Censo Histórico de Población desde 1842

Los censos del siglo XX
San Esteban del Molar, historia de los censos de población

La historia de los censos de población en España se inicia, a lo largo de los siglos XVI y XVII, con los Vecindarios.

El primer censo moderno de población, es decir, que utilizó a la persona como unidad de análisis, se realizó en 1768 por el Conde de Aranda bajo el reinado de Carlos III. Este censo registró 9.308.804 personas.

Posteriormente en 1787, el Conde de Floridablanca elaboró un censo con información acerca de la estructura de población por sexo, edad y estado civil, junto con una elemental clasificación económica para la totalidad de localidades españolas. La población contabilizada fue de 10.268.110.

Diez años más tarde, en tiempos de Carlos IV, el censo de población fue ejecutado por orden de Manuel Godoy, registrándose 10.541.221 personas.

Debido a la inestabilidad de la época posterior, sólo se realizaron una serie de recuentos de la población de escasa fiabilidad, conocidos como Censos de Policia.

Con la creación de la Comisión General de Estadísticas del Reino en 1857 y la elaboración del Censo del mismo año, comienza una serie de censos oficiales, entre los que destaca el de 1860. Después vinieron el de 1877, bajo el reinado de Alfonso XII, y los de 1887 y 1897.

Desde 1900 ha habido censo de población cada diez años sin excepción alguna, y es a partir de 1950 cuando se realizan conjuntamente los censos de población y los de viviendas.

San Esteban del molar, desde 1842, en que fue fechado el llamado Censo de la Matrícula Catastral que es el primer Censo que presenta el conjunto completo de municipios que cubren el territorio español. No quedando incluídos los municipios que fueron creados y desaparecieron dentro del mismo periodo intercensal.

Del municipio se presentan las alteraciones que han sufrido sus principales características a lo largo del tiempo y que vienen reflejadas en los Censos de Población considerados, para lo cual se han escogido tres cuantitativas y tres circunstanciales. Las cuantitativas son: Población de Hecho, Población de Derecho y Número de Hogares (Familias o Cédulas de inscripción).

San Esteban del Molar
Alteraciones del municipio en los Censos de Población desde 1842
Provincia: 49 Zamora; Municipio: 49188 San Esteban del Molar
Padrón Municipal Población
Transeúntes
Varones (Estado civil)
Mujeres (Estado civil)
de
Hecho
de
Derecho
Hogares
V
M
V
M
S.
C.
Viudos
Alfabetos
Viudas
C.
S.
1842
..
274
68
1857
550
..
117
280
270
36
12
172
97
11
138
93
17
1860
575
..
121
1877
541
536
130
1887
610
610
154
1897
686
683
168
1900
639
647
163
337
310
3
4
1910
628
641
144
329
312
7
5
1920
627
664
143
339
325
1930
549
561
144
291
270
13
13
1940
545
553
143
271
274
150
106
15
122
202
25
111
138
1950
573
590
154
293
297
1
1
1960
544
559
138
1970
389
426
116
1981
334
340
95
1986
276
140
136
Población de derecho por municipios y sexo desde 1986
1987
272
138
134
1988
267
137
130
1989
261
135
126
1990
255
133
122
1991
214
241
77
131
110
1992
238
131
107
1993
234
130
104
1994
223
125
98
1995
216
121
95
1996
196
109
87
1998
190
103
87
diseminados
1999
185
98
87
Total
V.
M.
Total
V.
M.
2000
183
101
82
158
88
70
25
13
12
2001
174
183
71
98
85
158
85
73
25
13
12
2002
168
180
95
85
154
85
72
26
13
13
2003
161
167
85
82
140
71
69
27
14
13
2004
159
168
86
82
141
72
69
27
14
13
2005
158
169
90
79
143
76
67
26
14
12
2006
155
169
95
74
143
81
62
26
14
12
2007
154
166
97
69
140
83
57
26
14
12
2008
149
160
91
69
135
77
58
25
14
11
2009
143
151
87
64
126
73
53
25
14
11
2010
144
151
87
64
126
73
53
25
14
11
2011
159
91
68
135
77
58
24
14
10
2012
155
65
90
65
131
76
55
24
14
10
2013
143
82
61
123
71
52
20
11
9
2014
137
76
61
117
65
52
20
11
9


Los símbolos "··" Falta de dato o inexistente.
Los símbolos "C y S" Dato Casados/as y Solteros/as.
Los símbolos "V y M" Dato Varones/Mujeres.
En el Censo de 2001, la población que aparece es la población residente, equivalente a la de derecho.
La línea de hogares recoge conceptos parecidos pero no idénticos en cada Censo.


Población de derecho / población de hecho

Se trata de una distinción jurídica-administrativa. La población de derecho es la empadronada en un determinado lugar (los “residentes”), de manera que es allí donde ejerce derechos civiles (como el voto). Pero la ubicación real de una persona puede ser otra en el momento en que se realiza una operación de recuento poblacional, como el Censo. Se habla entonces de población de hecho, independientemente de si está empadronada o no en el lugar en que se encuentra. Por ello resulta habitual que ambas poblaciones no coincidan.

Esta distinción da lugar a otras, derivadas: la que se hace, dentro de la población de hecho, entre los residentes y los transeúntes (aquellos que aparecen en el recuento pero que en realidad son población de derecho en otro municipio); la que se hace, dentro de la población de derecho, entre la población presente y la población ausente.


No hay comentarios :