capital imponible Cupo que le corresponde Recargo del 10% para gastos provinciales Total Recargo del 5% para el fondo supletorio Total 4% de este total para gastos de cobranza y conducción Recargo para gastos municipales Total General
rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs. rs. mrs.
76.667 900 920 10.120 506 / - 10.626 / - 425 / 2 2.300 13.331 / 2

Boletín Oficial de Zamora: 1848 diciembre 15

Artículo de Oficio - Gobierno Político

Concluye la relación de los pueblos que están en descubierto de la presentación de las cuentas municipales que se expresan, la cual empezó a insertarse en el número anterior.

[…] Riego del Camino
Rosinos de Vidríales
San Cristóbal de Entreviñas
San Esteban del Molar
San Juanico el Nuevo
San Martin de Valderaduey
[…]
1847
1845, 46 y 47.
1845, 46 y 47.
1845, 46 y 47.
1845, 46 y 47.
1845, 46 y 47.

Boletín Oficial de Zamora: 1848 diciembre 29

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La desamortización de bienes inmovilizados en “manos muertas” de instituciones como la Iglesia o los municipios, supuso un proceso de liberalización de la propiedad de la tierra, que seguía siendo el principal factor de producción en una economía de base esencialmente agraria. Por otra parte, este acontecimiento dio lugar a la expansión de la idea de propiedad plena frente a formas imperfectas o incompletas heredadas del Antiguo Régimen.


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