1936 Vicente Tejedor Rodríguez


San Esteban del Molar
Don Vicente Tejedor Rodríguez
Presidente de la Gestora
Abril de 1936

1936


Subsecretaria del Ministerio de la Gobernación

Según comunican los respectivos Ayuntamientos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 26 del reglamento de 23 de Agosto de 1924, han sido designados, previo concurso, Secretarios de dichos municipios los señores que figuran en la adjunta relación. Madrid, 10 de Diciembre de 1935.- El Subsecretario, Carlos Echeguren.

San Esteban del Molar, D. Julián del Caño Formoso, opositor 174.

Boletín Oficial de la Provincia de Soria: 1936 enero 1
Boletín oficial de la provincia de Cáceres: 1936 Enero 02
Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara: 1936 enero 3

Jefatura de Obras Públicas - Carreteras

Terminadas las obras de reparación del firme en los kilómetros 255 y 256 de la carretera de Madrid a La Coruña, cuyas obras se han desarrollado en los términos municipales de Castrogonzalo y San Esteban del Molar, y de las cuales es destajista D. Juan Adrián Mesonero, vecino de Fontanillas de Castro, se hace público en este periódico oficial de acuerdo con lo especificado en el contrato de destajo, a fin de que durante el plazo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los que tengan que reclamar contra el contratista por daños y perjuicios ocasionados con la ejecución de las obras, por deudas de jornales o materiales empleados en las mismas y por indemnizaciones de accidentes del trabajo, lo hagan ante el Juzgado correspondiente, debiendo acreditar ante la Alcaldía respectiva o en la Jefatura de Obras públicas de la provincia haberlo hecho dentro del plazo señalado; entendiéndose que si se acredita haber presentado esas reclamaciones dentro del plazo, se estará a las resultas de lo que resuelva el Juzgado respectivo, pero si no se acredita se abonará el saldo y se declarará libre la fianza.
Los Alcaldes de los Municipios en donde radican las obras, deberán exponer al público en los sitios de costumbre el presente anuncio y una vez finalizado el plazo que en el mismo se señala, remitirán a la Jefatura de Obras públicas de la provincia, dentro de los cinco días siguientes, las reclamaciones que se hayan presentado; considerándose, si así no lo hacen, que no se han presentado reclamaciones.
Zamora 13 de Enero de 1936. - El Ingeniero Jefe accidental, José Crespo Álvarez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 enero 17

Diputación Provincial de Zamora

La Comisión gestora, en sesión de 14 del actual, acordó, a propuesta del Sr. Ingeniero Jefe de Vías y Obras provinciales, el traslado del Peón caminero D. Clemente Arquero Díaz, que prestaba servicio en la carretera de Toro a Venialbo, a la plaza que ocupaba en la carretera de Villalobos a San Esteban del Molar, D. Mariano Huerga, por jubilación de este.
Lo que se hace público en el Boletín Oficial a los efectos preceptuados en el apartado 3º del artículo 68 de la vigente Ley Electoral.- El Presidente, Emilio Corti.- El Secretario, A. Casaseca.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 enero 20

Junta Provincial del Censo Electoral

Oficina donde pueden ser depositados para su curso los certificados conteniendo documentos electorales.

Ayuntamientos
San Esteban del Molar
Estafetas o Carterías
San Esteban del Molar

1ª Las Secciones de la capital tienen que hacer la entrega en la Secretaría de esta Junta, que se halla en el Palacio provincial.
2ª Si alguna Mesa, por dificultades en las vías de comunicación, no le fuese posible entregar los pliegos en la Estafeta o Cartería que señala como más próxima, puede hacerlo en aquella que considere más apropiada a la finalidad, que interesa la Ley, de hacer entrega inmediatamente de los pliegos electorales, con las garantías y formalidades que la misma señala.
Zamora 29 de Enero de 1936. -El Presidente, Jacinto Angoso.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 enero 29

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora
Primer trimestre de 1936

En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Estatuto de Recaudación, en su artículo 65, dará principio desde el día 1º de Febrero al último día de dicho mes, la cobranza voluntaria de las contribuciones e impuestos del Estado, correspondiente al expresado trimestre, en los días señalados a cada distrito municipal.

Zona de Villalpando
Recaudador: D. Ramiro Armendáriz y Martínez.
Auxiliares: D. Demetrio Enrique Gallego y D. Tomás Gallego Ruiz.

Cañizo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes del Monte
Granja de Moreruela
Manganeses de la Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín del Pozo
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
1 y 2
10, 11 y 12
5 y 6
13
5 y 6
18 y 19
7
1
3
2
9
17
10
14 y 15
3
San Miguel del Valle
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villafáfila
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
26 y 27
4
24 y 25
19 y 20
8
11 y 12
20 y 21
17 y 18
1º Febrero al 10 Marzo
7 y 8
21, 22 y 23
9
4
22 y 23

Se hace saber a los contribuyentes que transcurrido el último día del citado mes en que termina el primer periodo de cobranza voluntaria, podrán satisfacer hasta el día 10 del mes de Marzo próximo sus cuotas en la cabeza del partido de la zona sin recargo alguno.
Al mismo tiempo se les hace saber qué pasado dicho día, incurrirán en apremio, sin más notificación ni requerimiento; pero si lo satisfacen durante los diez últimos días de dicho mes, solo tendrán que abonar un 10 por 100 de recargo, que automáticamente se elevará al 20 por 100 el día primero del trimestre siguiente.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 enero 31

Junta Provincial del Censo Electoral
Notificaciones

Por acuerdo de esta Junta provincial, tomado en posesión de hoy, participo a los señores Presidentes de las Mesas electorales de las Secciones que a continuación se expresan, que proclamados candidatos para las elecciones de Diputados a Cortes que se verificaran el 16 del actual: D. Antonio Rodríguez Cid, D. Santiago Alba Bonifaz y D. Geminiano Carrascal Martin, por los expresados señores se designaron, a los efectos del párrafo quinto del artículo 30 de la vigente Ley Electoral, a los sustitutos que figuran en la siguiente relación, para que entreguen en las respectivas Mesas Electorales los talones firmados que han de servir para comprobación de las firmas que autoricen los nombramientos talonarios de Interventores y Suplentes hechos por los expresados candidatos con motivo de las elecciones referidas. .

En la relación presentada por D. José María Cid Ruiz Zorrilla y D. Antonio Rodríguez Cid (Partido Agrario Español)
Por San Esteban del Molar, Alejandro Villafáfila. .

En la relación presentada por D. Santiago Alba Bonifaz. (Partido Radical)
Por San Esteban del Molar, Alejandro Villafáfila.

En la relación presentada por D. Geminiano Carrascal Martin. (C.E.D.A.)
Por San Esteban del Molar, José Rodríguez Diez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 febrero 11

Resultados de la elecciones de febrero de 1936

El doce de febrero de 1936 se celebran elecciones parlamentarias y el Frente Popular consigue mayoría en el Congreso a nivel nacional. En Zamora en cambio ganaron las derechas.
En el partido judicial de Villalpando, la candidatura presentada por los conservadores estaba compuesta por Geminiano Carrascal (C.E.D.A.), Antonio Rodríguez (Partido Agrario Español), José María Cid (Partido Agrario Español), y Santiago Alba (Partido Radical), La candidatura presentada por el Frente Popular de Izquierdas, estaba compuesta por Ángel Galarza (Radical socialista), Quirino Salvadores (Socialista), Antonio Moreno Jover (Izquierda Republicana) y Félix Valbuena (Unión Republicana).
En San Esteban ganaron las derechas obtuvieron el 50,17%, con 130 votos el candidato más votado, don Geminiano Carrascal; el Frente Popular el 39,02%, con 92 votos el más votado Quirino Salvadores y con 90 Ángel Galarza; los moderados o centristas el 1,00%, González con 9 votos; el monárquico Alonso con 34 votos, el 3,79%; y el independiente originario de Villafáfila don Ismael Rodríguez Orduña 54 votos, el 6,02%.

Partido Judicial de Villalpando - Elecciones Generales de 1936

Municipios Cen. Voto Abs Coal. antirrevolucionaria Frente Popular Moderados Mon. Otros
Carr Rod Cid Alb Total Gal Sal Mor Val Total Gonz Pal Total Alo Ord
Cañizo 51341598 2922862912921.161 115115116115461 7815 11
Castroverde 951713238 4345043142451.497 197149189196731 14619165 35370
Cerecinos de Campos 752537215 3613633313241.379 159147122150578 1084112 540
Cotanes 34825890 263215235220933 1010101040 31031 140
Granja de Moreruela 482301181 209114212212747 103707977329 84993 146
Manganeses 1.004711293 4164023954031.616 2952892742851.143 19221 245
Otero de Sariegos 554213 34322731124 666624 022 314
Prado 16311647 981005095343 2324232090 909 160
Quintanilla del Monte 29324449 189195196195775 42414245170 13013 50
Quintanilla del Olmo 1238637 55564857216 3535350105 15015 40
Revellinos 443339104 2532562592531.021 73747476297 20020 30
Riego del Camino 33330726 141144137108530 109108107108432 1251126 1260
San Agustín del Pozo 20013763 111626660299 2322232391 51051 5643
San Esteban del Molar 353227126 13012310196450 90928583350 909 3454
San Martin 24016278 1064440112302 41404139161 79079 7027
San Miguel del Valle 675450225 245117247227836 154154153167628 84114198 1141
Tapioles 37730473 147174155150626 123119114108464 37037 731
Valdescorriel 388249139 94687777316 150149163149611 16016 375
Vega de Villalobos 34025783 1763432175417 81777777312 909 134144
Vidayanes 19110190 0897081240 776626 20020 5558
Villafáfila 959715244 3582722802841.194 194167158125644 21479293 265343
Villalba de la Lampreana 49343063 3303223173111.280 83788381325 54357 372
Villalobos 564254310 1763432175417 81677777302 9110 134142
Villalpando 1.5371.250287 5715415675192.198 6476296217032.600 31637 985
Villamayor de Campos 1.073630443 4204742303921.516 159142152136589 1140114 2700
Villanueva del Campo 1.4861.052434 6656626566392.622 3593583633671.447 15015 2843
Villardefallaves 19116031 1009910285386 48464040174 60060 65
Villárdiga 26921356 132794793351 54533528170 12725152 15216
Villarrín de Campos 977797180 5354335045442.016 245239233237954 33134 10936

Febrero 1936

Gobierno civil de la provincia de Zamora - Circular

El Delegado de esta Zona de la Sociedad General de Autores de España, me comunica que en virtud de las facultades que la misma le tiene conferidas, ha nombrado Representantes de la Sociedad, en San Esteban del Molar a don Emigdio Esteban, con residencia en Revellinos de Campos, y en Peleas de arriba, Cabañas de Sayago, Cubo de Tierra del Vino, Cuelgamures, Fuente el Carnero, Santa Clara de Avedillo y Villanueva de Campean, a D. Florentino Arias, con residencia en Peleas de Arriba, para que autoricen y perciban los derechos de representación y ejecución de las obras de todos los autores y compositores españoles y extranjeros, conforme a las disposiciones legales en vigor sobre Propiedad Intelectual.
Se hace público, de acuerdo con los preceptos de la legislación de referencia.
Zamora 26 de Febrero de 1936. - El Gobernador, Luis Lavín Gautier.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 febrero 28

San Esteban del Molar
Don Ladislao Prieto Fernández

Confeccionado por el Comisionado nombrado al efecto por el limo. Sr. Delegado de Hacienda, se halla expuesto al público por el plazo de quince días el repartimiento general de utilidades de este término municipal, correspondiente al año 1935, durante cuyo plazo podrá ser examinado por los contribuyentes comprendidos en el mismo y formular durante el mismo y tres días más, las reclamaciones que se crean oportunas.
San Esteban del Molar 15 de Febrero de 1936. -El Alcalde, Ladislao Prieto.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 febrero 28

Junta de Clasificación y Revisión de Zamora
A los Ayuntamientos de la provincia - Circular

Próxima la fecha en que han de dar comienzo las revisiones, según preceptúan los artículos 216 y 217 del Reglamento de Reclutamiento y con el fin de que cuantas operaciones se efectúen se desarrollen con las formalidades y regularidad debidas, se observarán las siguientes prevenciones:
1ª La revisión de las operaciones practicadas por las Corporaciones municipales en el presente año, darán principio a las diez de cada uno de los días indicados al efecto, en las oficinas de esta Junta, situadas en el Cuartel viejo (Plaza de Galán y García Hernández), debiendo asistir, si causa justificada no lo impide, el personal que se halle en las condiciones que seguidamente se detallan:
Los excluidos total o temporalmente del servicio militar por enfermedad o defecto físico.
Los declarados útiles exclusivamente para servicios auxiliares.
Los que hayan reclamado o sido reclamados en tiempo oportuno por suscitarse dudas acerca de alguna enfermedad o defecto físico que hubieren alegado.
Los que hubieren reclamado contra algún acuerdo del Ayuntamiento y los interesados en estas reclamaciones que lo estimen oportuno.
Los sujetos a revisión de los reemplazos de 1932 y 1934 y agregado a estos años que tengan alguna revisión pendiente, excepto los que figuren con la clasificación de auxiliar y Caja, por ser esta definitiva.
Los excluidos temporales y útiles para servicios auxiliares que no correspondiéndoles revisar lo hayan hecho voluntariamente ante el Ayuntamiento y resulten clasificados útiles para todo servicio.
Los padres, hermanos o abuelos de los mozos que por impedimento físico o enfermedad originen prórroga de primera clase, teniendo presente que de éstos solo revisan los de los años citados.
2ª Con todo el personal que esté comprendido en los párrafos anteriores, asistirá a la sesión un comisionado, que deberá ser precisamente el Secretario o un Concejal del Ayuntamiento, enterado de las operaciones de reclutamiento, el cual responderá ante la Junta de la identidad de los mozos y sus familiares.
3ª Con arreglo a lo que preceptúan el párrafo segundo del artículo 177 del Reglamento y circular de 29 de Abril de 1927, los expedientes de prórroga y la documentación que señala el artículo 223, serán entregados con diez días de anticipación, por lo menos, al señalado a cada pueblo, incurriendo en la penalidad que señala el artículo 176 los Ayuntamientos que no lo efectúen, debiendo entregarla con el reintegro correspondiente.
Finalmente, debiendo ser norma de todos desempeñar el cometido de cada uno con el mayor celo y actividad, espero de los Ayuntamientos evitarán a esta Junta todo motivo del cual pudieran derivarse responsabilidades que necesariamente habrán de ser exigidas a los que dejaren incumplido algún precepto reglamentario.
Señalamiento de los días en que han de comparecer los Ayuntamientos al juicio de revisiones

Partido de Villalpando
Día 14 de Mayo

Cañizo
Castroverde Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes
Granja de Moreruela
Manganeses Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo

Día 16 de Mayo

Revellinos
Riego del Camino
San Agustín del Pozo
San Esteban del Molar
S. Martin Valderaduey
San Miguel del Valle
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Vidayanes

Día 19 de Mayo

Villafáfila
Villalba la Lampreana
Villamayor de Campos
Villalobos
Villalpando
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos

Zamora 6 de Marzo de 1936. — El Teniente Coronel, Presidente, Raimundo Hernández.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 marzo 11

Gobierno civil de la provincia de Zamora
Elecciones de Concejales - Convocatoria

En cumplimiento del Decreto y Orden circular que preceden, se publica la presente convocatoria para elecciones de Concejales en todos los Municipios de esta provincia, salvo los que tienen el carácter de Concejo abierto.

A tal efecto, se señalan las siguientes fechas:
Día 29 de Marzo actual, para que las Juntas, municipales se reúnan a los fines del artículo 37 de la Ley
Electoral de 8 de Agosto de 1907.
Día 5 de Abril, para la proclamación de candidatos.
Día 12 de Abril, para la elección.
Día 16 de Abril, para el escrutinio general.
Día 26 de Abril, para la segunda vuelta, en aquellos Municipios en que así proceda con arreglo a las disposiciones de la Ley de 27 de Julio de 1933, que a continuación se reproducen.
Día 30 de Abril, para el escrutinio correspondiente de las elecciones en segunda vuelta.

Disposiciones de la Ley de 27 de Julio de 1933

Para que los candidatos puedan ser proclamados Diputados a Cortes o Concejales, será necesario, además de aparecer con el mayor número de votos válidos escrutados, que uno o varios de los candidatos hayan obtenido un mínimo del 40 por 100 de dichos votos. En este caso, si los restantes candidatos hubieran obtenido un número de votos superior al 20 por 100 de los escrutados válidamente y entre aquéllos y éstos quedara cubierto el número total de vacantes a elegir, la proclamación alcanzará a todos los que reúnan estas condiciones.
Si ninguno de los candidatos obtuviera el 40 por 100 fijado, o la totalidad de las vacantes no se cubriera conforme a las prescripciones del párrafo anterior se celebrará una elección complementaria el segundo domingo después de la primera elección. En esta elección complementaria sólo se podrán computar votos a los candidatos que en la primera hubieren obtenido el 8 por 100 de los votos válidos escrutados.
Cuando en la primera vuelta no obtenga ninguno de los candidatos minoritarios el 8 por 100 de votos válidos escrutados, quedará libre la elección en segunda vuelta para los puestos vacantes. Si para la segunda vuelta no hay otros candidatos con más del 8 por 100 de votos válidos escrutados que el número justo de vacantes o puestos a cubrir quedarán aquellos proclamados definitivamente.

La relación que al final se inserta, contiene en primer lugar los Municipios en los que, por no exceder su población de derecho de 500 habitantes, según el Censo de 1930, y con arreglo a lo prevenido en el artículo 38 de la Ley Municipal de 31 de Octubre de 1935, serán Concejales todos los electores en Concejo abierto y en los cuáles el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Síndico serán elegidos de entre los electores que sepan leer y escribir; y a continuación todos los demás, con determinación del número de Concejales propietarios que a cada uno corresponde, tanto por las mayorías como por las minorías, según el referido Censo de población y con arreglo a la escala del artículo 39 de la Ley Municipal, que serán elegidos, así como sus suplentes, por sufragio universal, igual, directo y secreto.

Los Ayuntamientos se constituirán el día 18 de Mayo próximo, cesando el mismo día en sus funciones tanto las Comisiones gestoras actuales como los Concejales, cualquiera que haya sido la fecha de su elección, y para que, los Concejos abiertos y los Ayuntamientos, recuerden en el momento de su constitución el número de Tenientes de Alcalde y de Síndicos que les corresponde, se reproducen seguidamente los artículos 40 y 41 de la Ley municipal y se advierte que, por tratarse de renovación total, han de elegirse todos los cargos.

Ley Municipal

Artículo 40. El número de Tenientes de Alcalde en los Concejos abiertos será de dos, y en los Ayuntamientos él siguiente:

En los de 5 Concejales, 2.
En los de 7, 2.
En los de 9, 2.
En los de 13, 3.
En los de 15, 4.
En los de 19, 5.
En los dé 21, 6.
En los de 25, 7.
En los de 31, 8;
En los de 33, 9.
En los de 41, 10.

Artículo 41. El número de Síndicos será de uno en los Concejos abiertos y en los Ayuntamientos cuyos municipios no excedan de 100.000 residentes, y de dos en los demás.
Con arreglo a lo dispuesto en el apartado e) del artículo único de la Ley de 27 de Julio de 1933, las reclamaciones y protestas contra las elecciones municipales se substanciarán ante las Salas de lo Civil de las Audiencias territoriales cuando se trate de elecciones en capitales de provincia o poblaciones mayores de 50.000 habitantes, y ante las Audiencias provinciales en los demás casos.

Relación que se cita
Municipios cuya población no excede de 500 habitantes

Abezames
Alfaraz
Arcenillas
Arcos de la Polvorosa
Argañín
Arquillinos
Barcial del Barco
Boya
Bretocino
Brime de Urz
Carbellino
Carrascal
Castrillo de la Guareña
Cazurra
Cernadilla
Cibanal
Cubo de Benavente
Gamones
Gáname
Granucillo de Vidríales
Lanseros
Malillos
Matilla la Seca
Milles de la Polvorosa
Mogatar
Morales de Valverde
Navianos de Valverde
Otero de Centenos
Otero de Sanabria
Otero de Sariegos
Palacios del Pan
Palazuelo de Sayago
Peleas de Abajo
Piñuel
Pobladura Valderaduey
Pontejos
Prado
Quintanilla del Olmo
Quintanilla de Urz
Ricobayo
Róales
Rosinos de Vidríales
Salce
San Agustín del Pozo
San Pedro de la Viña
San Pedro de Zamudia
Cional
Cuelgamures
Cunquilla de Vidríales
Donado
Entrala
Escuadro
Fadón
Figueruela de Abajo
Figueruela de Sayago
Fontanillas de Castro
Formariz
Fresno de la Polvorosa
Fuente el Carnero
Fuente Encalada
Fuentesecas
Gallegos del Pan
Codesal
San Román del Valle
Santa Colomba Carabias
Santa Colomba Monjas
Santa María de Valverde
Sitrama de Tera
Sobradillo de Palomares
Sogo
Tamame
Tardemezar
Tardobispo
Torrefrades
La Tuda
Valdefinjas
Valdemerilla
Vegalatrave
Vidayanes
Villageriz
Villalazán
Villamor de Cadozos
Villamor de la Ladre
Villanueva de Azoague
Villanueva de Campeán
Villanueva de las Peras
Villardefallaves
Villárdiga
Villaveza del Agua
Villaveza de Valverde
Viñuela de Sayago
Zafara

Municipios de 501 a 1.000 habitantes

Abelón
Alcubilla de Nogales
Algodre
Andavías
Argujillo
Argusino
Aspariegos
Badilla
Benegiles
Bercianos de Vidríales
Bretó de la Ribera
Brime de Sog
Burganes de Valverde
Bustíllo del Oro
Cabañas de Sayago
Cañizo
Casaseca de Campeán
Casaseca de las Chañas
Castronuevo
Cerecinos del Carrizal
Cerezal de Aliste
Colinas de Trasmonte
Coomonte
Cotanes del Monte
Cubillos
Cubo del Vino
Espadañedo
Faramontanos da Tábara
Perreras de Arriba
Fornillos de Fermoselle
Fresno de la Ribera
Fresno de Sayago
Friera de Valverde
Fuentespreadas
Gema
Granja de Moreruela
Guarrate
Hiniesta (La)
Jambrina
Justel
Losacino
Losacio
Luelmo
Maderal (El)
Maire de Castroponce
Santa Croya de Tera
Santa María de la Vega
Santibáñez de Vidríales
Santovenia
San Vicente del Barco
Tagarabuena
Tapioles
Valcabado
Valdescorriel
Valparaíso
Vallesa de la Guareña
Vega de Villalobos
Videmala
Villabrázaro
Villadepera
Villaferrueña
Villalba de la Lampreana
Malva
Manzanal del Barco
Manzanal de los Infantes
Matilla de Arzón
Mayalde
Melgar de Tera
Molacillos
Molezuelas la Carballeda
Mombuey
Monfarracinos
Moral de Sayago
Moralina
Moreruela los Infanzones
Muelas de los Caballeros
Muelas del Pan
Muga de Sayago
Otero de Bodas
Palacios de Sanabria
Pego (El)
Peleagonzalo
Peleas de Arriba
Peque
Perilla de Castro
Pías
Piedrahita de Castro
Pino
Piñero (El)
Pobladura del Valle
Porto
Pozuelo de Tábara
Pozuelo de Vidríales
Pueblica de Valverde
Quintanilla del Monte
Quiruelas de Vidríales
Requejo
Revellinos
Riego del Camino
Róelos
Samir de los Caños
San Cebrián de Castro
San Ciprián
San Esteban del Molar
San Marcial
San Martin de Valderaduey
Sta. Clara de Avedillo
Terroso
Torre del Valle
Torregamones
Torres del Carrizal
Ungilde
Uña de Quintana
Vadillo de la Guareña
Villalcampo
Villalonso
Villalube
Villanázar
Villardeciervos
Villar del Buey
Villardiegua de la Ribera
Villardondiego
Villaseco
Villavendimio

Les corresponde elegir cinco Concejales, cuatro por la mayoría y uno por la minoría.

Municipios de 1.001 a 2.500 habitantes.

Alcañices
Almaraz de Duero
Almeida
Arrabalde
Asturianos
Ayoó de Vidríales
Belver de los Montes
Bermillo de Sayago
Bóveda de Toro
Calzadilla de Tera
Camarzana de Tera
Cañizal
Carbajales de Alba
Castrogonzalo
Castroverde de Campos
Ceadea
Cerecinos de Campos
Cobreros
Coreses
Corrales
Fariza
Ferreras de abajo
Ferreruela
Figueruela de Arriba
Fonfría
Fuentelapeña
Fuentes de Ropel
Gallegos del Rio
Hermisende
Lubián
Madridanos
Mahide
Manganeses la Lampreana
Manganeses la Polvorosa
Manzanal de arriba
Micereces de Tera
Montamarta
Moraleja del Vino
Moraleja de Sayago
Morales del Vino
Morales de Rey
Morales de Toro
Moreruela de Tábara
Olmillos de Castro
Pajares de la Lampreana
Pedralba de la Pradería
Peñausende
Perdigón (El)
Pereruela
Pinilla de Toro
Pozoantiguo
Puebla de Sanabria
Rabanales
Rábano de Aliste
Riofrío de Aliste
Ríonegro del Puente
Robleda de Cervantes
Rosinos de la Requejada
San Cristóbal Entreviñas
San Justo
San Miguel de la Ribera
San Miguel del Valle
San Pedro de Ceque
San Pedro de la Nave
Sarita Cristina Polvorosa
San Vicente de la Cabeza
San Vítero
Sanzoles
Tábara
Trabazos
Trefacio
Vega de Tera
Venialbo
Vezdemarbán
Villabuena del Puente
Villaescusa
Villafáfila
Villalobos
Villamayor de Campos
Villamor los Escuderos
Villaralbo
Villarrín de Campos
Viñas

Les corresponde elegir siete Concejales, cinco por la mayoría y dos por la minoría.

Municipios de 2.501 a 5.000 habitantes

Fermoselle
Fuentesaúco
Galende
Villalpando
Villanueva del Campo

Les corresponde elegir nueve Concejales, seis por la mayoría y tres por la minoría.

Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes

Benavente Toro

Les corresponde elegir trece Concejales, nueve por la mayoría y cuatro por la minoría.

Municipios de 20.001 a 50.000 habitantes

Zamora

Le corresponde elegir diecinueve Concejales, trece por la mayoría y seis por la minoría.

Zamora 22 de Marzo de 1936. El Gobernador, Luis Lavín Gautier.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 marzo 22
Heraldo de Zamora: Defensor de los intereses morales y materiales de la provincia: 1936 marzo 24

San Esteban del Molar
Don Ladislao Prieto Fernández

Don Ladislao Prieto Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Esteban del Molar.
Hago saber: Que debiendo verificarse la cobranza del 1.° y 2.° trimestre del repartimiento de utilidades del año 1935, se avisa a los contribuyentes por citado impuesto del distrito de San Esteban del Molar, en cumplimiento de lo que preceptúa el artículo 65 y siguientes del Estatuto de Recaudación de 18 de Diciembre de 1928. que la cobranza de referidos trimestres tendrá lugar en los días 26, 27 y 28 del actual mes de Marzo, desde las nueve de la mañana a tres de la tarde, en el sitio designado al efecto.
En su consecuencia, para que llegue a conocimiento de todos los contribuyentes del citado distrito municipal y a fin de que puedan satisfacer sus cuotas sin los recargos que para los morosos determina el artículo 67 de dicho Estatuto, se invita a los mismos por medio del presente edicto a que verifiquen el pago de sus respectivas cuotas en el plazo señalado. Al propio tiempo se hace saber, que transcurrido el último día del citado mes en que termina el primer periodo de cobranza voluntaria, podrán satisfacer hasta el día 10 del mes de Abril sus cuotas en el domicilio del Recaudador, D. Sinforoso Torio Rodríguez, sito en la calle Oriente de San Esteban del Molar, sin recargo alguno.
También se hace saber a los contribuyentes, que pasado dicho día incurrirán en apremio sin más notificación ni requerimiento; pero si lo satisfacen durante los diez últimos días de dicho mes, solo tendrán que abonar un 10 por 100 de recargo, que automáticamente se elevará al 20 por 100 el día 1º de Mayo siguiente.
San Esteban del Molar 14 de Marzo de 1936 -El Alcalde, Ladislao Prieto. -P. S. M., El Secretario. Julián del Caño.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 marzo 27

Administración de Propiedades y Contribución territorial de la provincia de Zamora
Anuncio

Se pone en conocimiento de los señores propietarios de riqueza rustica de los términos municipales que al final se relacionan, que desde esta fecha y durante ocho días, estarán expuestos al público en los Ayuntamientos respectivos, los padrones de la contribución por rustica para el próximo ejercicio de 1936-37, pudiendo formular ante la junta pericial cuantas reclamaciones estimen oportunas, siempre que versen sobre errores aritméticos o de copia. Zamora 24 de Marzo de 1935. –El Administrador, José Sevilla.

Relación que se cita.

Vega de Villalobos, Revellinos de Campos, Gallegos del Pan, Gema del Vino y San Esteban del Molar.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 marzo 30

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora
Contribución industrial y derechos reales Recaudación ejecutiva
Presupuestos de 1932 a 1935.

Providencia. — Resultando de las gestiones practicadas por esta oficina recaudatoria que los deudores comprendidos en este expediente a pesar de figurar en las listas cobratorias como vecinos de tales localidades, se desconoce en la actualidad su paradero y el de los herederos en su caso, y no habiendo cumplido indicados deudores con lo dispuesto en el artículo 153 del Estatuto de recaudación de 18 de Diciembre de 1928, de conformidad a lo que dispone el artículo 154 de dicho Estatuto, procédase a notificarles los débitos que les resultan en este expediente por medio de edictos que se fijarán en la tabla de anuncios de estas Casas Consistoriales y se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia, requiriéndoles para que comparezcan en el expediente y les hagan efectivos, con la advertencia de que si no lo hacen en el plazo de ocho días, se proseguirá el procedimiento en rebeldía sin intentar nuevas notificaciones. Los deudores a quien se refiere la anterior providencia, con expresión de sus débitos por principal y recargos, son los siguientes:

Contribución rustica
Zona de Villalpando – Recaudador. D. Tomas Gallego.
Pueblo de San Esteban del Molar

Manuel Aliste Teso
Francisco Azcona Méndez
Mauricia Cabezas García
Francisco Cadena Rodríguez
Manuel Calzada Alonso
Isidora Carbajo González
Venancio Delgado León
Ventura Delgado León
Andrés Escudero
Fructuoso Escudero León
Matías Esteban Temprano
José Fernández Pascual
Liborio Fidalgo
Vicente Figueras García
Herederos Fulgencia Flórez
Herederos Santiago Franco Alonso
Higinio Gangoso Blanco
Atilano Girón Posada
13,80
14,50
4,25
19,90
9,50
21,50
7,50
7,50
31,50
6,90
14,75
15,80
23,90
3,75
40,50
14,20
10,20
11,25
Josefa Granado Iglesias
Zacarías Granado Iglesias
Guillermo León Calzada
Blasa Madero Calzada
Dorotea Madero Calzada
Julia Prieto Centeno
Pascasio Prieto Labra
Pascasio Prieto Vega
José María Prieto Villafáfila
Daniel Rodríguez Fernández
Celestino Rodríguez Gangoso
Eufemio Rodríguez Hidalgo
Manuel Rodríguez Sánchez
Pedro Santiago Roales
José del Teso León
Marcelina Torio Rodríguez
Jacinto Vega Flores
Antonio Vecino Vaquero
2,25
11,80
49,25
5,10
10,25
25,80
55,75
10,20
23,50
5,15
3,75
6,15
2,90
10,90
6,90
13,90
13,90
5,15

Y para que llegue a conocimiento de los respectivos deudores herederos y acreedores en su caso y su inserción en el Boletín Oficial de la provincia, expido el presente edicto, — Los Recaudadores, Florián Ferreras, Tomás Gallego y Luis Domínguez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 abril 6

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora - Cuentas

Fijadas definitivamente por las Comisiones permanentes las cuentas municipales correspondientes al ejercicio económico que se cita, se hallan expuestas al público en las Secretarías de los Ayuntamientos que al final se expresan, por término de quince días, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 579 del Estatuto municipal de 23 de Agosto de 1924, durante los cuales los vecinos podrán examinarlas libremente y presentar las reclamaciones, reparos y observaciones contra dichas cuentas; pues transcurrido que sea el plazo indicado, no se admitirán ninguna.
San Esteban del Molar, año de 1935.
Sanzoles, años de 1931, 1932 y 1933.
Casaseca de las Chanas, año de 1935.
Rábano de Aliste, año de 1935.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 abril 27

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora
Segundo trimestre de 1936

En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Estatuto de Recaudación, en su artículo 65, dará principio desde el día 1º de Mayo al último día de dicho mes, la cobranza voluntaria de las contribuciones e impuestos del Estado, correspondiente al expresado trimestre, en los días señalados a cada distrito municipal.

Zona de Villalpando

Cañizo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes del Monte
Granja de Moreruela
Manganeses de la Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín del Pozo
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
2 y 3
4, 5 y 6
7 y 8
10
7 y 8
17 y 18
9
1
11
1
11
16
10
7 y 8
2
San Miguel del Valle
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villafáfila
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
15 y 16
12
13 y 14
9 y 10
12
13 y 14
20 y 21
11 y 12
1 Mayo a 10 Junio
5 y 6
17, 18 y 19
4
3
22 y 23

Conforme al artículo 65 del vigente Estatuto de recaudación, los contribuyentes correspondientes a los pueblos podrán satisfacer sus recibos independientemente de los días señalados anteriormente, en las capitales de las zonas, durante los días 1 al 10 del tercer mes del trimestre.
Se advierte a los contribuyentes de que si dejan transcurrir el día 10 del tercer mes del trimestre sin satisfacer sus recibos, incurren conforme al artículo 67, en apremio con el recargo del 20 por 100 por único grado, sin más notificación, ni requerimiento, pero que si pagan sus débitos en la capitalidad de las zonas desde el 21 al último de dicho tercer mes, ambos inclusive, solo tendrán que satisfacer como recargo el 10 por 100 del débito.
Zamora 27 de Abril de 1936. -El Tesorero de Hacienda, Faustino Castaño.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 mayo 1

San Esteban del Molar
Don Vicente Tejedor Rodríguez

Don Vicente Tejedor Rodríguez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de San Esteban del Molar.
Hago saber: Que por el Ayuntamiento de mi presidencia han sido designados Vocales natos de las Comisiones de evaluación en sus partes real y personal para la confección del repartimiento de utilidades del año actual.

Parte real

Don Eusebio Temprano Mayo, mayor contribuyente por rústica, vecino.
Don Antonio García Piorno, mayor contribuyente por rústica, con domicilio fuera del término.
Don Jesús Villafáfila Iglesias, mayor contribuyente por urbana, vecino.
Don Eladio Alonso Martínez, mayor contribuyente por industrial, vecino. .

Parte personal

Don Salustiano Prieto Labra, contribuyente por rústica, vecino.
Don Pablo Rodríguez Diez, mayor contribuyente por riqueza urbana, vecino.
Don Julián Sánchez del Teso, mayor contribuyente por industrial, con domicilio en el término.

Lo que se hace público a los efectos del artículo 489 del Estatuto municipal.
San Esteban del Molar 31 de Marzo de 1936. - El Alcalde, Vicente Tejedor.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 mayo 4

San Esteban del Molar
Subasta de aprovechamiento de pastos

La Comisión gestora que me honro en presidir tiene acordado subastar el aprovechamiento de- las hierbas, mayores y menores de las praderas comunales, a las diez de la mañana del octavo día hábil siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de esta provincia, arreglándose la subasta al tipo y condiciones del oportuno pliego expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento.
San Esteban del Molar 3 de Mayo de 1936. -El Alcalde. Vicente Tejedor.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 mayo 8

San Esteban del Molar - Repartimientos

Terminados por los ayuntamientos plenos de los pueblos que a continuación se expresan los proyectos de los presupuestos ordinarios para el año de 1936, se encuentran expuestos a público por termino de quince días en las Secretarias de los Ayuntamientos respectivos para oír las reclamaciones que se presenten, pasado dicho plazo no serán oídas.
Torrefrades, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
San Esteban del Molar, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
Cibanal, año de 1935, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaria del Ayuntamiento.
La Hiniesta, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
Valdescorriel, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
Villardondiego, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
Castronuevo, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaria del Ayuntamiento.
Villardefallaves, año de 1935, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
Tagarabuena, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 mayo 11

San Esteban del Molar
Subasta de aprovechamiento de pastos.

Habiendo quedado desierta la subasta de las hierbas mayores y menores de los prados comunales que tuvo lugar el día 18 de los corrientes, se anuncia una segunda subasta que habrá de celebrarse a las diez de la mañana del quinto día hábil siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial, ajustándose la subasta al pliego de - condiciones formado para la primera subasta con la variante de una rebaja de un cinco por ciento de los tipos iniciales del mismo y que se halla expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento.
San Esteban del Molar 22 de Mayo de 1936, -El Alcalde, Vicente Tejedor.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 mayo 29

San Esteban del Molar - Repartimientos de Utilidades

Terminados por las Comisiones respectivas de los pueblos que a continuación se citan, los repartimientos de utilidades en sus dos partes real y personal para el año que también se expresa, se encuentran expuesto al público por el termino de quince días y tres más, para oír reclamaciones.
Manzanal del Barco, año de 1936, el repartimiento por licencias para el tránsito de animales domésticos por las vías públicas, por el término de ocho días, en la Secretaría del Ayuntamiento. Gema, año de 1935, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaría del Ayuntamiento.
San Esteban del Molar, año de 1936, el de utilidades, por el término de quince días y tres más, en la Secretaria del Ayuntamiento.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 1

Gobierno civil de la provincia de Zamora - Circular

La Gaceta de Madrid, correspondiente al día 20 de los corrientes, publica una circular de la Dirección general de Administración, disponiendo que por las Secciones de Administración local se elaboren las estadísticas relacionadas con la vida municipal, y encontrándose la Sección de esta provincia sin datos de muchos Ayuntamientos (todos los de la provincia excepto los que se detallan en la relación adjunta), por no haber presentado aún las liquidaciones de los presupuestos del pasado año y como quiera que dichos documentos son indispensables y obligatoria su presentación dentro de los cuarenta días siguientes al finalizar un ejercicio, encarezco del celo de los señores Alcaldes y Secretarios la urgente presentación de dichas liquidaciones en el plazo de treinta días, pues transcurrido éstos, nombraré Comisionados que pasen a los Ayuntamientos a confeccionar referidas liquidaciones, con cargo las dietas y gastos de locomoción a las personas responsables del incumplimiento servicio.
Zamora 30 de Mayo de 1936. El Gobernador, Luis Lavín Gautier.

Relación de los Ayuntamientos de esta provincia que en esta fecha tienen presentadas las liquidaciones de los presupuestos a que se refiere la circular anterior: Algodre, Arcenillas, Aspariegos, Ayoó de Vidríales, Belver de los Montes, Benegiles, Bretó, Brime de Sog, Burganes de Valverde, Casaseca de las Chanas, Castroverde de Campos, Cotanes, Cubo del Vino, Fermoselle, Fuente el Carnero. Fuentesaúco. Fuentesecas, Gáname, Losacio, Malillos, Melgar de Tera, Milles de la Polvorosa, Molacillos, Montamarta, Moraleja de Sayago, Piedrahita de Castro, Pontejos, Requejo, Riego del Camino. Rosinos de Vidríales, San Esteban del Molar, San Martín de Valderaduey, Santibáñez de Vidríales, Sobradillo de Palomares, Sogo, Tardemezar, Terroso, Toro, Torres del Carrizal, Vega de Villalobos, Vezdemarbán, Villaferrueña, Villamayor de Campos, Villárdiga y Zamora.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 5

Comisión Gestora de la Diputación provincial de Zamora
Cedulas Personales - Circular

Esta Comisión, en sesión de 9 de los corrientes, acordó aprobar las cuentas de cédulas personales que a continuación se expresan: Correspondientes al ejercicio de 1935, periodo voluntario y Ayuntamientos de Arcos de la Polvorosa, Argañín. Bermillo de Sayago, Cañizal, Codesal, Colinas de Trasmonte, Coomonte, Espadañedo, Malva, Morales de Rey, Moreruela de Tábara. Pajares, Palacios del Pan, Peleagonzalo, Robladura de Valderaduey, Porto, Requejo, Rionegro del Puente, Robleda, San Marcial, San Esteban del Molar, San Justo, Santa Colomba de las Monjas, Santa Croya de Tera, Tapioles, Tardemezar. Terroso, Torres del Carrizal, Vega de Tera, Venialbo, Villadepera, Villalonso y Villavendimio.
Correspondientes al periodo ejecutivo ejercicio de 1934 y Ayuntamientos de Valcabado y Zamora.
Lo que se hace público en este periódico oficial para conocimiento de referidos Ayuntamientos.
Zamora 10 de Junio de 1936. — El Presidente, Gonzalo Alonso. — El Secretario, A. Casaseca.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 15

San Esteban del Molar
Vicente Tejedor Rodríguez, Presidente de la Comisión Gestora

Confeccionada la ordenanza para el repartimiento de utilidades que ha de girarse para el ejercicio corriente por la Comisión gestora que me honro en presidir, se expone al público por quince días en estas Casas Consistoriales, al objeto de oír reclamaciones contra la misma.
San Esteban del Molar 4 de Junio de 1936. - El Presidente de la Comisión gestora, Vicente Tejedor.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 17

Comisión Gestora de la Diputación provincial de Zamora
Cédulas personales

Esta Comisión, en sesión de 18 del actual, acordó aprobar los padrones de cédulas personales del ejercicio de 1936, correspondientes a los Ayuntamientos que a continuación se expresan, sin perjuicio de las resoluciones que se puedan adoptar, en virtud de las comprobaciones y fiscalizaciones de las bases de tributación o de las reclamaciones que se produzcan contra dichos padrones.

Ayuntamientos

Almaraz de Duero, Arquillinos, Burganes de Valverde, Cañizal, Castrillo de Guareña, Corrales, Cubo de Benavente, Entrala, Faramontanos de Tábara, Fonfría, Fontanillas de Castro, Gallegos del Río, Granja de Moreruela, Maire de Castroponce, Malillos, Manzanal de arriba, Manzanal del Barco, Molezuelas de la Carballeda, Montamarta, Moraleja de Sayago, Morales de Valverde, Palazuelo de Sayago, Pego (El), Peleas de abajo, Pobladura del Valle, Pobladura de Valderaduey, Porto, Pozoantiguo, Prado Quiruelas de Vidríales, San Cristóbal de Entreviñas, San Esteban del Molar, Santa Colomba de las Carabias, Santa Croya de Tera, San Vicente de la Cabeza, Sobradillo de Palomares, Tábara, Tardobispo, Toro, Valdefinjas, Valdescorriel, Vegalatrave, Villabrázaro, Villabuena del Puente, Villadepera, Villaescusa, Villalpando, Villalube, Villamor de Cadozos, Villarrín de Campos y Villaveza del Agua.
Lo que se pone en conocimiento de los Ayuntamientos interesados para su conocimiento, a los efectos de lo preceptuado en el artículo 27 de la vigente Instrucción de cédulas personales.
Zamora 19 de Junio de 1936. — El Presidente, Gonzalo Alonso. — El Secretario, A. Casaseca.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 22

Jefatura de Obras públicas
Carreteras

Recibidas las obras de reparación del firme con un primer riego de emulsión asfáltica y un segundo riego de betún, previo un recargo general de piedra machacada de los kilómetros 253 y 254 de la carretera de primer orden de Madrid a La Coruña, cuyas obras se han desarrollado en los términos municipales de San Esteban del Molar y Castrogonzalo, y de las cuales es contratista D. Ladislao Gil Cacho, vecino de Salamanca, Sánchez Ruano, 33, de conformidad con lo que previene la Real orden de 3 de Agosto de 1910, se hace público en este periódico oficial, a fin de que durante el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los que tengan que reclamar contra el contratista por daños y perjuicios ocasionados con la ejecución de las obras, por deudas de jornales o materiales empleados en las mismas y por indemnizaciones de accidentes del trabajo, lo hagan ante el Juzgado correspondiente, debiendo acreditar ante la Alcaldía respectiva o Jefatura de Obras públicas de la provincia, haberlo hecho dentro del plazo señalado; entendiéndose que si se acredita haber presentado esas reclamaciones dentro del plazo, se estará a las resultas de lo que resuelva el Juzgado respectivo, pero si no se acredita, se abonará el saldo y se declarará libre la fianza.
Los Alcaldes de los Municipios en donde radican las obras, deberán exponer al público en los sitios de costumbre el presente anuncio, y una vez finalizado el plazo que en el mismo se señala, remitirán a la Jefatura de Obras públicas de la provincia, dentro de los cinco días siguientes, las reclamaciones que se hayan presentado; considerándose, si así no lo hacen, que no se han presentado reclamaciones.
Zamora 13 de Junio de 1936, — El Ingeniero Jefe, José Crespo Álvarez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 junio 24

Sección Administrativa de Primera enseñanza de Zamora

Don Juan Santos Prada, Jefe de la Sección Administrativa de Primera enseñanza de Zamora.
Hago saber: Que Dª Concesa Costilla Labra, vecina de esta capital, solícita del Ilmo. Sr. Director general de primera enseñanza la autorización correspondiente para el funcionamiento legal de un Colegio de primera enseñanza no oficial, a cuyo fin y entre otros documentos acompaña los que a continuación se expresarán:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 8º del Real decreto de 1º de Julio de 1932, e instrucción 3ª de la Real orden de 1º de Septiembre del mismo año, se concede un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, para que ante la autoridad local puedan presentarse reclamaciones contra el funcionamiento del expresado establecimiento, que habrán de ser por motivos de moralidad y buenas costumbres y por causas de higiene, según en el ya citado artículo 8º se determina. Zamora 29 de Mayo de 1936.- El Jefe de la Sección, juan Santos.

Documentos que se citan.

Instancia. - En un pliego de papel de 8ª clase, al que hay adherido un sello del Colegio de Huérfanos del Magisterio de cincuenta céntimos. - Ilmo. Sr. Director general de 1ª enseñanza. - Concesa Costilla Labra, soltera, mayor de edad, con residencia en esta ciudad, calle de San Torcuato, número 67, y provista de cédula personal del ejercicio corriente, a V. I. con el debido respeto expone: Que habiendo adquirido en traspaso el Colegio de 1ª enseñanza no oficial, titulado «Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa», establecido en esta ciudad, calle de San Torcuato, número 67, cuyo funcionamiento fue autorizado por el Ilmo. Sr. Rector de la Universidad Literaria de Salamanca, en el Curso de 1903 a 1904, habiendo funcionado en la calle de la Rúa, número 34, de esta capital, hasta Noviembre de 1923, en que se trasladó al edificio en que actualmente funciona, para lo cual se solicitó permiso de esa Dirección general en instancia presentada en la Sección Administrativa de 1ª enseñanza de esta provincia de 30 de Noviembre de 1923 y deseando la exponente continuar ejerciendo la enseñanza primaria no oficial al frente del mencionado establecimiento, teniendo como profesores del mismo personas que estén en posesión de los correspondientes Títulos académicos, a V. I. suplica le sea concedida la oportuna autorización, a cuyo efecto acompaña los justificantes que exigen las disposiciones vigentes. - Es gracia que espera merecer de la rectitud de V. I. Zamora 2 de Febrero de 1933. - Concesa Costilla. - Rubricado.

Partida de nacimiento. - En un pliego de papel de 8ª clase. - D. Hilario Barrero Rodríguez, juez municipal y encargado del Registro civil de San Esteban del Molar (Zamora). Certifico: Que en el tomo décimo de la Sección de Nacimientos de este Registro civil de mí cargo, al folio 77, se halla el Acta de inscripción que literalmente dice así: Al margen. Nº 77. - Concesa Costilla Labra. - Al centro. - En San Esteban del Molar, a las diez de la mañana del día veintiuno de julio de mil novecientos cuatro, ante D. Felipe Labrador, juez municipal de la misma y D. Manuel López, Secretario, compareció José Costilla Gutiérrez, natural de Villafáfila, provincia de Zamora, de treinta y siete años de edad, profesión labrador, de estado casado, domiciliado en la calle Ancha, según lo hace constar con la cédula personal que exhibe y vuelve a recoger, solicitando la inscripción en el Registro civil de este juzgado, de una niña y al efecto como padre de la misma declaró: Que dicha niña nació viva en la casa del declarante, el día de ayer a las ocho de la mañana. - Que es hija legítima del declarante y de Dª Dolores Labra Villafáfila, natural de esta villa, de treinta y siete años de edad y domiciliada en el del declarante; que es nieta por línea paterna de don Gregorio Costilla, natural de Villafáfila, difunto y de Dª Josefa Gutiérrez, difunta, natural de dicho Villafáfila; y por línea materna de D. Nemesio Labra, natural de Vidayanes, difunto y de Dª Valeriana Villafáfila, natural de esta villa y difunta y que a la expresada niña se le ha de poner por nombre Concesa. - Todo lo cual presenciaron como testigos Indalecio Barrero y Pablo iglesias, naturales de este pueblo, de profesión labradores, mayores de edad y domiciliados en la calle de la Paz. - Leída íntegramente este Acta a las personas que deben suscribirla e invitadas a que la leyeran por sí mismas si lo deseaban, se estampó en ella el sello del Juzgado municipal y la firma del Sr. Juez, el declarante y testigos de que yo, el Secretario certifico: Felipe Labrador.- Rubricado y sellado. - José Costilla Gutiérrez. - Pablo Iglesias. - Indalecio Barrero. - Manuel López.- Rubricado. - Y para que conste y surta efectos donde convenga a la interesada, expido la presente que firmo y sello con el de este Juzgado, en San Esteban del Molar a veinticinco de Enero de mil novecientos treinta y tres. - P. S. M., El Secretario habilitado, Nicolás López.- Rubricado.- El Juez municipal, Hilario Barrero. - Rubricado. Hay un sello que dice: juzgado municipal de San Esteban del Molar, Zamora.

Certificación de buena conducta. -En un pliego de papel de 7ª clase, al que hay unido un timbre municipal de dos pesetas. -D. Cruz López García. -Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Zamora. -Certifico:
Que Dª Concesa Costilla Labra, mayor de edad, Maestra de 1ª enseñanza y vecina de esta ciudad, viene observando buena conducta, no existiendo en la Alcaldía antecedente alguno que le sea desfavorable. Y según resulta de los informes emitidos respectivamente por los Sres. Arquitecto escolar e Inspector municipal de Sanidad del Distrito, el local donde aquella tiene instalado un Colegio privado titulado de la Medalla Milagrosa, no se opone a las ordenanzas municipales en cuanto a sus condiciones de seguridad, salubridad e higiene. - Y para que conste expido la presente a petición de la interesada en Zamora a siete de Febrero de mil novecientos treinta y tres. - Cruz López. - Rubricado. - Hay un sello que dice: Alcaldía Constitucional Zamora.

Copia del Título profesional. - En un pliego de papel al que hay unida una póliza de 10 clase.
- Hay una póliza de treinta pesetas. - S.M. El Rey D. Alfonso XIII, y en su nombre el Ministro de Instrucción pública y Bellas Artes.
- Considerando que, conforme a las disposiciones y circunstancias prevenidas por la actual legislación. Dª Concesa Costilla Labra, natural de San Esteban del Molar, provincia de Zamora, de edad de 24 años, ha hecho constar su suficiencia en la Escuela Normal de Zamora, expido el presente Título de Maestra de 1ª enseñanza que autoriza a la interesada para ejercer con arreglo a las leyes y reglamentos vigentes la profesión de Maestra. - Dado en Madrid, a 22 de Mayo de 1929. - Por el Sr. Ministro. El Director general de 1ª enseñanza, Suarez Somonte. - Rubricado. - El jefe de la Sección, Rodrigo de Nó. - Rubricado. - La interesada. Concesa Costilla Labra. - Rubricado. - Registro especial de la Sección de Títulos, folio 32, número 1 017. - Escuela Normal de Maestras. - Registrado al folio 30, número 716 del libro correspondiente. - Zamora 22 de junio de 1929. - La Secretaria accidental, Juana Santos Coco. - Rubricado. - Hay un sello que dice: Escuela Normal de Maestras de Zamora.

Cuadro de enseñanzas. - En un pliego de papel al que hay unida una póliza de 10 clase.- La Medalla Milagrosa, Colegio de 1º enseñanza. - Cuadro de asignaturas que se dan en este Colegio. - Nº de orden. - Asignaturas. - Autores. - 1, Lectura de libros amenos e instructivos. - 2, Escritura inglesa, española y redondilla. - 3, Gramática castellana, F.T. D. - 4, Aritmética, F.T.D. - 5, Nociones de Geometría. F.T.D. - 6, Geografía e Historia, F.T.D. - 7, Nociones de Ciencias Físicas, Químicas y Naturales, Ascarza. - 8, Nociones de Higiene y Fisiología humana, Ascarza.- 9, Rudimentos de Derecho, Ascarza. - 10, Dibujo, V. Masríera. - 11, Trabajos manuales, Solana. - 12, Canto, Ch. Schumann. - 13, Ejercicios corporales. Cartilla gimnástica infantil. -14, Urbanidad, Gambón. - 15, Ortografía, Luelmo. - 16, Religión. - Zamora 2 de Febrero de 1933. - Concesa Costilla. - Rubricado.

Catálogo del material. - En un pliego de papel al que hay unida una póliza de 10 clase. - Catálogo del material del Colegio de 1ª enseñanza »La Medalla Milagrosa». - Nº Designación de los objetos. - Buen uso 4 Mesas para profesoras, 4. - 6 Sillas. 6. - 21 Mesas de cuatro asientos cada una, 21. - 15 Bancos para párvulos, 15. - 4 Encerados, 4. - 4 Perchas. 4. - 2 Relojes, 2. - 5 Mapas de España, 5. - Ídem de Zamora, 2. - Ídem de Europa, 2. - 4 Ídem de Asia. - 1 ídem de América, 2. - 3 ídem Mundi, 1. - Ídem Mudos, 6; 7. -2 Armario, 2. -1 Compendi, 1. - 7 Caballetes con sus carteles, 7. -2 Esferas, una terrestre y otra armilar. -Colección de láminas de Historia Natural. -Ídem de Fisiología. - Vitrina Físico-química. - 1 Esqueleto. 1. - Juego completo de Geometría. - Tinteros, tinta, clarión, material para trabajos manuales lo necesario. - Zamora 2 de Febrero de 1933. - Concesa Costilla. - Rubricado.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 agosto 10

Suscripción Nacional para Tesoro Público

Lista de donativos recluidos en el día 19 de Agosto 1936

Isidoro López, una sortija de oro.
Fernando Medinaveitia, dos sellos de oro y una alianza.
Alejandro López Berrocoso, 200 pesetas.
Lucía Medinaveitia, una sortija de oro.
Emilia Vinuesa, un par de pendientes, un broche, una alianza y dos libras esterlinas.
Valentín Prieto y señora, un par gemelos, dos botones pechera, un par de pendientes, un par de abridores, dos sortijas de sello de oro, una alianza y una cadenita.
Benjamín Prieto Sánchez, 100 pesetas.
Prudencio Gutiérrez Madrigal, 1 .500 pesetas.
Julia Aguiar Barrios, 4.000 pesetas.
Florencio Rueda 1 .000 pesetas.
Prudencio Gutiérrez Madrigal y señora, tres monedas de 25 pesetas.
Manuel Prieto Madrigal, una moneda de 25 pesetas.
Emilio Ramos Almendral, una moneda de oro de 5 pesetas.
Ayuntamiento y vecinos de San Martín de Valderaduey, 962 pesetas.
José Villalba Calvo, 500 pesetas.
Viuda de Cabello 50 pesetas.
Ángela Zabala Cabello, una sortija de oro.
Viuda de Cabello, una pulsera, un rosario, una cadena, un dije-moneda de 10 pesetas, tres puños de bastón, dos pasadores camisa.
María Victoria, Consuelo Isabel Chamorro Esteban, media onza, 1 por 100 de onza, una moneda de 20 francos y cuatro de 10 francos y una de 25 pesetas y tres de 10 pesetas.
Adelaida Román de Luelmo, una moneda de 25 pesetas.
Francisco Irastorza y Panera, un par de gemelos y dos alianzas.
Esteban Mola y señora, dos sortijas, una alianza y cadena de oro.
Ayuntamiento de Piedrahita de Castro.
Ayuntamiento y vecinos de San Esteban del Molar, 440,85 pesetas.
Ídem de Vega de Villalobos, 265 pesetas.
Acción Popular de Sobradillo de Palomares, 25 pesetas.
Agapito Baz, una moneda de 25 pesetas.
Francisco Iglesias, un broche de oro y piedras.
Álvaro García de Castro, 500 pesetas.
Elisa Martín de García de Castro, dos cadenas, un lapicero, un sello de oro, dos alianzas, una medalla, media libra esterlina, una moneda de 10 pesetas y una moneda peruana.
Rosario de Castro, dos alianzas, una onza, tres libras esterlinas y en efectivo 1.000 pesetas.
Pió Méndez, 25 pesetas.
Fernando Rueda, una moneda de 25 pesetas.
Ángel Rueda 1 Libra E.
Julio Rueda, 1 L. id.
Vicente Tomé, 5 monedas de 25 pesetas.
Rosario Gómez de Nieto, un reloj señora, oro.
Ramón Aguiar Ruiz, un sello de oro.
Viuda de Álvarez, seis sortijas y una pulsera.
Paz y Pilar Prieto, cinco sortijas, cuatro ajustadores, tres pares de pendientes, una cadena y pasador reloj.
Mercedes Rueda Prieto, dos pulseras, diez sortijas, cinco medallas, un reloj, dos cadenas, un crucifijo, un par pendientes y dos botones pechera.
María de la Iglesia, Viuda de Cirac, una sortija y medallón de oro.
Leonor Rivera y Leonor Arribas, 2 pulseras oro, 3 alfileres corbata, una cadena, 2 pares pendientes, 2 medallas, 15 sortijas, 1 onza, 1 moneda de 25 pts. 5 monedas de 5 pesos y una moneda de 10 pts.
Vicente Mayoral de la Roja, un anillo y dije de oro.
Carmen y María Astudillo, 1 collar con cruz de oro.
Melquíades Hernández 1 00 pesetas.
Asunción Velasco, 6 sortijas, 2 pares de pendientes, 1 abridor y 1 imperdible.
Miguel Sevilla, 1 sortija, 1 cadena y 1 alfiler y 25 pesetas.
Gaspar R. Llorente, 1 sortija sello oro.
Dora R. Llorente. 1 sortija sello oro de 20 francos.
Mariano R. Llorente, una sortija sello oro.
Jesús R. Llorente, una sortija sello oro y dentadura.
Josefa Esteban de Llorente, 2 sortijas oro.
María Felipe, 1 moneda oro 25 pts.
Acisclo Palacios, 1 alianza.
El Correo de Zamora, 500 pesetas.
Obreros de sus talleres, 55 pesetas.
Ana Campo de Ballesteros, 1 sortija, 4 cadenas, 1 reloj, 1 sortija, 2 pares de pendientes, 1 botón charro, 2 pasadores de pechera, 1 dije, 4 anillos.
Antonio Martín Cañibano, 500 pesetas.
José Samaniego, 25 pesetas.
Antonio Calvo, 25 pesetas.
José Calvo, 25 pesetas.
Casimiro Matilla Chillón, 1.500 pesetas.
Tomás Tome Prieto, 3 relojes oro, 1 escudo habito del Carmen, 2 portarretratos, 1 leontina, 2 medallones, 1 broche y medallón y cadena todo de oro.
Un Español, 1 sortija de sello y alfiler de oro.
Luisa Cuadrado Losada, 1 cadena con medalla y 1 sortija.
María Luisa Losada de Galindo, 1 par de pendientes.
María Luz Losada Cuadrado, 2 sortijas y 2 pares de pendientes.
Tomás Rodrigo San Martín 4 sortijas sello de oro.
María Sánchez de Puente, 3 cadenas, 1 sortija, 1 cadena escapulario, 2 medallas, 1 par de pendientes, 1 reloj oro y 1 moneda de 5 pts.
Nicanor Morales y Familia, una sortija sello oro y en efectivo.
Teresa Alonso Fernández, 1 medalla, 1 dije, 2 alianzas, 1 sortija y un par de pendientes todo oro.
Brígida Mateos Vaquero, 1 par de pendientes oro y piedras.
Maximino Martín Martín, 4.000 pesetas.
Aurelia Puente Marcos, 50 pesetas.
Natalia Rueda Fernández, 50 pesetas.
Dacio Crespo Álvarez, 5.000 pesetas.
Manuel Boizas, Vice-Rector del Seminario, 300 pesetas.
Germán González, 100 pesetas.
Claudio Rodríguez Diego, 500 pesetas.
Modesta Moralejo, 1.000 pesetas.
Hermanos Galán, 50 pesetas.
Joaquín García Gallego, 1 alianza y 1 Libra.
Teodoro Cifuentes, 250 pesetas.
Laura Santiago de la Fuente, una sortija, una alianza, una moneda de oro de 25 pesetas y una de 20.
Antonio Campesino 25 pesetas.
Rosario Martín Andreu, un collar de oro, una cadena con cruz de oro y medalla, dos alianzas, y dos cadenas de gemelos.
José Pérez Ramos, 20 pesetas.
Santiago Vázquez Coca, 10 pesetas.
Elíseo González Negro, tres monedas de oro de 25 pesetas y en efectivo 250 pesetas.
Victoriano Casaseca, una alianza y una moneda de 25 pesetas.
Ayuntamiento y vecindario de Manganeses de la Lampreana, 4.000 pesetas.
Segundo Herrero Hernández, 25 pesetas.
Martín Martin, 5 pesetas.
Ángel Rodríguez Miguel, 25 pesetas.
Juan Hernández Álvarez, 25 pesetas.
Jerónimo Ramos, 30 pesetas.
Alfonso Cazurra Jambrina, 25 pesetas.
Esperato Robledo, 500 pesetas.
Ayuntamiento v vecindario de Cerezal de Aliste, 471 pesetas.
Manuel Guerrero Béjar, 100 pesetas.
Senén Carretero Castañeda, dos cadenas oro, una sortija y reloj señora.
Isabel Carretero López, 25 pesetas.
Ramón Moyano, 25 pesetas.
Ramón Mateos, 100 pesetas.
Secretario de la Hiniesta, 72,90 pesetas.
Adolfo Abrain y doña María de Castro de Abrain, 200 pesetas.
Ramón Amigo y señora, una alianza y sortija de sello.
Francisco Hernández García, 50 pesetas.
Ángela Álvarez, 50 pesetas.
Agustín Martín Rapaz, 30 pesetas.
Juan Diego Martin, 30 pesetas.
Norberto Salvador Gil, medio de sus haberes, 155 pesetas.
Luisito Fonvellida Prieto, una medalla, un dije, una moneda de oro de 5 pesetas.
Francisco Prieto y señora, dos monedas de 20 francos, dos alianzas y dos sortijas.
Aurora Diez Requejo, un rosario de oro.
Siro Prieto, 50 pesetas.
Ulpiano Lorenzo, 50 pesetas.
Ayuntamiento de Manzanal del Barco, 150 pesetas.
Maestro de Manzanal del Barco dos alianzas.
Felicitas Martin Lorenzo, una alianza y sello de oro.
Merceditas López una moneda de 20 francos.
Juan Antonio López, una alianza.
Fermín y Juanito Sevillano, una cadena con dije y una moneda de 23 pesetas.
Ayuntamiento y vecinos de Villanueva del Campo, 2.912 pesetas.
Dolores Represa de Abad, una onza de oro.
Srta. Hija del Guardia civil D. Marcelino Iglesias, 1 sortija.
Anastasio Pérez, Médico, una moneda oro 20 ptas.
Casa Gil, 250 pesetas.
Fernando Miguel, 25 pesetas.
Viuda de Antolín Rodríguez, 25 pesetas.
Pedro Romero, 25 pesetas.
Viuda de Dionisio Alba, 100 pesetas.
Dionisio Alba Marcos, 7 gramos de oro.
Miguel Álvarez, 25 pesetas.
Juan Gato Martín, 25 pesetas.
Juan Bermúdez Bernardo, 50 pesetas.
Felipe Crespo Pardo, 25 pesetas.
Eloísa y Soledad Romero, dos anillos de oro.
María Mesa, cinco sortijas, dos alianzas y una cadenita oro.
Manuel Becedas, dos sortijas y una alianza.
Maximino Ballesteros Martín, 3.000 pesetas.
Pedro Ballesteros Gómez, 500 pesetas.
Nicolás Iglesias, 25 pesetas.
Pedro Enríquez, 5 pesetas.
Juan José Gago, 50 pesetas.
Ayuntamiento y vecindario de Riego del Camino2º donativo, 500 pesetas.
Marcial López Alonso, Villalpando, dos sellos de oro.
Ramón Frades González, 50 pesetas.
Toribio Pérez y Fernández, 25 pesetas.
Heliodoro Sánchez Monje, 50 pesetas.
Petra Burgos de Prada, un collar charro, un par de pendientes y tres sortijas.
Emilio Prieto Martin, 500 pesetas.
Antonio Martín Villasante, 50 pesetas.
Miguel Colino, de Corrales 500 pesetas.
Monserrat Díaz Enrique, un par de pendientes y un alfiler de broche.
Soledad Sánchez Custodio, 50 pesetas.
Baldomero Andreu, 500 pesetas.
Santiago Neches Alaíz, 3.000 pesetas.
Francisco Nerpel, 500 pesetas.
Jacinto Morillo, de Castronuevo 1.000 pesetas.
Pedro Morillo, 500 pesetas.
Viuda de Antonio San Martín, 50 pesetas.
Entregado por el señor Alcalde de Villalpando referente al cobro de 16 pueblos del partido 23.577,10 pesetas.
El mismo en oro, una onza y cuatro monedas de 25 pesetas.
Jesús García Panado, 10 pesetas.
Enrique García Landa, 50 pesetas.
Inspección de 1ª Enseñanza de Zamora, 300 pesetas.
Petra Bedate, 100 pesetas.
Lisarda Martín Bernardino, una moneda oro 5 pesos colombianos y 500 pesetas.
Laureano Alonso, 50 pesetas.
Francisco Velasco, 500 pesetas.
Eutiquiano Rodríguez, 500 pesetas.
Maximino Cortina, 25 pesetas.
Benita Peñalosa, dos cadenas y un trozo, una pulsera y collar con broche charro.
José Pumariño, 25 pesetas.
Dos gallegos, una sortija oro y tres monedas de 25 pts.
Dolores Carrascal, una sortija.
Pilar Carrascal, un alfiler de pecho.
Rosita Carrascal, una cruz de oro.
Guadalupe Román, dos pulseras, un imperdible, dos pendientes, dos gemelos y una botonadura, un reloj y una moneda de oro de 25 pts.
Un aspirante de la Juventud Católica, una moneda de 25 pesetas.
Un balilla español, una moneda de oro de 10 pesetas.

Suma del día
Suma anterior
71.200,85
509.121,55
Recibido hasta la fecha 580.322,40

Heraldo de Zamora: Defensor de los intereses morales y materiales de la provincia: 1936 agosto 20

San Esteban del Molar

Don Alejandro Villafáfila Cadenas, Juez municipal de San Esteban del Molar, partido de Villalpando.
Hago saber: Que se hallan vacantes las plazas de Secretario propietario y suplente de este Juzgado municipal, que han de proveerse en turno de traslado en la forma prevenida por la Ley orgánica del Poder judicial y anejas disposiciones, habiendo de dirigir las instancias los aspirantes a ellas en plazo de quince días, a este Juzgado, o al Superior de Villalpando, acompañadas de los documentos exigidos por la Orden de 31 de Enero último con el reintegro y legalización procedentes y las instancias en papel de tres pesetas y póliza de la Mutualidad judicial de una peseta, teniendo en cuenta que este pueblo tiene 549 habitantes de hecho y que el Secretario no tiene otros derechos que los de arancel.
San Esteban del Molar 21 de Agosto de 1936. - El Juez municipal. Alejandro Villafáfila- P.S.M. el Secretario, Julián del Caño.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 agosto 26

San Esteban del Molar
Don Jesús Rodríguez Diez

Don Jesús Rodríguez Diez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Esteban del Molar.
Hago saber: Que debiendo verificarse la cobranza del 1º y 2º trimestre del repartimiento de utilidades del año 1935, se avisa a los contribuyentes por citado impuesto del distrito de San Esteban del Molar, en cumplimiento de lo que preceptúa el artículo 65 y siguientes del Estatuto de Recaudación de 18 de Diciembre de 1928, que la cobranza de referidos trimestres tendrá lugar en los días 10. 11 y 12 del próximo mes de Septiembre, desde las nueve de la mañana a tres de la tarde, en el sitio designado al efecto.
En su consecuencia, para que llegue a conocimiento de todos los contribuyentes del citado distrito municipal y a fin de que puedan satisfacer sus cuotas sin los recargos que para los morosos determina el artículo 67 de dicho Estatuto, se invita a los mismos por medio del presente edicto a que verifiquen el pago de sus respectivas cuotas en el plazo señalado. Al propio tiempo se hace saber que transcurrido el último día del citado mes en que termina el primer período de cobranza voluntaria, podrán satisfacer hasta el día 10 del mes de Octubre sus cuotas en el domicilio del Recaudador D. Sinforoso Torio Rodríguez, sito en la calle de Oriente de este pueblo.
También se hace saber a los contribuyentes que pasado dicho día incurrirán en apremio sin más notificación ni requerimiento, pero si lo satisfacen durante los diez últimos días de dicho mes, sólo tendrán que abonar un 10 por 100 de recargo, que automáticamente se elevará al 20 por 100 el día 1º de Noviembre siguiente.
San Esteban del Molar 26 de Agosto de 1936. -El Alcalde, Jesús Rodríguez.-P.S.M., El Secretario, Julián del Caño.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 septiembre 4

Registro fiscales de Edificios y Solares aprobados y no comprobados. Año de 1936

Estado de valores que forma esta Administración de los Ayuntamientos que tienen aprobados y no comprobados sus Registros fiscales hasta el 30 de Junio de 1936. - Coeficiente 22,68 por 100.

Municipio
San Esteban del Molar
Producto Integro
8.783,75
Liquidación Imponible
6.264,50
Total Contribuciones
1.341,83

Boletín Oficial de Zamora: 1936 septiembre 30

Diputación provincial de Zamora - Circular

La Comisión gestora, en sesión del día 29 de Septiembre último, acordó en atención a las necesidades imperiosas a que ha de atender la Diputación y especialmente en materia de Beneficencia, requerir a los Ayuntamientos que a continuación se expresan, para que en él plazo improrrogable, de ocho días naturales, contados desde el siguiente al en que se publique esta circular, liquiden con esta Diputación sus descubiertos, tanto por aportación como por cédulas personales; con la advertencia de que si no lo realizan, les será exigida por la vía de apremio y judicial, según los casos.
Ayuntamientos; […] San Esteban del Molar, […]
Lo que se hace público para conocimiento de todos los Ayuntamientos interesados.
Zamora 6 de Octubre de 1936. — El Presidente, A. Martin. -El Secretario, A. Casaseca. Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 12

Administración de Propiedades y Contribución Territorial de Zamora
Contribución Territorial por Rustica Catastrada – Ejercicio de 1937

Resumen por Municipios de los Avances catastrales o Catastros parcelarios de rustica, aprobada hasta el 30 de Junio de 1936.

Partido de Villalpando

Municipios Núm. Contribuyentes Fincas sujetas a contribución Beneficios Líquidos Contribución
Núm. Ha. 16,24 % 10% recargo Total
Cañizo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes
Granja de Moreruela
Manganeses de la Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín del Pozo
San Esteban del Molar
San Miguel del Valle
San Martin de Valderaduey
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Villalba de la Lampreana
Villamayor de Campos
Villárdiga
Villarrín de Campos
Villardefallaves
Vidayanes
Villafáfila
Villalobos
464
960
643
230
798
743
252
570
441
484
281
186
348
409
669
383
408
1.090
496
419
970
417
819
568
219
820
1.520
3.695
8.421
6.353
2.160
2.719
7.650
1.206
2.641
3.886
2 287
3.061
3 500
2.803
4.585
4.534
2.579
3.750
7.602
2:988
3.192
5.187
2.087
6 413
4.382
2.544
8.821
8.712
4.012
6.230
2 802
1.428
3.883
4.209
1.124
1.071
2.146
1.236
2.664
1.673
1.418
2.430
1.021
2.368
2.714
2.682
1.051
2.741
2.582
1.626
4.853
2.101
1.224
6.218
4.229
140.654,12
361.817,44
128 233,84
62.135,50
95.383,56
200.473,66
35.661 ,66
38.425,30
91.071,05
45.669,30
83.613,26
60.636,03
66.469,27
97.000,13
69.804,66
92.266,18
111.784,03
127.061,19
66.718,02
119.369,59
155.745,74
71.212,70
165.993,80
115.284,18
57.557,80
229.118,75
235.923,44
22.842,24
58.759,16
20.825,19
10.090,82
15.490,31
32.556,93
5.791,46
6.240,28
14.789,95
7.416,70
13.578,81
9.847,29
10.794,61
15.752,83
11 336,28
14.984,03
18.153,73
20.634,74
10.835,01
19.385,62
25.293,11
11.564,94
26.957,39
18.722,15
9.347,39
37.208,87
38.313,97
1.969,15
5.065,44
1.795,27
869,90
1.335,36
2.806,63
499,26
537,95
1.274,99
639,37
1.170,58
848,90
930,57
1.358,01
977,27
1.291,74
1.564,99
1.778,87
934,06
1.671,18
2.180,45
996,99
2.323,92
1.613,99
805,81
3.207,67
3.302,94
24.811,39
63.824,60
22.620,46
10.960,72
16.825,66
35.363,56
6.290,72
6.778,23
16.064,94
8.056,07
14.749,39
10.696,19
11.725,18
17.110,84
12.313,55
16.275,77
19.718,72
22.413,61
11.769,07
21.056,80
27.473,56
12.561,93
29.281,31
20.336,14
10.153,20
40.416,54
41.616,91

Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 14

San Esteban del Molar
Don Jesús Rodríguez Diez

Don Jesús Rodríguez Diez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Esteban del Molar.
Hago saber-. Que debiendo verificarse la cobranza del tercero y cuarto trimestre del repartimiento de utilidades de 1935, se avisa a los contribuyentes por citado impuesto del distrito de San Esteban del Molar, en cumplimiento de lo que preceptúa el artículo 65 y siguientes del Estatuto de Recaudación vigente, que la cobranza de referidos trimestres tendrá lugar en los días 24, 25 y 26 del actual mes de Octubre, desde las nueve de la mañana a las tres de la tarde, en el sitio designado al efecto. En consecuencia, para que llegue a conocimiento de todos los contribuyentes del expresado distrito municipal y a fin de que puedan satisfacer sus cuotas sin los recargos que para los morosos determina el artículo 67 de citado Estatuto, se invita a los mismos por medio del presente edicto a que verifiquen el pago de sus respectivas cuotas en el plazo señalado. Al propio tiempo se hace saber que transcurrido el último día del citado mes en que termina el primer período de cobranza voluntaria podrán satisfacer hasta el día 10 del mes de Noviembre sus cuotas en el domicilio del Recaudador D. Sinforoso Torio, sito en la calle de Oriente, de San Esteban del Molar, sin recargo alguno.
También se hace saber a los contribuyentes que pasado dicho día, incurrirán en apremio sin más notificación ni requerimiento, pero si lo satisfacen durante los diez últimos días de dicho mes de Noviembre solo tendrán que abonar un 10 por 100 de recargo, que automáticamente se elevará al 20 por 100 el día 1º de Diciembre siguiente.
San Esteban del Molar 9 de Octubre de 1936. -El Alcalde. Jesús Rodríguez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 16

San Esteban del Molar
Don Jesús Rodríguez Diez

Confeccionada por esta Corporación municipal la ordenanza del repartimiento de utilidades correspondiente al actual ejercicio, se expone al público en la Secretaria de este Ayuntamiento a partir de la fecha de este anuncio, por término de 15 días hábiles, para oír reclamaciones de acuerdo con el artículo 322 del Estatuto municipal de 8 de Marzo de 1924. San Esteban del Molar 18 de Octubre de 1936.- El Alcalde, Jesús Rodríguez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 21

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora - Zona de Villalpando
Recaudación ejecutiva - Contribución rústica - Presupuestos de 1933, 1934 y 2935

Don Tomás Gallego Ruiz, Auxiliar Recaudador de Contribuciones de la única zona de Villalpando.
Hago saber: Que en el expediente de apremio que instruyo contra varios deudores de este término municipal por débitos de la contribución territorial rústica y presupuestos arriba expresados, se ha dictado con esta fecha la siguiente.
Providencia.- Resultando de las gestiones practicadas por esta oficina recaudatoria que los deudores comprendidos en este expediente a pesar de figurar en las listas cobratorias como vecinos de tales localidades, se desconoce en la actualidad su paradero y el de los herederos en su caso, y no habiendo cumplido indicados deudores con lo dispuesto en el artículo 153 del Estatuto de recaudación de 18 de Diciembre de 1928, de conformidad a lo que dispone el artículo 154 de dicho Estatuto, procédase a notificarles los débitos que les resultan en este expediente por medio de edictos que se fijarán en la tabla de anuncios de estas Casas Consistoriales y se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia, requiriéndoles para que comparezcan en el expediente y les hagan efectivos, con la advertencia de que si no lo hacen en el plazo de ocho días, se proseguirá el procedimiento en rebeldía sin intentar nuevas notificaciones.
Los deudores a quien se refiere la anterior providencia, con expresión de sus débitos por principal y recargos, son los siguientes:

Pueblo de San Esteban del Molar

Luvi Temprano
Atilano Vasco
Daniela Villafáfila
Celedonio Gaitán Cobreros
Tomas Esteban
Justo Figueras
José Figueras García
Agapito Gangoso Martínez
Felipe Iglesias
Ezequiel León
Gregorio León Róales
Eliseo Lumeras
1,94 pesetas
7,99 pesetas
5,08 pesetas
1,55 pesetas
1,38 pesetas
3,78 pesetas
1,18 pesetas
5,35 pesetas
8,04 pesetas
1,03 pesetas
0,64 pesetas
6,47 pesetas
Blas Martínez
Francisco Miranda
Modesta Miranda
Prudencio Miranda
María Peláez
Claudia Prieto
Evencio Rabanales
Felipe Rabanales Huerga
Luis Rodríguez Anta
Toribio Rodríguez Anta
Bernardo Tejero
6,45 pesetas
9,98 pesetas
7,70 pesetas
16,56 pesetas
4,54 pesetas
1,20 pesetas
0,52 pesetas
5,81 pesetas
3,06 pesetas
3,14 pesetas
6,00 pesetas

Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 21

Repartimientos

Por el término de ocho días, se encuentran expuestos al público los repartimientos para el año 1937, de la riqueza urbana.
Manzanal del Barco, Valparaíso, Brime de Sog, Valcabado, Villavendimio, Moraleja de Sayago, Figueruela de Abajo, Figueruela de Arriba, San Marcial, San esteban del Molar, Villardiegua de la Ribera, Valdemerilla, Santa Croya de Tera.

Asimismo se encuentran expuestos al público por el término de diez días en las Secretarias de los Ayuntamientos respectivos, para el año de 1937, la matricula industrial de los siguientes pueblos:
Villanázar, Brime de Sog, San Román del Valle, Figueruela de Sayago, Villavendimio, Moraleja de Sayago, Figueruela de Abajo, Figueruela de Arriba, San Marcial, Galende, Rosinos de la Requejada, Molacillos, Peñausende, Villardiegua de la Ribera, Ricobayo, Villárdiga, Valbuena del Puente, Valdemerilla, y el padrón de automóviles de Villavendimio, Moraleja de Sayago, San Esteban del Molar, Sitrama de Tera y Villabuena del Puente.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 octubre 23

Recaudación de Hacienda de la provincia de Zamora
Cuarto trimestre de 1936

En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Estatuto de Recaudación, en su artículo 65, dará principio desde el día 1º de Noviembre al último día de dicho mes, la cobranza voluntaria de las contribuciones e impuestos del Estado, correspondiente al expresado trimestre, en los días señalados a cada distrito municipal.

Zona de Villalpando
Recaudador: D. Ramiro Armendáriz y Martínez.
Auxiliares: D. Tomás Gallego Ruiz, D- Demetrio Enrique Gallego y D. Secundino Gallego Ruiz.

Cañizo
Castroverde de Campos
Cerecinos de Campos
Cotanes del Monte
Granja de Moreruela
Manganeses de la Lampreana
Otero de Sariegos
Prado
Quintanilla del Monte
Quintanilla del Olmo
Revellinos
Riego del Camino
San Agustín del Pozo
San Esteban del Molar
San Martin de Valderaduey
10 y 11
26, 27 y 28
5
9
10 y 11
13 y 14
8
1
3
2
5
12
3
14 y 15
12
San Miguel del Valle
Tapioles
Valdescorriel
Vega de Villalobos
Vidayanes
Villafáfila
Villalba de la Lampreana
Villalobos
Villalpando
Villamayor de Campos
Villanueva del Campo
Villardefallaves
Villárdiga
Villarrín de Campos
19 y 20
4
21 y 22
16 y 17
4
6 y 7
15 y 16
17 y 18
1 de Noviembre a 10 de Diciembre
6 y 7
23, 24 y 25
8
13
17 y 18

Al propio tiempo se hace saber, que transcurrido el último día del mes de Noviembre, en que termina el primer periodo de cobranza voluntaria, podrán satisfacer hasta el día 10 del mes de Diciembre sus cuotas en la capital de la zona, sin recargo alguno.
También se hace saber a los contribuyentes, que pasado dicho día incurrirán en apremio, sin más notificación ni requerimiento; pero si lo satisfacen durante los diez últimos días de dicho mes, solo tendrán que abonar un 10 por 100 de recargo, que automáticamente se elevará al 20 por 100 el día primero del trimestre siguiente.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 noviembre 2

Suscripción pro Altar Zamora para Madrid

Suscripción obtenida hasta la fecha.

En el Gobierno civil.
Por la Comisión.
En Almacenes Rueda.
Por la Casa Llorente.
En la Librería de don Ramiro de Horna
12.459,35 pesetas
2.712,80 pesetas
2.462,30 pesetas
803,25 pesetas
1.968,15 pesetas
Total recaudado hasta el día. 20.405,85 pesetas

Donativos recibidos en el domicilio de la señora del gobernador.

Ayuntamiento, párroco y vecinos de Piedrahita de Castro, 97 pesetas.
Vecinos de Tardobispo, 114,36.
Doña Romana Bartolomé San Juan, 2.
Ayuntamiento y vecinos de El Pego, 2.277,90.
Párroco de Madridanos, (segundo donativo), 55,45.
Pueblo de Remesal, 15.
Pueblo de Brime, 20.
Fresno de Sayago, 65,85.
Alcalde, párroco y feligreses de El Perdigón, 183,75.
Párroco y feligreses de Alcañices, 25,65.
Servacio Pérez, de Tagarabuena, 116.
San Esteban del Molar, 68.
Castroverde, 10,70.
Otero de Sariegos, 13,60.
La niña Rosarito Matilla Pérez, 2.
Sra. Viuda de don Bernardino Fernández Bobo y sus hijos don José Fernández Blanco, señorita Josefina Fernández Blanco y señorita María Luisa Fernández Blanco, 25.
Ayuntamiento y vecinos de Coomonte, 122,95.
Ayuntamiento y vecinos de Arrabalde, 65.
Una española, 1.
Párroco y feligreses de Santa Eulalia de Tábara, 23,75.
Ayuntamiento y vecinos de Fresnadillo, 31,75.
Párroco y vecinos de Moralina de Sayago, 25,50.
Ayuntamiento y vecinos de San Miguel de la Ribera, 52,50.
Doña María Ruiz Zorrilla, 5.
Don Ladislao Flórez, 10.
Ayuntamiento y vecinos de Corrales, 307,30.
Don Eduardo Gutiérrez Prieto, 10.
Don Francisco García, de Quintanilla, 37.
Sitrama de Tera, 34,35.
Demandadero de las monjas de Santa Clara, 2,50.

Imperio: Diario de Zamora de Falange Española de las J.O.N.S.: 1936 Noviembre 19

Presupuestos

Terminados por los Ayuntamientos plenos de los pueblos que a continuación se expresan, los proyectos de presupuestos ordinarios para el año de 1937, se encuentran expuestos al público por término de quince días en la Secretaría de los Ayuntamientos respectivos para oír las reclamaciones que se presenten, pasado dicho plazo no serán oídas.
Palazuelo de Sayago, Argusino, Molezuelas de la Carballeda, Cubo de Benavente, Valcabado, Vadillo de la Guareña, Prado, Quintanilla del Olmo, Vega de Tera, Carbajales de Alba. Manganeses de la Polvorosa, Casaseca de Campeán, Rosinos de Vidríales, San Esteban del Molar, Otero de Sariegos, Fuentesaúco, Róales. Sogo, Villaralbo, Pueblica de Valverde, Luelmo, Hornillos de Fermoselle, Moraleja de Sayago, Gamones, Santa Clara de Avedillo, Cerecinos del Carrizal, Coomonte, Sanzoles, Fermoselle, Bóveda de Toro, Milles de la Polvorosa, Castroverde de Campos, Ceadea.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 diciembre 14

Administración de Propiedades y Contribución Territorial - Anuncio

Se pone en conocimiento de los señores propietarios de la riqueza rústica de los términos municipales que al final se relacionan, que desde esta fecha y durante ocho días, estarán expuestos al público en los Ayuntamientos respectivos, los apéndices de los padrones de la contribución por rústica para el próximo ejercicio de 1937, pudiendo formular ante la Junta pericial cuantas reclamaciones estimen oportunas, siempre que versen sobre errores aritméticos o de copia.
Zamora 12 de Diciembre de 1936.- El Administrador, José Sevilla.

Relación que se cita

Toro, Fuentespreadas. Riego del Camino, San Agustín del Pozo. Villalobos, Valdescorriel, Villárdiga, San Martín de Valderaduey, Otero de Sariegos y San Esteban del Molar.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 diciembre 16

Notas del Gobierno Civil

Cantidades entregadas al excelentísimo señor gobernador civil, y depositadas en el Banco de España en esta capital con el destino que se consigna:
Don Pedro Cabezas, vecino de la Hiniesta, 20 pesetas para el Tesoro.
Don Paulino Guerra, dueño del Hotel Castilla, de esta capital, de postres no servidos a los huéspedes del mismo el día 24 del actual, 12 pesetas, para el Tesoro.
La Catequesis de San Torcuato, segundo donativo, 20 pesetas para el Tesoro.
Los obreros y empleados de Saltos de Duero, y Empresas Geathón y Agroman, por cuatro horas de trabajo no cobradas en la semana pasada, 1.148,60 pesetas, para el Tesoro, y 500 pesetas para socorrer a las viudas, huérfanos y desvalidos de la guerra, esposas de soldados o milicianos en el frente, sin recursos, y obreros sin trabajo, de los pueblos de Ricobayo y Muelas del Pan. En total, 1.648,60 pesetas.
Señorita María Santos Huerga, de San Esteban del Molar, un par de pendientes de oro, para el Tesoro.
Señorita Teodosia Morán Fito y señorita María Martín Carazo, de Matilla la Seca, la primera una sortija de oro y la segunda par y medió de pendientes de oro, para el Tesoro.
Un señor comisionista, que no quiere dar a conocer su nombre, mil setecientas pesetas para el Tesoro y 344 para camas de la Cruz Roja de Zamora, en la Sala que ha de montarse. En total, 2.044 pesetas.
Doña Atilana Pérez Rodríguez, de Villanueva de Campean, para el Tesoro, 25 pesetas.
Doña María Benito Ufano, maestra y niñas de Rábano de Aliste, para el Ejército, 30 pesetas.
Don Licinio Sampedro, párroco de Cañizo, para el Ejército, 13,50 pesetas.
Don Félix Justo Rodríguez, párroco de Porto, para el Tesoro, 10 ptas.
Don Emeterio Prieto, párroco de Barcial del Barco, 58,15 pesetas de su paga de diciembre, para el Tesoro.
Doña Emilia Guarido, maestra jubilada de Tamame de la Sierra, 5 pesetas para el Tesoro.
Don Manuel Panero Guarido, maestro de Tamame de Sayago, 5 pesetas para el Tesoro.
Los maestros doña Antonia Febrero y don José María Romero, niñas y niños de las escuelas de Molezuela de la Carballeda, 45 pesetas para el Tesoro.
Don Ángel Diez, maestro, maestra, niñas y niños de las escuelas de Quintanilla del Monte, 31,70 pesetas para el Tesoro.
Don Aurelio García Criado, industrial de Zamora, un bolso de señora de plata, una cadena de oro con guardapelo, dos cadenas de oro, cuatro anillos de oro, un alfiler de corbata, un par de pendientes, un broche y un anillo sello oro, para el Tesoro.
Doña Ángela García Portales, de Casaseca de las Chañas, un pendiente oro, para el Tesoro.
Doña Brígida Silva, de Montamarta, un anillo sello oro y un par de pendientes oro, para el Tesoro.
Don Ignacio Silleros, de Quintanilla de Justel, un anillo de oro para el Tesoro.
Zamora, 28 de diciembre de 1936.

Imperio: Diario de Zamora de Falange Española de las J.O.N.S.: 1936 Diciembre 28

Sección de Obras públicas

Recibidas las obras de reparación del firme con un riego de emulsión asfáltica y un segundo riego de betún asfáltico, previo un recargo general de piedra machacada, de los kilómetros 249 y 250 de la carretera de primer orden de Madrid a la Coruña, cuyas obras se han desarrollado en el término municipal de San Esteban del Molar, y de las cuales es contratista la Sociedad Española de Contratas, S.A., domiciliada en Madrid, Florida, 12, de conformidad con lo que previene la R. O. de 3 de Agosto de 1910, se hace público en este periódico oficial, a fin de que durante el plazo, de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los que tengan que reclamar contra el contratista por daños y perjuicios ocasionados con la ejecución de las obras, por deudas de jornales o materiales empleados en las mismas y por indemnizaciones derivadas de accidentes del trabajo, lo hagan ante el Juzgado correspondiente, debiendo acreditar ante la Alcaldía respectiva o Jefatura de Obras públicas de la provincia, haberlo hecho dentro del plazo señalado; entendiéndose que si se acredita haber presentado esas reclamaciones dentro del plazo, se estará a las resultas de lo que resuelva el Juzgado respectivo, pero si no se acredita se devolverá el saldo y se declarará libre la fianza.
El Alcalde del Municipio en donde radican las obras, deberá exponer al público en los sitios de costumbre el correspondiente anunció y una vez finalizado el plazo que en el mismo se señala, remitirá a la Jefatura de Obras públicas de la provincia, dentro de los cinco días siguientes, las reclamaciones que se hayan presentado, considerándose si así no lo hacen qué no se han presentado reclamaciones.
Zamora 17 de Diciembre de 1936.- El Ingeniero Jefe, José Crespo Álvarez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 diciembre 28

Nota del Gobierno Civil

Cantidades y efectos entregados al Excmo. Sr. Gobernador Civil, y que han sido ingresados en la sucursal del Banco de España en esta capital, con el destino que se expresa. Atilana Pérez Rodríguez, de Villanueva de Campean, para el tesoro 25 pts.; María Benito Ufano, maestra y niñas de Rábano de Aliste para el Ejercito, 30; Licinio Sampedro, párroco de Cañizo, para el Ejercito, 13,50; Félix Justo Rodríguez, párroco de Porto, para el Tesoro 10; Emeterio Prieto, párroco de Barcial del Barco, 58,15, de su paga de diciembre para el Tesoro; Emilia Guarido, maestra jubilada de Tamame de la Sierra, 5 para el Tesoro; Manuel Panero Guarido, maestro de Tamame de Sayago, 5 para el Tesoro; Los maestros Antonia Ferrero y José María Romero, niñas y niños de las escuelas de Molezuela de la Carballeda, 45 para el Tesoro; Ángel Diez, maestro, maestra y niñas y niños de las escuelas de Quintanilla del Monte, 31,70 para el Tesoro; Aurelio García Criado, industrial de Zamora, un bolso de , señora, de plata, una cadena de oro con guardapelo, dos cadenas de oro, cuatro anillos de oro, un alfiler de corbata, un par de pendientes, un broche y un anillo sello de oro para el Tesoro; Ángela García Portales, de Casaseca de las Chañas, un pendiente de oro, para el Tesoro; Brígida Silva, de Montamarta, un anillo sello de oro y un par de pendientes oro, para el Tesoro; Ignacio Silleros, de Quintanilla de Justel, un anillo de oro, para el Tesoro. Pedro Cabezas, vecino de La Hiniesta, 20 pts., para el Tesoro; Paulino Guerra, dueño del Hotel Castilla, de esta capital de postres no servidos a los huéspedes del mismo el día 24 del actual, 12 para el Tesoro; La Catequesis de San Torcuato, segundo donativo, 20 para el Tesoro; Los obreros y empleados de Saltos del Duero y empresas Geathón y Agroman, por cuatro horas de trabajo no cobradas en la pasada semana, 1. 148,60 pts., para el Tesoro y 500 para socorrer a las, viudas, huérfanos y desvalidos de la guerra, esposas de soldados o milicianos en el frente, sin recursos y obreros sin trabajo, de los pueblos de Ricobayo y Muelas del Pan. En total 1.648,60 pts. María Santos Huerga, de San Esteban del Molar un par de pendientes de oro, para el Tesoro; Teodosia Moran Fito, y María Martín Carazo, de Matilla la Seca, la primera una sortija de oro y la segunda par y medio de pendientes de Oro para el Tesoro. Un señor comisionista, que no quiere dar su nombre a conocer, 1.700 pts., para el Tesoro, y 344 para camas de la Cruz Roja de Zamora, en la sala que ha de montarse, En total. 2.044 pts.

Heraldo de Zamora: Defensor de los intereses morales y materiales de la provincia: 1936 diciembre 29

Sección de Obras públicas

Recibidas las obras de reparación del firme con un primer riego superficial de emulsión asfáltico y un segundo riego de betún asfáltico, previo un recargo general de piedra machacada, de los kilómetros 251 y 252 de la carretera de primer orden de Madrid a la Coruña, cuyas obras se han desarrollado en el término municipal de San Esteban del Molar, y de las cuales es contratista la Sociedad Española de Contratas, S. A., domiciliada en Madrid, Florida 12, de conformidad con lo que previene la R. O. de 3 de Agosto de 1910, se hace público en este periódico oficial, a fin de que durante el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los que tengan que reclamar contra el contratista por daños y perjuicios ocasionados con la ejecución de las obras, por deudas de jornales o materiales empleados en las mismas y por indemnizaciones derivadas de accidentes del trabajo, lo hagan ante el Juzgado correspondiente, debiendo acreditar ante la Alcaldía respectiva o Jefatura de Obras públicas de la provincia, haberlo hecho dentro del plazo señalado; entendiéndose que si se acredita haber presentado esas reclamaciones dentro del plazo, se estará a las resultas de lo que resuelva el Juzgado respectivo, pero sí no se acredita se devolverá el saldo y se declarará libre la fianza. El Alcalde del Municipio en donde radican las obras, deberá exponer al público en los sitios de costumbre el correspondiente anuncio, y una vez finalizado el plazo que en el mismo se señala, remitirá a la Jefatura de Obras públicas de la provincia, dentro de los cinco días siguientes, las reclamaciones que se hayan presentado; considerándose si así no lo hacen que no se han presentado reclamaciones.
Zamora 17 de Diciembre de 1936. -El Ingeniero Jefe, José Crespo Álvarez.

Recibidas las obras de reparación del firme con un recargo general de piedra machacada y un riego superficial de betún asfáltico de los kilómetros 247 y 248 de la carretera de primer orden de Madrid a la Coruña, cuyas obras se han desarrollado en los términos municipales de Cerecinos de Campos y San Esteban del Molar, y de las cuales es contratista D. Ladislao Gil Cacho, vecino de Salamanca, Sánchez Ruano, 33, de conformidad con lo que previene la Real orden de 3 de Agosto de 1910, se hace público en este periódico oficial, a fin de que durante el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los que tengan que reclamar contra el contratista por daños y perjuicios ocasionados con la ejecución de las obras, por deudas de jornales o materiales empleados en las mismas y por indemnizaciones derivadas de accidentes del trabajo, lo hagan ante el Juzgado correspondiente, debiendo acreditar ante la Alcaldía respectiva o Jefatura de Obras públicas de la provincia, haberlo hecho dentro del plazo señalado; entendiéndose que si se acredita haber presentado esas reclamaciones dentro del plazo, se estará a las resultas de lo que resuelva el Juzgado respectivo, pero sí no se acredita se devolverá el saldo y se declarará libre la fianza. Los Alcaldes de los Municipios en donde radican las obras, deberán exponer al público en los sitios de costumbre el correspondiente anuncio y una vez finalizado el plazo que en el mismo se señala, remitirán a la Jefatura de Obras públicas de la provincia, dentro de los cinco días siguientes, las reclamaciones que se hayan presentado; considerándose si así no lo hacen, que no se han presentado reclamaciones.
Zamora 38 de Diciembre de 1936.- El Ingeniero Jefe, José Crespo Álvarez.

Boletín Oficial de Zamora: 1936 diciembre 30

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